La principal característica de los venezolano de derecho penal sobre los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados
Enviado por saulynaranjo • 9 de Octubre de 2013 • Tesis • 1.362 Palabras (6 Páginas) • 609 Visitas
INTRODUCCIÓN
El trabajo que se presenta a continuación resalta la característica sustantiva de la norma penal venezolana en materia de delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados como especie general delictiva y de todos los géneros de delitos que de él se deriven, como por ejemplo los que se producen en perjuicio del ambiente.
Los incendios, inundaciones, sumersiones y oros delitos que representen un peligro común y que se realizan de manera irresponsable son merecedores de un castigo por ser hechos punibles en contra del resguardo e interés público, la acción penal en estos casos procede de oficio, así como también todos aquellos delitos que se cometen contra la seguridad de medios de transporte y comunicación, los que atenten contra la salubridad y la alimentación publica es notorio deducir que todo accionar en contra ponen en grave riesgo la salud y tranquilidad de las personas perjudicando fuentes naturales del vital líquido, adulterando o modificando la composición legal de alimentos y productos fármacos destinados al comercio y que sean de interés público y en algunos casos específicos de interés privado.
DELITOS
ONTRA LA CONSERVACIÓN DE LOS INTERESES PÚBLICOS Y PRIVADOS:
INCENDIOS, INUNDACIONES, SUMERSIONES Y OTROS DELITOS DE PELIGRO COMÚN
Una sociedad moderna, donde el hombre sea el centro del sistema, y su dignidad una constante, debe instalar el concepto de delito contra la conservación de interés tanto público como privado en todas las instituciones, utilizando la educación y la formación humanista como herramienta base del desarrollo. En este contexto, navegan realidades que no podemos obviar, o desconocer. Nuestra sociedad ha generalizado un concepto dramático en relación al delito, el delincuente y su posibilidad de rehabilitación y reinserción social. Su base Constitucional está contemplada en el Articulo 326, mientras que su base legal la encontramos en el Código Penal en su Libro Primero; Titulo Siete y Capítulos primero, segundo y tercero, Los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados, presentan los siguientes géneros que de él se derivan:
a) De los incendios, inundaciones, sumersiones y otros delitos de peligro común.
Incendio: Ley penal del Ambiente
Inundación: Ley penal del Ambiente
Naufragio o sumersión: Ley penal del Ambiente
Impedimento de medios de defensa: Ley penal del Ambiente
Tipos culposo: Ley penal del Ambiente
b) De los delitos contra la seguridad de los medios de transporte y comunicación.
Atentados ferroviarios.
Asalto o apoderamiento ilegitimo de vehículos automotores.
Desvalijamiento de vehículos
utomotores.
Daños ferroviarios.
Lanzamiento de cuerpos contundentes o proyectiles contra tren en marcha.
Daños a los sistemas de transporte o comunicación.
Norma de asimilación.
Destrucción o deterioro de caminos y obras destinados a la comunicación pública.
c) De los delitos contra la salubridad y alimentación públicas:
Tala o roce ilegales de montes.
Ilegitima interrupción del servicio de agua a un centro poblado.
Corrupción o envenenamiento de aguas potables de uso público o de artículos destinados a la alimentación pública.
Falsificación o adulteración de sustancias alimenticias o medicinales, o puesta en venta de las sustancias falsificadas o adulteradas.
Venta de sustancias nocivas a la salud.
Delitos relativos a las sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Indebido suministro de sustancias medicinales.
Venta fraudulenta de sustancias alimenticias no genuinas, aunque no nocivas a la salud.
Tipos culposos.
Agravante especifica.
Tipos agravados.
Agio alimentario.
Calificación preterintencional
ANÁLISIS SUSTANTIVO DEL CÓDIGO PENAL COMO NORMA QUE REGULA EL DELITO CONTRA LA CONSERVACIÓN DE LOS INTERESES PÚBLICOS Y PRIVADOS
Se entiende por incendio, una ocurrencia de fuego no controlada que puede abrasar algo que no está destinado a quemarse. Puede afectar a estructuras y a seres vivos, el Código Penal en el capítulo I De los incendios, Inundaciones, Sumersiones y Otros Delitos de Peligro Común, expresa en su articulado lo
l respecto de los preceptos señalados el Dr. Hernando Grisanti Aveledo en su obra Manual de Derecho Penal (parte especial) 25° edición especifica lo siguiente:
1. En los delitos de atentado ferroviario la acción punitiva esta en hacer surgir el peligro envías destinadas al tránsito de ferrocarriles
2. Estos delitos son de tipo doloso porque existe la intensión en el momento
...