La coordinación entre facilitadores judiciales y operadores de justicia
Enviado por jslinqui • 9 de Diciembre de 2015 • Ensayo • 1.314 Palabras (6 Páginas) • 98 Visitas
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La coordinación entre facilitadores judiciales y operadores de justicia como elemento fundamental para el funcionamiento del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales.
Juan Salvador Linqui González
El Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales (SNFJ) es un beneficio “que el Poder Judicial, en coordinación con el resto de instituciones de administración de justicia, brinda a la población para facilitar el acceso a la justicia” (Texto Diplomado DSNFJ, 28). “Se basa en la colaboración estrecha entre líderes comunitarios… y las autoridades locales, principalmente operadores de justicia, bajo la dirección y supervisión de los jueces locales.” (Texto Diplomado DSNFJ, 28). Son dos los actores claves: los Facilitadores Judiciales y los Operadores de justicia. En este sentido nos preguntamos ¿Por qué la institucionalidad administradora de justicia es un factor clave? ¿Quiénes son los Facilitadores Judiciales? Proponemos un horizonte más amplio para el SNFJ en la región, a la vez que se vislumbra la restauración de valores claves para la convivencia de las personas, la sociedad y los países. Y Finalmente, agregamos a la discusión un tercer elemento, la coordinación entre el primero y el segundo elemento como factor imprescindible para el eficaz funcionamiento del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales.
¿Por qué la institucionalidad administradora de justicia es un factor clave? Uno de los aspectos que más ha marcado nuestra historia actual en la región, es la injusticia. El tema reiterativo de la impunidad, y la desigualdad en el acceso a la justicia ha llevado a altos índices de violencia, reconocidos internacionalmente, en particular en los países del triángulo norte, formado por El Salvador, Guatemala y Honduras. En consecuencia el tema de la administración de justicia es un tema sensible y de la máxima importancia en el proyecto del SNFJ.
El propósito práctico de acceso a la justicia es válido para los organismos rectores de la administración de justicia. Sin embargo el horizonte del SNFJ va mucho más allá para nuestra región centroamericana, donde la democracia aún es un proceso joven y con muchas áreas y tareas pendientes por cumplir.
Este horizonte ha sido expresado por Alejandro Moscoso, Juez de la Sala de lo Penal, de República Dominicana (Video SNFJ Tema 1 Insumo Foro, 2015), al afirmar “…pienso que es una forma de democratizar la justicia, cuando se habla de acceso a… la justicia, hay necesariamente que hablar de los facilitadores judiciales…”.
Una de las aspiraciones fundamentales de toda sociedad que se encamina hacia la democracia es el predominio de la ley, “el imperio de la ley… entendido en el sentido de la primacía de la ley sobre cualquier otro principio gubernativo, especialmente contra la tiranía y la arbitrariedad del poder político” (https://es.wikipedia.org/wiki/Imperio_de_la_ley).
Se puede afirmar que el SNFJ representa una forma no sólo de promover el imperio de la ley, sino también de cambiar una cultura social que por mucho tiempo ha privilegiado la violencia para resolver los conflictos y lograr las aspiraciones, así como cambiar la cultura institucional del sistema político y jurídico del país.
En este punto, es importante preguntarnos por el segundo de los elementos claves: ¿quiénes son los Facilitadores Judiciales?
De acuerdo al Documento de Estudio, El Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales (p. 6), los Facilitadores Judiciales: “Son líderes naturales de su comunidad, personas honestas, motivadoras, de prestigio y respeto, quienes, voluntariamente, sin interés de remuneración alguna ni beneficios materiales, guiados por su vocación de servicio al prójimo, con gran sensibilidad social y humana, en colaboración activa y constante con el Poder Judicial, prestan los servicios de apoyo a los operadores de justicia, sirven de canal de comunicación entre su comunidad y las autoridades de administración de justicia, informan, asesoran, acompañan y median”, “…tiene la función principal de servir de enlace entre la ciudadanía y el Órgano Judicial para garantizar un genuino y eficiente acceso a la justicia, promover una cultura de paz y fortalecer mecanismos de prevención y resolución alternativa de conflictos como vía para mantener la convivencia pacífica entre los miembros de la comunidad.”
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