Lineamientos y politicas general de capacitacion del gobierno del estado de tabasco
Enviado por Barth0 • 26 de Octubre de 2015 • Informe • 885 Palabras (4 Páginas) • 506 Visitas
LINEAMIENTOS Y POLÍTICAS GENERALES DE CAPACITACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO
Villahermosa, Tabasco; enero 2015
Lineamientos y Políticas Generales de Capacitación del
Gobierno del Estado de Tabasco
C O N T E N I D O
- Lineamientos y Políticas Generales de Capacitación del Gobierno del Estado de Tabasco.
- Instructivo para el llenado del Formato de Solicitud de Anuencia de Capacitación F-C01. Guía de llenado.
- Procedimientos para el ejercicio de la Cuenta Presupuestaria Centralizada 33401: Servicios de Capacitación a Servidores Públicos.
- Lineamientos y Políticas Generales de Capacitación del Gobierno del Estado de Tabasco
A continuación se describe el ámbito de competencia, políticas y lineamientos para la contratación de servicios de capacitación, afectando la cuenta presupuestal centralizada 33401: Servicios de Capacitación a Servidores Públicos, no sujeta a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, aplicable a las dependencias y órganos desconcentrados del Poder Ejecutivo.
Objetivo:
Garantizar el ejercicio transparente y correcto del presupuesto destinado a la capacitación de los servidores públicos, y la calidad de los servicios de capacitación contratados.
Marco jurídico aplicable:
- Art. 123 constitucional apartado A fracción XIII;
- Art. 153-A de la Ley Federal del Trabajo;
- Art. 46 fracción XIII de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado;
- Art. 77 fracción VIII b) y fracción 22 de las Condiciones Generales de Trabajo;
- Artículo 35 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración;
- Plan Estatal de Desarrollo del Gobierno del Estado de Tabasco 2013-2018 (eje rector 2);
- Capítulo III, en el punto 37 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y
- Numerales 1.2 y 8 de la Circular CCPE/001/15 emitida por el Comité de Compras del Poder Ejecutivo.
Ámbito de competencia:
Con fundamento en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco 2014, en el Titulo Segundo, Capítulo II, relativo a las Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina del Gasto de la Administración Pública Estatal, en el punto 25, fracción XVI; se establece que, en materia de capacitación se deberá reducir al mínimo la contratación de servicios profesionales, y preferentemente deberán utilizarse los servicios de las instituciones educativas y de capacitación establecidas que cuenten con los programas que requiera la entidad pública solicitante y únicamente cuando dichas instituciones no cuenten dentro de sus planes establecidos con dichos programas, se procederá a la contratación de proveedores que impartan la instrucción requerida.
Lineamientos y políticas:
- Los lineamientos y políticas aquí contenidos son de observancia obligatoria dentro del ámbito del Gobierno del Estado, incluyendo sus dependencias y órganos desconcentrados.
- Aplica para la contratación de cualquier servicio de capacitación.
- La capacitación puede ser tanto en desarrollo humano, como profesional.
- Dirigidos a incidir en las actitudes de las personas y fomentar una cultura organizacional (motivación, comunicación, trabajo en equipo, calidad en el servicio, etc.).
- Dirigidos a incrementar las aptitudes y el nivel profesional del personal en un área de conocimiento específico (adiestramiento, cursos y talleres de acuerdo a necesidades específicas, especialización en manejo de nuevas tecnologías, seminarios, diplomados, maestrías, etc.).
Políticas para la Contratación de Servicios de Capacitación:
- Toda acción de capacitación tendrá como objetivo mejorar el desempeño de los servidores públicos y conseguir su profesionalización.
- Las acciones de capacitación deberán alinearse con el logro de los objetivos de cada dependencia o entidad.
- Toda acción de capacitación deberá seguir el proceso de: detección de necesidades, diseño, implementación y evaluación; mismo que se consignará en el formato F-C01 “Solicitud de Anuencia de Capacitación”.
- Quien preste servicios de capacitación deberá acreditar ser una institución o empresa con prestigio académico, experiencia y una planta docente con reconocida calidad pedagógica.
- Los formadores, instructores, docentes deberán contar con los conocimientos y experiencia necesaria en el área académica que imparta.
- Las instalaciones donde se impartan las acciones de capacitación deberán ser adecuadas y contarán con el equipo y materiales necesarios para lograr los objetivos propuestos.
- El prestador de servicios de capacitación proporcionará de forma impresa o electrónica los materiales de apoyo, tales como manuales, presentaciones, estudios de caso y demás que sean necesarios para lograr los objetivos de la capacitación.
- Toda capacitación contará con un método y criterios de evaluación de los conocimientos, habilidades o aptitudes aprendidas durante su desarrollo.
- Cada dependencia o entidad entregará a la Dirección de Capacitación la evaluación de la calidad de la impartición del capacitador externo.
Lineamientos para la elaboración del Plan Anual de Capacitación:
Con fundamento en el Manual de Normas Presupuestarias, todas las dependencias y órganos de la Administración Pública Estatal deberán presentar su Plan Anual de Capacitación para el año siguiente, en el mes de julio a la Subsecretaría de Recursos Humanos, conteniendo por lo menos, los siguientes puntos:
- Nombre de la dependencia o entidad solicitante;
- Objetivo General del Plan Anual de Capacitación;
- Diagnóstico de necesidades de capacitación;
- Acciones de capacitación solicitadas:
- Área específica que solicita;
- Objetivo de la acción;
- Tiempo estimado de duración;
- Monto estimado.
- Monto total de la dependencia solicitante en la cuenta presupuestal 33401: Servicios de Capacitación a Servidores Públicos y desglose a nivel de Dirección.
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