METODO TELEOLOGICO
Enviado por rodosoda • 20 de Mayo de 2013 • 1.232 Palabras (5 Páginas) • 1.189 Visitas
METODO TELEOLOGICO
(ERIKA) EL METODO TELEOLOGICO EN SENTIDO ESTRICTO.
La idea del Derecho de Ihering se apoya en el ordenamiento jurídico y en el fin de la norma jurídica. El método teleológico distingue entre ciencias de la naturaleza y ciencias de la cultura. En esta última se en cuenta la ciencia del derecho, la cual utiliza los valores o fines para elaborar e interpretar los conceptos jurídicos.
La interpretación tendrá en cuenta el fin de la norma en relación con las necesidades sociales que dicha norma quiere satisfacer. Toda norma jurídica tiene una finalidad, si esta finalidad fue suficiente para justificar la creación de la norma, también justificará su aplicación. Para Ihering los fines son necesidades de la vida social que deben ser satisfechas para que dicha sociedad sobreviva.
El jurista debe comprender los fines si quiere comprender el derecho. Ihering en su obra, La voluntad de la posesión, contrapone al método formalista lo que él llama método realista o teleológico que atiende a los intereses y fines que tutelan las normas jurídicas.
LA JURISPRUDENCIA DE INTERESES.
Heck considera que su método se cumple cuando los jueces atienden con sus decisiones los intereses de las partes en conflicto, sustituyendo el método de la subsunción por el análisis de los intereses en juego. Su meta es la satisfacción de las necesidades de la vida, de las personas de la comunidad.
La jurisprudencia de intereses se contrapone a la jurisprudencia de los conceptos.
Esta última elabora conceptos jurídicos y olvida que la realidad del derecho nace en la sociedad. Con los conceptos jurídicos no se pueden resolver los nuevos problemas que aporta la sociedad, por eso, Heck crea un método para adaptar el derecho a las necesidades de la vida.
Para Heck, la ley debe considerarse la diagonal de las fuerzas de una serie de intereses en lucha. Los nuevos problemas requieren conocer la voluntad del legislador y posteriormente el juez aplicará la ley de acuerdo con los intereses que previamente el legislador protegió al dictar las normas jurídicas.
La jurisprudencia de intereses no trata de explicar como es y cómo funciona el derecho. Es una corriente pragmática que sólo pretende una aplicación del derecho que satisfaga los intereses que protegen las normas jurídicas.
Karl Larenz, de lectura imprescindible para comprender las corrientes del siglo XIX y XX, “considera que a la jurisprudencia de intereses le estuvo reservada un éxito desacostumbrado en la praxis jurídica alemana. Con el tiempo revolucionó la aplicación del derecho, al haber sustituido el método de la subsunción por el enjuiciamiento ponderado de un hecho complejo y de una evaluación de los intereses que entran en juego según las pautas de valoración propias del orden jurídico.
(DON FRANCISCO) METODOLOGIA DE HECK.
Philip Heck,fue, Profesor en Tubinga. Al lado de Heck se cuenta entre los representantes de la Escuela de Tubinga a Max Rümelin, Heinrich Stoll y EugenLocher. Los inicios de la teoría se encuentran ya en la conferencia pronunciada por OskarBülow en 1885, en ocasión de asumir el cargo de Rector de la Universidad de Tubinga.
El método de la jurisprudencia de intereses, es una variante del método teleológico en 1889, por Heck y se devuelve con preferencia en el ámbito del derecho privado, en turno a las discusiones acerca de cuáles sean los principios que los jueces deben de seguir para dictar sentencia ósea que los jueces deben atender primero en sus decisiones, los intereses de las partes en conflicto y él dice que no usa solo los métodos fina listicos sino también los conceptos de intereses complementándolos. El considera a la jurisprudencia de intereses como un grupo especial del derecho libre y este movimiento engloba a todas las orientaciones modernas anti dogmáticas, comprende dos partes íntimamente vinculadas entre sí: la teoría genética de los intereses y la teoría productiva
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