La palabra convivencia deriva etimológicamente del latín el prefijo ‘con’ y la palabra ‘vivencia’
Enviado por Jeymy Katherine Medina Paredes • 8 de Noviembre de 2016 • Monografía • 4.775 Palabras (20 Páginas) • 850 Visitas
Introducción
La palabra convivencia deriva etimológicamente del latín el prefijo ‘con’ y la palabra ‘vivencia’, que significa el acto de existir; siendo la capacidad de las personas de estar con otras en una misma comunidad, promoviendo el respeto, las normas y los valores. Teniendo una definición en otras palabras: La vida en común y de la armonía que se busca en la relación de personas que por alguna razón deben pasar mucho tiempo juntas.
La integración de la persona a una sociedad, no es difícil, ya que por su propia naturaleza, el ser humano es un ser social, es así que las ideas, acciones y sentimientos constituyen la esencia del ser humano; pero hay que tener en cuenta que una buena convivencia es un factor fundamental para una buena salud emocional y también para la integridad física.
La convivencia no solo es el vivir juntos, no es una simple estadía, se podría definir como convivencia a la compartición e interacción constante de dos individuos, los cuales cotidianamente evidencian comportamientos y actitudes buenas y malas de la persona, tomando en cuenta los valores aprendidos en casa y que ambas son parte de un conocimiento profundo mutuo. Al hablar de convivencia en pareja se deben tomar en cuenta diversos aspectos ya que es importante que en esta etapa los valores como el respeto, la confianza, la tolerancia y la solidaridad sean puestos en práctica para que esta permanencia sea positiva y armoniosa; sin embargo, al transcurso del tiempo el concepto de “CONVIVENCIA” ha sido modificado provocando paradigmas, los cuales perduran hasta la actualidad.
La Convivencia
Definición de convivencia
La convivencia es según la RAE: “Vivir en compañía de otro u otros”, deriva etimológicamente del latín el prefijo ‘con’ y la palabra ‘vivencia’ que significa el acto de existir. Existen diferentes tipos de convivencia como son: social, respetuo mutuo entre las personas y con el medio en el que viven, escolar, la interrelación entre el alumnado junto con los docentes y el personal, humana, se refiere a toda la humanidad por más que no tengan ningún vínculo, se da entre miembros de la misma sociedad, ciudadana, se da entre miembros de una misma sociedad armonizando los intereses individuales y democrática, existe una obligación moral y subjetiva al respetar las diferencias entre las personas tanto físicas, de religión y de pensamiento.
El presente trabajo expone la convivencia de pareja también llamada: unión de hecho, concubinato, unión civil.Se analizará la convivencia de pareja en los siguientes aspectos; económico, político-civil, psicológico, social y religioso. Mostrando las ventajas y desventajas de cada aspecto y cómo afecta a la sociedad. Por otro lado se explicará la unión civil dentro de la convivencia.
Aspecto económico
La convivencia se da en muchos lugares del mundo, cada vez de forma más común, la convivencia premarital es más frecuente que en años anteriores, una de las razones de la convivencia es la independencia económica que se describe como unirse a una persona sin firmar ningún acuerdo frente a la sociedad ni la iglesia y buscar la forma de crecer económicamente mientras la relación dure, ya que una vez se termine el amor que los convivientes proponen pueden terminar esa unión sin ningún problema y seguir cada uno con su vida, para volver a intentar amar a otra persona y beneficiarse de ese “amor”.
Los convivientes construyen un sistema de ayuda el uno al otro, el cual si no es en sí malo se basa en una unión inconclusa, la cual puede terminar en cualquier momento y no ofrece garantía alguna de que se forme una familia o una relación matrimonial estable, la cual por más problemas que se presenten puede superarse, da una garantía de que la relación no terminara en una pelea por problemas económicos y que no se debe buscar cambiar de pareja por problemas monetarios, ya que una salida así implica una falta de compromiso la cual no debe estar presente en la sociedad actual.
Por otra parte no todo es negativo, ya que si bien no es del todo correcto convivir antes del matrimonio nos presenta frente a la oportunidad de “ver” lo que seria una vida matrimonial, ya que se le iguala en ciertos aspectos y en el económico nos puede ayudar como generar problemas porque puede que por un lado los aportes económicos sean promedio y se alcance a cubrir los gastos del hogar, y con ayuda del conviviente si ambos generan suficientes aportes pueden llegar a una vida estable y por lo contrario si alguno de los dos o ambos no genera lo suficiente es probables que se generen problemas porque uno de los dos no genere lo suficiente para poder llevar una vida plena.
Ciertamente las parejas casadas suelen tener una vida más cómoda en términos económicos, parece ser que el matrimonio influye en la vida económica de las parejas, y según el grado de educación del hombre y la mujer se puede tener un vida plena.
Pero para las parejas que deciden solo convivir, hay un alto porcentaje de inseguridad en este aspecto, ya que los hombres y las mujeres casados suelen ser más responsables y tienen sus metas más claras, además de estar menos propensos a problemas en el hogar y cuentan con el apoyo de un esposo o esposa.
Aspecto político civil
El código civil de la Unión de Hecho en España, Argentina e Italiana defiende más a los concubinos que en el código civil del Perú; por ejemplo en la “patria potestad”.El Reconocimiento jurídico de la Unión de Hecho en Perú solo está escrito en el artículo 5 de la Constitución del Estado y regulado en el artículo actualizado 326 del código civil que dice: “La Unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar las finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos…”.
1. La familia, es una sola, por esto se protege sin importar su fuente. (Derecho de familia artículo 233)
2. No confiere exigencia legal a uno de los concubinos a exigir el cumplimiento de los deberes legales derivados del matrimonio como: deberes de asistencia, fidelidad o cohabitación.
3. La legislación no otorga derecho de sucesión a alguno de los concubinos luego del fallecimiento de uno de ellos.
4. Los concubinos no pueden sustituir el régimen patrimonial por el de separación de bienes
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