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Los demás requisitos presentes en la constitución


Enviado por   •  2 de Abril de 2017  •  Informe  •  1.100 Palabras (5 Páginas)  •  150 Visitas

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  1. REQUISITOS LEY SERVIR.

Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles

Cumplir  con los requisitos mínimos

No tener condena por delitos

No estar inhabilitado administrativa o judicialmente

Tener nacionalidad peruana

Los demás requisitos presentes en la constitución.

  1. ACCIONES ADMINISTRATIVAS

Sectorización. El concepto tradicional de Ministerio superado con el de Sectores de la Actividad Pública, que cumple con los fines básicos del Estado (prestar servicios públicos).Cada sector está constituido por el ministerio que le da su nombre y por los Organismos Públicos y Empresas Estatales, que realizan labores afines al ministerio respectivo, que están adscritos, vinculados por medio del Ministro que es el titular del sector, sin perjuicio de la autonomía de la que gozan. 19 Ministerios contando a la PCM.

Sistematización. Los Sistemas están constituidos por conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizados por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. Existen 11.

Descentralización. La Descentralización en la administración pública consiste en la creación por norma expresa de entidades estatales, para el cumplimiento de algunos servicios públicos o actividades específicas, otorgándole autonomía, con personería jurídica.

Desconcentración. Es sinónimo de delegación, consiste en la transferencia de acciones que hace el superior a un inferior inmediato, sobre algunas atribuciones o funciones, para lograr mayor eficiencia del servicio público.

  1. Recursos administrativos 207.1 Los recursos administrativos son: a) Recurso de reconsideración b) Recurso de apelación c) Recurso de revisión 207.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días.

Artículo 209.- Recurso de apelación El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.

Artículo 210.- Recurso de revisión Excepcionalmente hay lugar a recurso de revisión, ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.

Artículo 211.- Requisitos del recurso El escrito del recurso deberá señalar el acto del que se recurre y cumplirá los demás requisitos previstos en el Artículo 113 de la presente Ley. Debe ser autorizado por letrado.

6. Sistemas Administrativos: 

Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. Los Sistemas Administrativos de aplicación nacional están referidos a las siguientes materias:

1. Gestión de Recursos Humanos (SERVIR).

2. Abastecimiento (OSCE).

3. Presupuesto Público ( Dirección Nacional de Presupuesto Público).

4. Tesorería (DNT).

5. Endeudamiento Público (DNEP).

6. Contabilidad (DNCP).

7. Inversión Pública (Dirección General de Programación Multianual del Sector Público).

8. Planeamiento Estratégico (Centro de Planeamiento Estratégico CEPLAN).

9. Defensa Judicial del Estado (Consejo de Defensa Judicial).

10. Control (CGR).

11. Modernización del Estado (Secretaría de la Gestión Pública).

7. La descentralización esta plasmada en el 8vo Acuerdo Nacional, y viene desde la constitución (no recuerdo el año).

8. Gobierno Nacional

Gobierno Regional.

Gobierno Local.

9.  ESTRUCTURA BÁSICA.- Los Gobiernos Regionales tienen la estructura orgánica básica siguiente:

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