La accion de nulidad por simulación
Enviado por maruci • 12 de Febrero de 2014 • Informe • 530 Palabras (3 Páginas) • 366 Visitas
LA ACCION DE NULIDAD POR SIMULACIÓN
1.- ACCION POR LAS PARTES:
2Richard Villavicencio Saldaña
La acción de nulidad por simulación procede tanto en la simulación absoluta, como en
la relativa, en lo lícito cuanto en la ilícita según el art. 193° del C.C. y puede ser
ejercitada por cualquiera de las partes o por el tercero perjudicado.
El código civil peruano vigente de 1984 difiere del Código Civil de 1936, porque en la
norma derogada se trataba la simulación absoluta. Los actores podían ejercer el uno
contra el otro la acción de nulidad por simulación; en cambio el Código Civil de 1984
vigente, establece una nueva posición conforme al artículo 193°, que establece “la
acción para solicitar la nulidad del acto simulado, puede ser ejercitada por cualquiera de
las partes, los que deben interponerlos durante su vigencia, por lo que, es de aplicación
los plazos prescritos, estipulados para las acciones de nulidad contenida en el Art.
2001° Inc. 1º, que fija un plazo de 10 años y de anulabilidad, según el Art. 2001° Inc. 4º,
que fija un plazo de 2 años, ya sea cuando se trata de simulación absoluta y de
simulación relativa, respectivamente.
Esto significa que concluidos dichos plazos ya no es procedente interponer la acción de
nulidad por simulación de acuerdo con la prescripción extintiva de la acción que se
interpone en el proceso mediante excepción.
2.- EFECTOS .- La nulidad por simulación trae consigo los siguientes efectos:
2.1 Si la simulación es absoluta al declararse su nulidad judicial, se extingue
definitivamente el acto jurídico aparente y también sus consecuencias si los hubiera. Asi
por ejemplo: Si un inmueble se transfirió con simulación absoluta al declararse su
nulidad no es necesaria una nueva escritura traslativa de dominio basta con la
inscripción de la sentencia del Juez en el Registro de Propiedad.
2.2 Si la simulación es relativa, hay que distinguir si se trata de una lícita o ilícita. En el
primer caso se anula el acto aparente, y el acto oculto surge haciéndose ostensible y
subsistiendo todos sus efectos. En el segundo caso tanto el negocio oculto como el
aparente quedan anulados sin efecto alguno, por consiguiente las cosas vuelven a su
estado anterior.
3.- PRUEBA DE LA ACCION .- La simulación debe ser probada por quien la alegue. Para ello se
puede ser recurrir a la prueba directa e indirecta.
3Richard Villavicencio Saldaña
3.1. PRUEBA DIRECTA .- Se da con la confesión de una de las partes simulantes o
mediante el contradocumento. Tal sería el caso si A y B, simulan un contrato por
escritura pública, pero a través de un documento privado establecen
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