LAS FUENTES DEL DERECHO
Enviado por Geolimar • 21 de Noviembre de 2012 • 1.378 Palabras (6 Páginas) • 1.150 Visitas
1.- DETERMINE CON PRECISIÓN CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA CLASIFICACIÓN MODERNA DE LAS FUENTES DEL DERECHO Y LA CLASIFICACIÓN CLÁSICA, ANALICE SU RESPUESTA Y DETERMINE CUAL ES ELEMENTO QUE SE TOMA EN CUENTA EN CADA CLASIFICACIÓN.
R.- Antes de realizar el análisis correspondiente es necesario conocer que se entiende por fuentes del Derecho y hacer una revisión simple de la clasificación moderna y clásica de las mismas.
Decimos que "fuentes del Derecho" son los hechos, actos, doctrinas o ideologías que resultan determinantes para la creación, modificación o sustitución del Derecho, tanto desde su perspectiva histórica, como de los mecanismos necesarios para la producción de nuevas disposiciones jurídicas que se adecuen a los jueces, los legisladores, los funcionarios administrativos. Inclinando su voluntad en un sentido determinado en el acto de crear normas jurídica.
En Venezuela, fuentes históricas, serian, por ejemplo, las leyes de India; el Código del Licenciado Aranda, inspirador de nuestro Código Adjetivo Civil, etc. Buscando más en el tiempo, son antecedentes y por tanto fuentes de nuestro ordenamiento: El Derecho Romano, el Código Napoleónico, etc.
Entre las fuentes actuales merece la pena que mencionemos a la Constitución Nacional, norma de la norma y fundamento de todas las demás; la legislación, actividad encomendada al Poder Legislativo que es el hacedor de leyes por antonomasia; y el poder Reglamentario reservado a la Asamblea Nacional, para que elabore total o parcialmente los reglamentos de cada ley "sin alterar su espíritu, propósito y razón". Igualmente son fuentes: Los Consejos Municipales, que elaboran las ordenanzas; los ministerios, que toman resoluciones, etc.
Clasificación Clásica de las Fuentes del Derecho:
Son muchas las clasificaciones que se ofrecen de las "fuentes del Derecho".
1. Fuentes Históricas y Vigentes.
2. Fuentes Materiales y Reales.
3. Fuentes Formales.
4. Fuentes Directas e Indirectas.
5. Fuentes Principales, Subsidiarias y Auxiliares.
Clasificación Moderna de las fuentes del Derecho:
• Fuentes total mente objetivadas;
• Fuentes parcial mente objetivadas;
• Fuentes no objetivadas.
Esta última clasificación fue creada por el filósofo del Derecho danés “ALF ROSS”
Formidable representante de la representación del Derecho vista desde un punto de vista realista y sociológico.
Al Ross sostenía que por fuentes del derecho a de entenderse el conjunto de factores o elementos q ejerce influencia en la formulación por parte del juez de las reglas en la que está basada su decisión; con el agregado de que esta influencia pueda variar desde aquellas fuentes. Por consiguiente por fuentes debemos entender todos los factores las circunstancias que determinen la selección de la escogencia de la norma que sirve de fundamento al órgano encargado de resolver los problemas que se someten a su consideración.
Y es en esa definición donde se encuentra el elemento discrepante entre una clasificación y otra, pues en la clasificación clásica encontramos que las fuentes se afianzan se refieren a documentos, costumbre o analogía, mientras que en la clasificación moderna no solo se toma en cuenta estos elementos si no que se hace una observación mas a fondo donde el entorno y circunstancias que llevaran al jurista a resolver un hecho especifico y por ende a utilizar algunas de las fuentes antes mencionada también cuenta. Por lo tanto la clasificación conjuga el contexto para que en acoplamiento con las fuentes tradicionales dar solución a los conflictos por los que atraviesa la sociedad.
2.- PRECISA CLARAMENTE Y EXPLICA, CUALES SON LAS TRES (3) CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA COSTUMBRE; DE LA DOCTRINA Y CUÁLES DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
R= CARACTERISTICAS
LA COSTUMBRE:
Tiene que ser General; porque las conductas para ser tomadas en cuenta como fuente tienen que ser masivas dentro de una sociedad.
Uniforme; tiene que existir en la conducta una uniformidad en el ejercicio o la ejecución de una determinada forma de actuar o entender un determinado hecho.
Continuidad; una conducta tiene o adquiere carácter de fuente cuando es repetida constantemente a lo largo del tiempo, acuñándose como costumbre o acto habitual sobre un mismo hecho.
Debe tener una duración prolongada.
Racionalidad; entendiéndose que la costumbre debe estar envuelta de la moral y las buenas costumbres, acogidas y aceptadas por la sociedad.
Espontaneidad; ésta característica nace de forma natural o espontánea, sin la intención de generar una ley, a diferencia de la ley que es originada por
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