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La Resistencia De La Ley


Enviado por   •  19 de Junio de 2014  •  1.422 Palabras (6 Páginas)  •  235 Visitas

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Desde que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual entró en vigencia (Promulgada el 10 de octubre de 2009), el Grupo Clarín luchó por sobre toda las cosas para que no se cumpla en su totalidad. Las innumerables medidas cautelares que presentaron ante la justicia sirvieron como parche para tapar sus crueles negociados y oponerse a la adecuación de la norma.

Clarín dijo que “respeta” la mal llamada “Ley de Medios K”, pero advirtieron que si entra en vigencia íntegramente atentaría contra la libertad de expresión. Los que se hacen llamar “El Gran Diario Argentino” afirmaron que tanto el artículo 161 como el 41, el 45 (en dos apartados) y el 48 (2do párrafo) no pueden aplicarse porque no sólo desconocen retroactivamente las licencias, sino que establece un régimen discriminatorio que afecta la independencia económica y la editorial de los medios. Entre los derechos constitucionales lesionados se mencionan: la libertad de expresión (artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional), igualdad ante la ley (art. 16), legalidad (art. 18), propiedad (art. 17) y comercio (art. 43).

El famoso artículo 161 de la ley en cuestión establece que los multimedios limitarán la cantidad de licencias permitidas y se adecuarán a la norma en el plazo de un año. Por su parte el 45 habla de la multiplicidad de las licencias, pero en una de sus notas especifica los Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la Presencia de Monopolios u Oligopolios en la Comunicación Social y en el Capítulo IV del Informe 2004 de la Relatoria Especial. Allí sostiene que “las prácticas monopólicas y oligopólicas en la propiedad de los medios de comunicación social afecta seriamente la libertad de expresión y el derecho a la información”, y recomienda a los integrantes de la Organización de Estados Americanos (OEA) que desarrollen medidas con el fin de impedir el funcionamiento de esas prácticas.

Por lo tanto la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual considera a la comunicación como una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura. Está claro que si la oposición no le simpatiza, entonces puede ser árbitro de su propio destino, tal como lo dice Ernst Cassirer en su texto “Antropología Filosófica”: “El hombre posee el poder y la libertad para escoger entre la verdad y la mentira, entre la justicia y la iniquidad, entre el bien y el mal; es responsable de la elección moral que hace y por consiguiente de sus acciones”. La ley no te limita las expresiones, sino te indica que existe una norma e inexorablemente debe cumplirse. No se hecha a perder la libertad de expresión, al contrario te da la posibilidad que otras voces puedan pensar a favor o en contra del modelo existente.

Durante cuatro años la justicia, influenciada por el grupo hegemónico, motivó la suspensión del artículo cuestionado, y esto trae aparejado una verdadera batalla jurídica en donde los intereses están en juego. Disgustados por el accionar de Clarín, el Estado Nacional llevó esta problemática a la Corte Suprema de Justicia y sus caras se expusieron públicamente. Ambas partes presentaron sus argumentaciones en torno a esta interminable discusión. Claro que la última palabra la tendrá el máximo tribunal.

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual es un organismo creado para promover, difundir y defender el derecho a la comunicación democrática de los oyentes y televidentes de toda la Argentina. En las audiencias públicas que se celebraron entre el 28 y 29 de agosto de este año, la institución a cargo de la licenciada Cynthia Ottaviano solicitó ser “Amigo del tribunal”, pero no ocupó ninguna de las diez plazas que se reservaron para aquellos que querían defender sus posturas. Ottaviano fue designada por el Congreso Nacional y aunque el reglamento de la audiencia estableció que los "amicus curiae" no podían ser políticos en campaña o funcionarios, las fuentes consideraron posible que se le permita exponer.

La licenciada Analía Elíade, brindó el pasado viernes una charla en las instalaciones del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER) a los alumnos de la materia “Taller de Análisis de la Información”.

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