LÍNEA JURISPRUDENCIAL DE LA VIVIENDA DIGNA EN EL MARCO DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO
Enviado por skidar • 23 de Abril de 2015 • Tesis • 14.468 Palabras (58 Páginas) • 314 Visitas
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA
Faculta de ciencias jurídicas, sociales y humanísticas
Programa de derecho
LÍNEA JURISPRUDENCIAL DE LA VIVIENDA DIGNA EN EL MARCO DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO
Preparada por
Yeisson Arley Córdoba Lloreda
Yufry Arley Palacios
Pereira, Colombia
2010
PROBLEMA DE INVESTIGACÍÓN
El desplazamiento forzado en Colombia es un fenómeno que a través de cada una de sus etapas va violando importantes derechos fundamentales, para las personas que desafortunadamente han tenido que vivir el flajelo de ser desplazados por la violencia; hoy en día nos enfrentamos a un gran número de desplazados que de una u otra manera pide que sus derechos como colombianos pero más aún como colombianos desplazados se les resguarden y garanticen. Teniendo en cuenta que un desplazado es una persona que fue obligada a abandonar su vivienda y enfrentarse en la mayoría de los casos a ciudades donde no tienen las condiciones básicas para desarrollarse de forma económica, saludable, en búsqueda de un porvenir más conveniente para el desplazado y su núcleo familiar; la vivienda digna hace parte de ese paquete de derechos fundamentales que tiene una persona por ser desplazada por la violencia, es posiblemente el primer paso en muchas ocasiones que necesita un desplazado para que sus derechos fundamentales como es la vida entre otros no corran riesgo.
La corte constitucional es la entidad de última instancia para el análisis de las tutelas instauradas por los desplazados que en instancias anteriores han perdido o el juez ha encontrado problemas para fallar; por medio de estas acciones de tutela la corte constitucional le ha venido dando cabida a los derechos fundamentales de la población desplazada, analizando el comportamiento que las instituciones han tenido con muchos de los desplazados por la violencia y creando un legado jurisprudencial importante para comprender como es que se debe atender o observar a cada una de las personas en condición de desplazados por la violencia, y como deben ser interpretadas las leyes creadas para la protección de esta grupo en desventaja social producido por la violencia que agobia en el país.
¿Cuáles son las consideraciones de la corte respecto al derecho de la vivienda digna de la población desplazada?
OBJETIVO GENERAL
Crear una línea jurisprudencial donde se muestren los análisis de la corte constitucional sobre la vivienda digna de la población desplazada.
Objetivos específicos:
-Identificar sentencias que desarrollen el derecho a la vivienda digna de las personas desplazadas por la violencia.
-Analizar si las sentencias se pueden encuadrar en una línea jurisprudencial sobre el desplazamiento forzado como fenómeno violador de derechos fundamentales.
-Analizar las sentencias que traten el tema del desplazamiento forzado como fenómeno que viola el derecho a la vivienda digna.
-Observar la dirección en que se dan los fallos de la corte constitucional sobre el derecho a la vivienda digna de la población desplazada.
JUSTIFICACIÓN
Es importante tener conocimiento sobre el análisis de la corte constitucional, cuando se trata de la protección de derechos fundamentales de la población desplazada. Ya que con una línea jurisprudencial que enmarque la forma en que la corte constitucional reitera los diversos campos que afronta una persona en condición de desplazado por la violencia, se puede comprender lo que es un desplazado por la violencia en nuestro país y cuáles son sus derechos lo cual es de vital ayuda para el estudio de este fenómeno que día a día agobia nuestro país y para que las personas en condición de desplazados por la violencia sepan cuáles y de que forma la corte ha venido fallando sus derechos y con qué argumentos pueden estos accionar los mecanismos de justicia para que sus derechos fundamentales como población desplazada se les garanticen.
MARCO DE REFERENCIA
El desplazamiento forzado en Colombia es un fenómeno que deben afrontar miles de personas en nuestro país, por culpa de los grupos armados que se toman las tierras de los campesinos o diferentes acciones que coaccionan la voluntad de una persona obligándose este a salvaguardar su vida saliendo de su residencia muchas veces hacia las grandes ciudades o sitios totalmente desconocidos para ellos, donde carecen de una vivienda digna en la cual se puedan refugiar ya que en la mayoría de casos no es un sola la persona desplazada si no todo un núcleo familiar compuesto por mujeres y niños que requieren de especial protección.
Es en el momento en que un desplazado por la violencia requiere de un lugar donde vivir, ya sea por la acción o omisión de las autoridades encargadas de prestarles la ayuda, cuando se ven obligado a presentar la acción de tutela, invocando el derecho a la vivienda digna estipulado en nuestra constitución como un derecho económico, social y cultural. Y aunque el artículo 86 de la constitución política establece que la acción de tutela solo es procedente para los derechos fundamentales. La corte constitucional en varias de sus sentencia a dejado claro que “la competencia del juez constitucional fue reivindicada con fundamento en el criterio de la conexidad, en desarrollo del cual se estableció que los derechos denominados de segunda generación podían ser amparados directamente por vía de tutela cuando se lograra demostrar un nexo inescindible entre éstos y un derecho fundamental en atención a las circunstancias del caso concreto” (sentencia T-585-08)
a una persona desplazada por la violencia se le violan muchos derechos de primera y segunda generación lo que generado que los poderes legislativo, judicial y ejecutivo creen los mecanismos para su protección, el primero con la creación de leyes como la ley 387 de 1997 donde se definen los parámetros bajo los cuales se deben se deben atender a las personas en condición de desplazados por la violencia, el segundo para vigilar y garantizar que dichas leyes se cumplan respetando de esa forma los derechos fundamentales de los desplazados, el tercero de gran importancia es el encargado de aplicar y hacer todo lo posible para que sus instituciones cumplan con dichas funciones.
El trabajo de dichas instituciones en varias ocasiones a colapsado desprotegiendo en varias ocasiones derechos fundamentales para los desplazados como es el caso
...