LA DEMANDA, SU PRESENTACIÓN. ADMISIÓN INADMISIÓN Y RECHAZO DE LA DEMANDA EN LA JURISDICCIÓN.
Enviado por juanitacortes96 • 19 de Abril de 2017 • Apuntes • 1.429 Palabras (6 Páginas) • 396 Visitas
25 de octubre de 2016
Procedimiento laboral
Maria Alejandra Correa Orozco
Juanita Cortés Velásquez
LA DEMANDA, SU PRESENTACIÓN. ADMISIÓN INADMISIÓN Y RECHAZO DE LA DEMANDA EN LA JURISDICCIÓN.
Al iniciar un proceso laboral con la presentación de la demanda ante la jurisdicción, es necesario que el juez realice una valoración para verificar si esta cumple con los requisitos exigidos por la ley y a partir de esta apreciación proferir un auto para admitirla, inadmitirla o rechazarla.
Antes de ahondar en el tema objeto de estudio, es necesario definir previamente la demanda y los requisitos que esta debe contener para ser presentada ante el juez.
La demanda es un instrumento con el que cuentan las personas naturales y jurídicas para que las controversias que se susciten en las distintas áreas del derecho sean resueltas por la rama judicial. Es la pieza procesal que garantiza y convoca, pues garantiza el acceso a la justicia de la persona que la interpone, ya que con su presentación se activa el poder jurisdiccional del Estado y se reconoce a este como administrador de justicia y convoca la jurisdicción y la competencia del juez para la solución de un conflicto jurídico que se pone a su disposición por medio de este escrito.
El Código Procesal del Trabajo y de Seguridad Social, en su artículo 25 señala los requisitos que debe contener una demanda en materia laboral, los cuales son:
- La designación del juez a quien se dirige. La demanda convoca la competencia, por su importancia este requisito ha sido llamado por la jurisprudencia y la doctrina como esencial
- El nombre de las partes y el de su representante. El nombre del representante se debe poner si las partes no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas; además es necesario la C.C como identificación si se es mayor de edad.
- El domicilio y la dirección de las partes. El domicilio para definir la competencia y la dirección con fines de notificación. En caso de no conocerse la dirección del demandado o la de su representante (si tiene), se indicara esto bajo juramento, que se entiende prestado con la presentación de la demanda.
- Nombre, domicilio y dirección del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso. El domicilio y dirección del apoderado judicial no se prevé como un requisito esencial, pues no define la competencia del proceso.
- La indicación de la clase de proceso. Ya sea ordinario o un proceso especial contemplado por el derecho laboral y de seguridad social.
- Lo que se pretende expresado con precisión y claridad. Las pretensiones se deben formular por separado y deben completas.
- Los hechos y omisiones que sirvan de fundamento a las pretensiones. Es una circunstancia dentro de la realidad que merece una respuesta dentro del conflicto jurídico. Para mayor compresión del juez y la contraparte, deben estar clasificados, enumerados y en orden cronológico.
- Los fundamentos y razones de derecho. Como sustento de los hechos y las pretensiones. Este requisito no se exige cuando la parte litigue en causa propia.
- La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba. Las pruebas son importantes dentro del proceso, porque soportan los hechos, los cuales a su vez justifican las pretensiones y los fundamentos y razones de derecho fortalecen las pretensiones.
- La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para la fijación de la competencia.
Una vez expuesto el concepto y los requisitos para la elaboración de la demanda en materia laboral procederemos a explicar de manera enumerada las casuales de inadmisión y rechazo de la demanda, basándonos en el libro de Gerardo Botero Zuluaga “Guía teórica y práctica de derecho procesal laboral y de la seguridad social”
LA INADMISIÓN DE LA DEMANDA
Es un acto del juez expresado en un auto donde no se continúa con la notificación de la demanda, porque esta no cumple con los requisitos señalados en la ley. El artículo 28 del código procesal del trabajo y de la seguridad social, en su inciso primero establece que en el caso de inadmitirse la demanda, la parte cuenta con 5 días para subsanar los defectos señalados por el juez y presentar su corrección ante este.
Causales de inadmisión:
- Cuando el escrito no cumple con los requisitos formales señalados en el artículo 25 del CPTSS, explicados anteriormente. El artículo 28 de este estatuto en su inciso primero, establece la inadmisión por esta causal.
- Cuando no se acompañan los anexos señalados en el artículo 26 del CPTSS.
“La demanda deberá ir acompañada de los siguientes anexos:
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