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Ley de amparo, exhibición personal de constitucionalidad de Guatemala


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  Trabajo  •  580 Palabras (3 Páginas)  •  416 Visitas

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Ley de amparo, exhibición personal de constitucionalidad de Guatemala.

Artículo 268.- Función esencial de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala. La Corte de Constitucionalidad es un Tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya Función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del estado y ejerce funciones específicas que le asigna la constitución y la ley de la materia.

La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad (documento) tiene por objeto desarrollar las garantías y defensas del orden constitucional y de los derechos inherentes a la persona, protegidos por la Constitución Política de la República de Guatemala, las leyes y los convenios internacionales ratificados por Guatemala (Marco Legal del Congreso de la República de Guatemala, s.f.).

En julio de 1,984 fue electa La Asamblea Nacional Constituyente y mediante Decreto número 1-86 promulgó el 8 de enero de 1986 la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que entró en vigencia el 14 de enero de ese mismo año. Dicha ley, se compone de ciento noventa y cinco artículos, distribuidos en seis títulos.

La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, fue creada, de conformidad con los principios en que se basa la organización democrática del Estado, con el objeto de que existan medios jurídicos que garanticen el irrestricto respeto a los derechos inherentes al ser humano, a la libertad de su ejercicio y a las normas que rigen la República de Guatemala, a fin de asegurar el régimen de derecho. El objeto de la ley, es desarrollar las garantías y defensas del orden constitucional y de los derechos inherentes a la persona, protegidos por la Constitución Política de la República de Guatemala, las leyes y los convenios internacionales ratificados por Guatemala.

Esta ley regula el amparo, como una acción que sirve para la protección de los derechos fundamentales y, que ha de gozar de ciertas garantías de eficacia y urgencia, sobre todo teniendo en cuenta el tradicional retraso en la toma de decisiones jurisdiccionales-

En este cuerpo normativo con carácter de norma constitucional, se regula lo relativo al amparo, como garantía contra la arbitrariedad, a la exhibición personal, como garantía de la libertad individual, y al planteamiento de inconstitucionalidad, en sus dos modalidades (en caso concreto y de carácter general), como garantía de la supremacía constitucional.

También este cuerpo normativo regula asuntos de orden procesal, contiene las disposiciones generales relativas a la organización y funcionamiento de la Corte de Constitucionalidad.

Como bien lo dice la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad en su Artículo No

.1: La presente ley tiene por objeto desarrollar las garantías y defensas

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