La Comunidad Estudiantil estará conformada por todos los alumnos oficialmente inscritos en el plantel.
Enviado por indaluza • 18 de Marzo de 2017 • Apuntes • 1.296 Palabras (6 Páginas) • 244 Visitas
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. - Las disposiciones de este Reglamento son de carácter general para toda la comunidad estudiantil oficialmente inscrita en el sistema escolarizado de la Benemerita y Centenaria Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria del Estado (BCENLEPE) T/2 con Licenciatura en Educación Primaria Intercultural Bilingüe y Licenciatura en Educación Especial.
ARTICULO 2. – La Comunidad Estudiantil estará conformada por todos los alumnos oficialmente inscritos en el plantel.
ARTICULO 3. – Se establecerá El Comité Ejecutivo Estudiantil dentro de la institución, siendo avalado por la Comunidad Estudiantil y la Dirección de la Escuela.
ARTICULO 4. – El Comité Ejecutivo Estudiantil será establecido por el 50% por ciento más uno de los miembros de la comunidad estudiantil.
ARTICULO 6. - El Comité Ejecutivo Estudiantil, tendrá por objeto promover acciones de carácter académico, cultural, deportivo, y político de la comunidad estudiantil que represente.
ARTICULO 7. - Los integrantes del Comité Ejecutivo Estudiantil, independientemente de las funciones y atribuciones propias de su cargo, tendrán los mismos derechos y obligaciones de toda la comunidad estudiantil.
TITULO SEGUNDO
ATRIBUCIONES Y ORGANIZACIÓN
CAPITULO PRIMERO
DE LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES
ARTÍCULO 8. – Podrán ingresar al Comité Ejecutivo Estudiantil todo aquel alumno inscrito de manera regular a la institución que así lo soliciten expresamente y que sean elegidos por un porcentaje de 50% más 1 de la Comunidad Estudiantil.
ARTÍCULO 9. – La Asamblea General será el órgano colegiado que quedará conformado cuando el Comité Ejecutivo Estudiantil se reúna a sesionar, resolver, o planear cuestiones tendientes a la mejora de las actividades académicas, culturales, deportivas, económicas y políticas de la institución
ARTICULO 10. - El Comité Estudiantil tendrá las siguientes atribuciones:
- Representar, por medio de su Comité Directivo, a la Comunidad Estudiantil de su plantel, en las actividades que así lo requieran.
- Fortalecer los lazos de solidaridad entre la comunidad estudiantil del plantel.
- Fomentar actitudes de corresponsabilidad y respeto entre los Alumnos, Directivos, Personal Docente y Personal Administrativo del plantel.
- Promover acciones entre la Comunidad Estudiantil en la búsqueda de la superación personal individual y grupal, atendiendo actividades académicas, culturales, deportivas, económicas y políticas.
ARTICULO 11. - Queda estrictamente prohibido para los miembros del Consejo Estudiantil lo siguiente:
- Asumir actitudes irresponsables e irreconciliables ante las Autoridades Educativas en la búsqueda de soluciones a las controversias que se susciten.
- Realizara actividades o declaraciones que menos caben la seguridad de la comunidad estudiantil.
- Pretender tener mayores derechos y beneficios que los demás miembros de la Comunidad Estudiantil.
CAPITULO SEGUNDO
DE LA ORGANIZACIÓN
ARTICULO 12. - El Comité Estudiantil tendrá un órgano de representación que se le denomina Comité Directivo, y un órgano Colegiado de planeación y decisión que se le denomina Asamblea General.
CAPITULO TERCERO
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ARTICULO 13. - El órgano supremo del Consejo Estudiantil será la Asamblea General.
ARTICULO 14. - La Asamblea General, sesionará, planeará, resolverá y dictará sus acuerdos en forma colegiada.
ARTICULO 15. - Los integrantes de la Asamblea General, serán aquellos alumnos que hayan sido designados como Jefes de Grupo, siendo suplidos en sus ausencias por los Subjefes de Grupo.
ARTICULO 16. - Los requisitos para ser parte de la Asamblea General serán los siguientes:
- Ser alumno regular del plantel.
- No haber sido sancionado por contravenir los principios normativos de la institución.
- Ser electo por la votación general del grupo al que pertenezca.
ARTICULO 17. - El proceso de selección de Jefe y Subjefe de Grupo se realizará a partir de la segunda semana del inicio de las labores académicas del ciclo escolar.
ARTÍCULO 18. - La Asamblea General deberá instalarse a partir de la tercera semana lectiva del semestre.
ARTÍCULO 19. - Las funciones de la Asamblea General serán:
- Elegir a los alumnos integrantes del Comité Directivo.
- Dictar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de las resoluciones emitidas colegiadamente.
- Sesionar cuando lo consideren necesario para tratar temas concernientes a la mejora continua de las actividades académicas, culturales, deportivas, económicas y políticas.
- Las demás que no contravengan los presentes Lineamientos.
CAPÍTULO CUARTO
DEL COMITÉ DIRECTIVO
ARTÍCULO 20. - La representación del Comité Estudiantil estará a cargo del Comité Directivo, el cual será elegido por voto directo y secreto de la comunidad estudiantil en un 50% más uno de ésta.
ARTÍCULO 21. - Únicamente podrán integrar el Comité Directivo los miembros de la Asamblea General.
ARTÍCULO 22. – La estructura en cuanto a niveles jerárquicos del Comité Directivo del Consejo Estudiantil será el siguiente:
...