LESIONMOLOGIA
Enviado por heidysoublett • 23 de Abril de 2013 • 11.684 Palabras (47 Páginas) • 307 Visitas
LESIONOLOGIA
Es la ciencia que se dedica al estudio e interpretación de la morfología, etiología y descripción de las lesiones producidas por distintas energías externas sobre el cuerpo humano. Como parte de la Medicina Legal estudia todas las cuestiones relacionadas con las agresiones a las personas cuyos resultados podría estar relacionado con el delito de lesiones, homicidio o tratarse de una muerte violenta, suicida o accidental. Gisbert Calabuig introduce el concepto de Lesionología, aduciendo que lesión es un término más amplio y resulta ser el elemento objetivo de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud.
Presenta un interés medicolegal mayor, ya que su fijación e interpretación, son parte de la evaluación judicial de responsabilidad en los distintos delitos que las comprenden. Presenta además interés médico legal, la evolución de las lesiones, ya que la morfología de éstas variará según el tiempo transcurrido.
La descripción de las lesiones en el momento en que se observan está a cargo del investigador. La interpretación de éstas está a cargo del médico legista o criminalista.
DEFINICIONES
• Lesión: daño en el cuerpo o la salud del individuo. Es toda alteración anatómica o funcional, ocasionada por un agente externo sobre el cuerpo humano.
Desde el punto de vista criminalístico, definiremos por lesiones, toda aquella alteración de la estructura anatómica normal de los tejidos, producida por un agente externo y evidenciable al examen externo.
Al concepto médico legal de “Lesión”, entendida como un “daño o alteración
morbosa orgánica de los tejidos” debe de adicionarse el concepto jurídico, de responsabilidad penal (ya sea dolosa o culposa). Es decir, que una lesión adquirirá el carácter de delito o falta, cuando en su producción exista responsabilidad legal.
Dicho de otra forma, la responsabilidad legal, constituye el elemento de derecho esencial, que debe de aparecer unido a toda lesión, para que esta constituya una conducta sancionable.
• Trauma: es el resultado dañoso, ya sea anatómico o funcional del organismo, como consecuencia de una fuerza exterior.
• Traumatismo: Es la alteración o daño, especialmente anatómico, que se da en el cuerpo humano.
• Daño: Es el perjuicio material o moral sufrido por una persona.
ASPECTOS JURÍDICOS
HISTORIA
Las lesiones y los homicidios son los delitos más antiguos: surgieron cuando Caín blandió una quijada de animal contra su hermano Abel.
En la antigüedad, la lesión causada a una persona exigía la venganza de la sangre, de acuerdo con una interpretación religiosa que obligaba a aplacar el alma del ofendido.
La adhesión del individuo al grupo, predominante en la estructura social, determinaba la reacción colectiva frente a la ofensa contra uno de sus miembros, lo cual conducía a encarnizadas batallas entre distintas tribus. Así, el delito o acto dañoso se presentaba como un choque o un estado de guerra (faida) entre dos grupos sociales.
La privación o expulsión de la paz se presentó como una fórmula destinada a terminar con el estado de guerra a que equivalía el ejercicio de la venganza de la sangre.
De este modo, la venganza se limitó al infractor quien, al quedar excluido de la protección del grupo social, podía ser muerto o esclavizado. En la antigua Roma se aplicó la privación del agua y el fuego como una forma politizada dé la expulsión de la paz.
El Talión significó una limitación intensiva, pero no extensiva de la, pena. Partía de la sentencia bíblica "vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie", de manera que el mal inferido al imputado debía ser igual al delito.
La composición representó una nueva limitación de la venganza, al sustituirla por el pago de dos precios. Con uno de ellos, el infractor cancelaba su deuda con el grupo ofendido (precio del hombre), y con el otro lograba su readmisión al grupo social (precio de la paz).
La noción de la lesión ha adquirido características peculiares en cada periodo histórico, las cuales reflejan corrientes doctrinarias y concepciones valorativas de cada pueblo. En el derecho romano, mediante la Ley de las XII Tablas se sistematizó y calificó con criterio médico a la lesión. Al lado de las injurias escritas y verbales aparecieron las físicas, que caracterizaron a los golpes simples. A partir de las leyes Cornelia y Julia, como delitos especiales se incluyeron la membris ruptio, la assibus fractio, la castración y la circuncisión, conceptos médicos que habrían de modificarse en la Roma Imperial a partir de diversos edictos, ante la inoperancia y ridiculez de las sanciones.
En el Digesto, las lesiones se consideraban graves según su naturaleza y localización, o atendiendo
a la dignidad del ofendido (magistrado) o al lugar donde se cometió el delito (teatro o forum).
En la legislación española, en el Fuero Juzgo (siglo XVII) y en las Siete Partidas (12561263) se incluyó el delito de lesiones dentro de las injurias. El carácter grave de la lesión estaba subordinado a varias condiciones: localización en la cabeza, sangrado, víctima y victimario, etc. La lesión grave era castigada como homicidio.
Por su parte, los bárbaros distinguieron entre wunden (lesión propiamente dicha) y lehmung (lesión que causa debilitamiento).
En nuestros tiempos, las lesiones provienen de dos situaciones que conmueven al mundo occidental: una es la agresión de delincuentes profesionales que de este modo tratan de despojar a sus víctimas de los objetos de valor que porten; otro es la generada por los accidentes de tránsito.
Los métodos utilizados para lesionar han cambiado a través de los tiempos, pero no sus efectos, como tampoco la naturaleza agresiva del hombre.
DOCTRINA
"El delito de lesiones es un delito de daño que exige la producción de un perjuicio cierto, real, efectivo y concreto" (Nogueira).
En realidad, el concepto ha evolucionado desde la lesión corporal a la lesión personal. Así, Carrara define a la lesión como "cualquier daño injusto a la persona humana que no destruya su vida ni esté dirigido a destruirla".
En este sentido, se defiende tanto la individualidad física como la psicológica, y se protege tanto la actividad interna como
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