LA EFECTIVIDADA DEL USO DE LA FUERZA EN EL ESTADO DE GUATEMALA
Enviado por Marioovalle • 22 de Agosto de 2012 • 1.867 Palabras (8 Páginas) • 515 Visitas
LA EFECTIVIDADA DEL USO DE LA FUERZA EN EL ESTADO DE GUATEMALA
Autor: Mario Luis Ovalle
Hacer uso de la fuerza para mantener el orden instituido en un Estado, es indispensable, sin embargo hay que estar claro de cómo será su uso, las normas legales para poder ejecutarlo y lo más importante el convencimiento de una sociedad de que es no solo importante sino indispensable, por lo que es necesario estudiar algunos países, de como el uso de esa fuerza ha sido eficaz para poder comparar con el Estado de Guatemala, cuáles han sido lo aciertos o dificultadas ante este poder que otorga las normas legales a los Estados.
Podríamos definir inicialmente el comportamiento humano en relación a lo prohibido, definiendo en primer término, la palabra “Prohibir” que no es otra cosa que vedar, establecer un impedimento a determinada acción. Por lo general, la reflexión frente a lo prohibido es escasa. Algunos lo aceptan sin más y se someten a ello, otros se instalan en posiciones que comportan franca resistencia. Pero muy pocos se detienen a pensar en lo que significa.
En la psicología de lo prohibido, la actitud y vivencias que la persona experimenta al afrontarlo, suelen hallarse a mitad de camino entre la atracción y la frustración. Atracción de rebasar los límites y frustración de anestesiar la voluntad. Toda prohibición manifiesta una cierta limitación de la voluntad y dicho sentimiento, que puede experimentarse como atracción, hace sentir la fascinación del reto que pone a prueba al yo, al mismo tiempo que lo cuestiona respecto a si podrá o no saltarse esos límites. Más allá de la fascinación experimentada respecto de lo prohibido es preciso preguntarse: ¿En razón de qué principio se prohíbe? ¿Quién tiene autoridad para decretar tal prohibición? ¿En dónde radica su sentido? ¿Qué relación existe entre el contenido de la prohibición y la naturaleza de los deseos humanos? A estas preguntas debiera atenderse antes de optar por una u otra respuesta, antes de decidir y transformar la decisión en comportamiento. Los efectos varían mucho de una persona a otra. Todo depende de cómo se entienda la prohibición, cuál sea su fundamento y qué autoridad tenga quien la dictó. Allan Poe sintetiza bien la resistencia beligerante al cumplimiento en la siguiente pregunta: «¿No tenemos una perpetua inclinación, pese a la excelencia de nuestro juicio, a violar la ley, simplemente porque comprendemos que es la ley?». El planteamiento anterior es relevante, pues cuestiona si la norma que establece la prohibición respeta la autonomía de la persona. En el fondo, asistimos al viejo diálogo -que siempre se ha dado en la intimidad del ser humano- entre la ley y la conciencia juzgadora personal. Cualquier norma o prohibición, en tanto dictada por otro, es ajena a la propia conciencia. No obstante, si la norma se obedece porque la conciencia ha juzgado sobre ella y la ha hecho suya, entonces no resulta extraña ni impuesta. (1)
No se quiere hablar del concepto psicológico de la personalidad humana, lo anterior es solo para solidificar que todo Estado desde el momento en que sus sociedades están formadas por seres humanos, deben de ejercer autoridad y tener una fuerza que haga velar y cumplir la ley, pues por la misma condición humana no será factible el cumplimiento de esa ley sin una coacción que haga entender lo imperativo de cumplirla.
Algunos países cuentan con tres fuerzas para hacer cumplir las normas legales que establece el Estado a sus ciudadanos veamos algunos ejemplos de cómo funciona:
En Argentina existen tres componentes en materia de seguridad y defensa. Las Fuerzas Armadas por una parte, las Fuerzas de Seguridad y las Fuerzas Policiales, sean éstas federales o provinciales. Hablaremos de las Fuerzas de Seguridad ya que las otras son mas generalizadas en los países Latinoamericanos, estas conformadas por la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina. Ambas tienen carácter federal, reciben un adiestramiento específico (muy superior a la policía) y sus miembros tienen estado militar. Para entender el fenómeno de estas fuerzas habría que retroceder en el tiempo.... Respecto a la Prefectura Naval, en un país con tantos ríos interiores y tan extenso litoral marítimo, siempre fue la gran responsable de las zonas portuarias, teniendo facultad de policía. También del control fluvial o marítimo de las zonas costeras o hasta las doce millas náuticas. Después con el tiempo sus funciones se fueron expandiendo y acomplejando.
Respecto a la Gendarmería Nacional nació bajo la dependencia del Ejército. Inicialmente se ocupó principalmente del control fronterizo, como así también de ejercer el rol de policía donde ésta no existiera. También en caso de conflicto, cumplían funciones complementarias al Ejército. Por eso los gendarmes recibían y tenían un estilo cuasi militar. Con el advenimiento de la democracia, después de 1983, se las fue desplazando progresivamente al ámbito de la Seguridad, separándolas del ámbito de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de Defensa. En Argentina a los criterios de seguridad y defensa, conceptualmente, se los considera por separado. De hecho hay una Ley de Defensa Nacional y su reglamentación por un lado y una Ley de Seguridad Interior con su reglamentación por otro. Se las puede encontrar por Internet. Todo esto está muy ligado a las realidades que se vivieron en el país y en la región durante las décadas del 60/70. También con la Doctrina de Seguridad Nacional impulsada por EEUU...que siempre ha sido condenada por estas latitudes por una asociación directa a los golpes militares. De tal manera, hoy por hoy, las FFAA no pueden invadir el ámbito de la seguridad interna, para eso están estas fuerzas junto con las policías. El Gobierno
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