Liquidqción De Obras
Enviado por Carmen1000 • 30 de Agosto de 2012 • 1.025 Palabras (5 Páginas) • 430 Visitas
Liquidaciones de obras por administración directa
¿Cuál es el procedimiento para la liquidación de Obras por Administración Directa ejecutada por los gobiernos locales?
La liquidación de obras por Administración Directa está regulada por las siguientes normas:
la Resolución de Contraloría General de la República Nº 195-88-CG, que es la norma principal y por las Normas que Regulan la Ejecución de Obras por Administración Directa.
En el caso de la liquidación de obras por ejecución directa, corresponde a la municipalidad hacer la liquidación. Para ello, se deberá presentar los siguientes documentos sustentatorios:
1. Acta de recepción de la obra.
2. Liquidación técnica de obra.
3. Liquidación financiera.
4. Copia de Resoluciones.
5. Recursos recibidos.
6. Rendición de cuentas presentadas.
7. Estado de ejecución presupuestal.
8. Extractos bancarios.
9. Cheques girados por cada mes.
10. Relación de equipo mecánico, maquinarias y vehículos.
11. Declaración jurada por el pago de remuneraciones, gratificaciones, leyes sociales y compensación por tiempo de servicios.
12. Declaración jurada de no adeudos o pasivos por el cierre de la obra.
13. Devengados año fiscal.
14. Balance de comprobación al cierre de la obra.
15. Inventario físico al cierre de obra.
16. Flujograma.
Le sugerimos tomar en cuenta los siguientes procedimientos:
Conformación de la Comisión
Se deberá conformar una Comisión encargada de elaborar el informe de Liquidación de Obra.
El contenido del informe deberá ser el siguiente:
• Resumen ejecutivo.
• Informe de liquidación técnica y financiera.
• Cuadros sustentatorios.
Obligaciones de la Entidad
Se deberá designar una comisión de profesionales encargada de la recepción de la obra y de elaborar la respectiva liquidación técnica y financiera. La Comisión recibirá de la entidad, a través del coordinador de la obra o quien haga de sus veces, la documentación necesaria, que constará básicamente de:
• Expediente técnico y resolución de aprobación.
• Resolución que designó a los responsables de la ejecución del proyecto: ingeniero residente y administrador de la obra.
• Informe final elaborado por el proyecto.
El inspector o supervisor es el representante y responsable de la entidad y ejerce el control y supervisión de la obra. Entre sus obligaciones se encuentran el efectuar una evaluación del informe final elaborado por el proyecto indicando, bajo responsabilidad, su conformidad con las obras y trabajos efectuados.
Durante el acto de recepción de la obra, el inspector o supervisor asesorará a la Comisión debiendo dar recomendaciones para superar cualquier deficiencia técnica observada por la Comisión.
Obligaciones del Proyecto
El Proyecto se encuentra representado por el residente de obra y el administrador de obra. Al término de la obra, el Proyecto preparará un informe final documentado. El informe final contendrá:
• Liquidación técnica sustentada con la Ficha Técnica de Liquidación de Obra y con la Documentación Técnica Económica.
• Liquidación financiera sustentada con la documentación financiera, indicando que han sido aprobadas todas las rendiciones de cuentas e indicando que no tienen cuentas por pagar.
El residente de obra solicitará en el Cuaderno de Obra la recepción de la misma, indicando la fecha de culminación. El inspector o supervisor, en un plazo no mayor de 5 días, comunicará este hecho a la entidad, quien dispondrá de 30 días antes
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