Línea Jurisprudencial: Tratamientos y medicamentos excluidos del POS para menores.
Enviado por Daniel Silva • 6 de Diciembre de 2015 • Monografía • 11.021 Palabras (45 Páginas) • 268 Visitas
ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL FRENTE AL TEMA DE TRATAMIENTOS Y MEDICAMENTOS NO POS PARA MENORES
Daniel Camilo Silva Picon
Código: 2150199
Ennio Rafael Monroy Reyes
Código: 2150058
Universidad Industrial de Santander
Ciencias Humanas
Derecho
Bucaramanga
2015
ANALISIS JURISPRUDENCIAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL FRENTE AL TEMA DE MEDICAMENTOS Y TRATAMIENTOS NO POS PARA MENORES
Daniel Camilo Silva Picon
Código: 2150199
Ennio Rafael Monroy Reyes
Código: 2150058
Presentado a:
Profesor: Ernesto Rueda Puyana
Cátedra: Introducción al Estudio del Derecho
Escuela de Derecho y Ciencia Política
Universidad Industrial de Santander
Bucaramanga
2015
ÍNDICE
CONTENIDO…………………………………………………………………………..3
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………...6
TEMAS……………………………………………………………………………...….7
OBJETIVOS……………………………………………………………………………8
MARCO HISTÓRICO………………………………………...……………………….9
MARCO TEÓRICO.…………………………………………………………...……..11
MARCO JURÍDICO………………………………………..…………………………13
TELARAÑA……………………………………………………………………………16
INGENIERÍA REVERSA……………………………………………………………..17
SOMBRA DECISIONAL……………………………………………………………...19
EXAMEN JURISPRUDENCIAL……………………………………………………..21
ANÁLISIS DEL CASO………………………………………………………..…...….23
SUBREGLA…………………………………………………………...……………….25
CONCLUSIONES………………………………………………………….………….26
ANÁLISIS ESTÁTICOS………………………………………………………………27
Línea Jurisprudencial.
Tema: Tratamientos y medicamentos excluidos del POS para menores.
Problema Jurídico: ¿Viola el Derecho fundamental a la salud de un menor, una EPS que se niega a realizar un tratamiento o a proporcionar medicamentos no POS?
Introducción.
En el presente trabajo, se realizará un estudio sobre la trayectoria de las decisiones de la corte constitucional, con respecto al derecho fundamental a la salud de los niños, específicamente hablando, en tratamientos o medicamentos no POS. Esto se realizará mediante al análisis de las sentencias, partiendo de la sentencia T-586 del 2013[1], siendo ésta la arquimédica, y siguiendo el rastro, hasta llegar a la fundante, la cual es la Su-043 de 1995[2]. Se intentará observar la transición de los argumentos presentados por la corte, también se pretenderá concluir, si hubo cambios en las decisiones, o si se trató de una reiteración de la jurisprudencia.
Los derechos de los niños (específicamente a la salud), al ser prioritarios en nuestro ordenamiento nos ha parecido un tema rico e interesante de tratar, en especial al tratarse de la defensa de una población vulnerable y que requiere mayores atenciones que las personas mayores.
Debido a la gran cantidad de medicamentos y tratamientos que no se encuentran contemplados en nuestro Plan Obligatorio de Salud, se ven día a día vulnerados los derechos de los menores de edad (cabe aclarar que se ven vulnerados los derechos de las demás personas también, pero se le hace énfasis a los menores) debido a las constantes negaciones de las EPS y a la situación económica en que se encuentran, buscan cobija en el mecanismo de tutela y es responsabilidad del Estado hacer frente a esta problemática y buscar garantizar el máximo posible de salud para los menores.
Temas:
Derecho a la salud de los niños
Procedimientos no P.O.S.
Medicamentos no P.O.S
Seguridad social en los niños
Teorías del derecho como base de la jurisprudencia de la corte constitucional
Objetivos.
Los objetivos de esta línea, giran en torno al análisis jurisprudencial de las decisiones de la corte constitucional, con respecto al tema del derecho fundamental a la salud de los niños, específicamente, se tratará el tema de tratamientos o medicamentos no incluidos en el POS.
Analizar los argumentos presentados por la corte para llegar a cada decisión, con el fin de observar y aprender, en qué se basa nuestra prestigiosa corte constitucional para tomar decisiones.
Se busca qué influencia tiene la corte, con respecto a cada teoría del derecho, para poder entender mejor sus decisiones y aclarar los motivos de éstas para cada caso.
Marco histórico.
En un principio, el organismo encargado de la seguridad social, creado por la Ley 90 de 1946, era el Instituto Colombiano de los Seguros Sociales (ISS).
Se tomará como base el año 1993, año en el cual se aprobó la reforma al sistema de salud y seguridad social en Colombia[3].
El derecho a la salud no era un derecho fundamental para todas las personas, a excepción de los niños en la constitución de 1991, esto se ve evidenciado en la sentencia T-560 de 1998[4] donde se niega el amparo por parte del estado a la accionante, y se declara improcedente la tutela, por no ser un derecho fundamental, que reza así: “El derecho a la salud es un derecho fundamental única y exclusivamente tratándose de menores de edad y es un derecho social, económico y cultural o de la segunda generación para los demás; luego, no es fundamental y la acción de tutela no procede, en principio, para ampararlo”
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