ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Laura Rivas Lozano, mexicana por nacimiento, mayor de edad, por mi propio derecho y en representación de mi ex-esposo Luis Rafael Sánchez Bravo —en términos de la escritura pública número 41’282


Enviado por   •  8 de Junio de 2017  •  Tutorial  •  7.513 Palabras (31 Páginas)  •  937 Visitas

Página 1 de 31

C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

INVESTIGADOR DE LA PROCURADURÍA

GENERAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO

P R E S E N T E.

Laura Rivas Lozano, mexicana por nacimiento, mayor de edad, por mi propio derecho y en representación de mi ex-esposo Luis Rafael Sánchez Bravo —en términos de la escritura pública número 41’282, volumen 501, suscrita ante la fe del Lic. Salvador Antonio Corral Martínez, Notario Público número 28 de Hermosillo, Sonora— Y señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Avenida Islas Fiji número 532, del Fraccionamiento Jardines del Lago de esta Ciudad de Mexicali, Baja California teléfono (686)5908401 y (686)1170765, autorizando en los términos más amplios según el Código Nacional de Procedimientos Penales a la Lic. Patricia Zamora Ayala y/o José Ángel Arreola Bañuelos, y para que en mi nombre y representación reciba toda clase de notificaciones y documentos a los C.C. José Adolfo Fuentes Hernández y/o Celina Guadalupe García Navarro, y/o Irene Castillo Dojaquez y/o Iraiz Yazmin Solorio Garibay, ante Usted, con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, vengo a presentar formal QUERELLA Y DENUNCIA en contra de EDUARDO SALAZAR LEY, su madre quien bajo protesta de decir verdad desconozco su nombre completo, sin embargo, tengo conocimiento de que le apodan CHUYITA y todas las demás personas que habitan en el domicilio materia de este juicio, por la comisión del DELITO DE DESPOJO DE BIEN INMUEBLE, EJERCICIO INDEBIDO DEL PROPIO DERECHO, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, ROBO Y LOS QUE RESULTEN, así como el concurso de los delitos cometidos que se contemplan en el código penal y código de procedimientos penales del estado de Baja California.

Los delitos anteriores fueron cometidos en mi agravio y de mi menor hija, solicitando el ejercicio de la acción penal y de reparación del daño ocasionado, por lo que me permito hacer la siguiente narración de hechos y consideraciones de derecho estimables:

HECHOS

Primero. El 28 de junio de 2005 mi exesposo Luis Rafael Sánchez Bravo y la suscrita, adquirimos el bien inmueble ubicado en calle Pilatos y Barqueta 157 en el Fraccionamiento Sevilla con clave catastral YC-008-013, para asegurar el patrimonio de nuestra menor hija. El inmueble que adquirido mediante la suscripción de un contrato de apertura de crédito simple con interés y garantía hipotecaria con HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. —En términos de la escritura pública número 30,196, volumen 28, suscrita ante la fe del Lic. Juan N. Chapa y de Urquidi, Notario Público número 7 de Mexicali, Baja California—

Segundo. Tiempo después mi esposo y yo nos separamos, sin embargo, siempre estuvimos en el entendido de que esa casa seria patrimonio de nuestra hija, ya que con ese objetivo fue adquirido. Firmamos un convenio de divorcio.

Tercero. El 31 de marzo de 2016, Luis Rafael Sánchez Bravo —mi ex esposo— otorgó un poder general al señor Eduardo Salazar Ley, mediante escritura pública número 40’983, volumen 500, suscrita ante la fe del Lic. Salvador Antonio Corral Martínez, Notario Público número 28 de Hermosillo, Sonora.

El objetivo de ese poder era, realizar una compraventa por la cantidad de $700,000.00 pesos M. N. (setecientos mil pesos Moneda Nacional), y con dicho poder notarial facilitar la liquidación de la casa por la cantidad de $350,000.00 pesos M.N. (tres cientos cincuenta mil pesos moneda nacional) ante el banco acreedor de la hipoteca, para posteriormente formalizar la compraventa entre particulares y liquidar a la suscrita por el total del valor de la casa, por lo que resta por pagar a la suscrita la cantidad $350,000.00 pesos M.N. (tres cientos cincuenta mil pesos moneda nacional). Que a la fecha el hoy demandado adeuda y asegura no pagar, ni tener la mínima intención de hacerlo.

Así que, acudimos al banco acreedor de la hipoteca a liquidar la deuda. La suscrita asistí en compañía del C. Eduardo Salazar Ley al banco, ya en el banco el hoy demandado se dirigió con el personal del banco y solo me pidió que pasara afirma un documento que debería redactar de mi propio puño un documento dirigido a dicha institución y que afirmara que la madre de Eduardo Salazar Ley —la mencionada señora conocida como “Chuyita” y cuyo nombre completo no recuerdo— me prestaba la cantidad de $350,000.00 (trescientos cincuenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional), para la liquidación de la hipoteca.

Cuarto. Siempre he estado en posesión y uso de nuestro domicilio, a finales de mayo, fue que tuve que irme algunos días a dormir con una amiga para cuidarla, sin embargo, siempre estuve al pendiente de mi casa, iba personalmente cada semana a limpiar, y regar las plantas, la vecina (quien por temor a represalias me pidió que no la incluyera como testigo de los hechos), siempre estaba al pendiente y al cuidado del predio, tanto que ella tenía un juego de llaves que yo misma le proporcione.

Quinto. Debido a que el hoy demandado dejo de contestarme le teléfono, lo busque en numerosas ocasiones sin obtener respuesta, El día 1 de junio del 2016, la suscrita en compañía de los agentes inmobiliarios Josué González Serafín, José Eduardo Gaytán García y Erika Fuentes, asistimos a mi propiedad para limpiarla y dejarla en optimas condiciones para llevar a un posible comprador a ver la casa, dejando todo limpio y ordenado.

Sexto. El día 3 de junio del presente año 2016 aproximadamente a las 5 de la tarde, la suscrita me encontraba trabajando cuando recibí el llamado de mi vecina, (quien por temor a represalias me pidió que no la incluyera como testigo de los hechos), me informa que hay 2 hombres y una mujer adulta que, con un mazo y un desarmador estaban forzando la entrada para abrir mi propiedad, e introducir artículos personales que traían en un automóvil tipo pick up, en ese momento destruyeron el marco y la puerta de entrada, sin poder acceder al bien inmueble.

Séptimo. Posteriormente solicite el apoyo de mis agentes de Bienes Raíces Josué González Serafín, José Eduardo Gaytán García y Erika Fuentes Vallejo quienes, aproximadamente a las 6 de la tarde se presentaron en el lugar de los hechos, para ver que estaba pasando, al llegar miran que un joven de ojos verdes y un hombre un poco mayor estaban dando de martillazos a la puerta principal, y forzando la reja de la puerta de a lado, había también una mujer de edad mayor quien dijo ser la madre de Eduardo Salazar Ley, diciendo que su hijo le había regalado esa casa y que como ya no tenía donde vivir porque había entregado la casa que rentaba, iban a tomar posesión del bien inmueble por que su hijo se lo había

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (46 Kb) pdf (101 Kb) docx (34 Kb)
Leer 30 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com