La Doctrina Ferreyra
Enviado por DanielaUBP • 20 de Agosto de 2014 • 286 Palabras (2 Páginas) • 273 Visitas
La doctrina Ferreyra: conforme a un recto orden jurídico, que proviene del Derecho Natural, cada Estado es dueño de su propio tráfico. Posición británica. El trafico aéreo que se origina en cada país, es propiedad de cada país. El tráfico entre dos países, le pertenece a ambos por igual y cada uno no puede disponer más que del 50% del tráfico que genere, posibilitando así a la otra parte a disponer el otro 50%.
Siendo dueño, cada Estado lo concede a voluntad, en pactos bilaterales, sobre condiciones de reciprocidad (do ut des). El principio, no es de plena libertad. El tráfico internacional queda reservado a pactos bilaterales. Tampoco podría negarse en forma absoluta. Los Estados no se conciben aislados.
El cabotaje (transporte interno), queda reservado a cada pais. Es de su propiedad. El pasajero es un bien jurídico propio. El transporte interno siendo mío, lo dejo reservado a mi voluntad y me comprometo a no concederlo con exclusividad.
Los vuelos internacionales, se los concede en audiencia publica, orales, sobre la base de la reciprocidad.
De las Cinco Libertades, quedan aprobadas las dos primeras: sobrevuelo y escala técnica. No así las tres últimas, sobre transporte, que quedan reservadas a concesiones sobre la base de reciprocidad. Estas libertades económicas son:
3) DESEMBARCAR en otro Estado, pasajeros y carga provenientes del Estado de la nacionalidad o de la matricula de la aeronave.
4) TOMAR o DESEMBARCAR pasajeros y carga con destino al Estado de la matricula de la aeronave.
5) TRANSPORTAR, embarcar y desembarcar pasajeros y carga de y hacia cualquier otro Estado.
Estas tres libertades no se aprueban en Chicago, quedan como trafico propio de cada país para ser concedidas por pactos bilaterales y a condiciones de reciprocidad.
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