La Planificacion Social
Enviado por norelitaa • 28 de Agosto de 2012 • 388 Palabras (2 Páginas) • 657 Visitas
Qué es planificación social?
Definición 1:
La planificación social es el uso de las teorías y métodos de la planificación para mejorar los indicadores tomando en cuenta las difrentes escalas geográficas y los diferentes grupos sociales.
Definición 2:
Partiendo de la premisa de que un sistema social consiste de una infra-estructura material, una estructura social y una super-estructura, la planificación social es el uso de las teorías y métodos de la planificación para alterar con un fin específico algún elemento del sistem social. Es importante destacar que los objetivos de la planificación, así como la capacidad de llevar a cabo dicha planificación, son a su vez delimitados por el sistema social. Por ejemplo, la posición en la estructura social del planificador (y de quienes controlan las agencias de planificación) limitan los propios objetivos de la planificación.
Tema dos: entes rectores de la planificación
Este titulo consta de tres artículos:
Este titulo esta compuesto de tres artículos que define los objetivos y la finalidad del presente decreto, la definición de planificación y para cuales entes es aplicable el presente decreto.
Este decreto posee ciertas bases y lineamientos que deben cumplir los diferentes entes gubernamentales para elaboración de los planes tanto nacionales como regionales, los cuales son sometidos para su debida aprobación.
Se entiende por planificación, el conjunto de conocimientos técnicos, ordenados que permiten diseñar y crear bienes en forma permanente ininterrumpida y reiterada del Estado y la sociedad, destinada a lograr su cambio estructural de conformidad con la Constitución de la República.
El presente Decreto Ley es aplicables a los órganos y entes de la administración Pública, así como a las empresas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles del Estado.
Artículo 185. El Consejo Nacional de Gobierno es un órgano, no permanente, encargado de evaluar los diversos proyectos comunales, locales, estadales y provinciales, para articularlos al Plan de Desarrollo Integral de la Nación, dar seguimiento a la ejecución de las propuestas aprobadas y realizar los ajustes convenientes a los fines de garantizar el logro de sus objetivos.
Estará presidido por el Presidente o Presidenta de la República, quien lo convocará, e integrado por el Primer Vicepresidente o Primera Vicepresidenta, los Vicepresidentes y Vicepresidentas, los Ministros y Ministras, los Gobernadores y Gobernadoras. Asimismo, el Presidente o Presidenta de la República podrá convocar Alcaldes o Alcaldesas y voceros o voceras del Poder Popular.
...