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Manipulacion Genetica


Enviado por   •  14 de Mayo de 2012  •  1.989 Palabras (8 Páginas)  •  884 Visitas

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MANIPULACION GENETICA: AVANCES Y RETOS EN LA LEGISLACION COLOMBIANA

Desde los inicios de la humanidad el hombre siempre se ha cuestionado su origen y durante muchos años se han planteado varias teorías acerca del mismo y por ende de su formación genética, desde Hipócrates (400 a. C.) quien en sus estudios plantea la participación de un componente hereditario en las enfermedades, así como que el material reproductivo proviene del hombre, años más tarde Aristóteles (año 350 a. C.) concluye que la mujer aportaba el material de la herencia, el hombre lo definía y el embrión lo asumía.

Siglos después y con la aparición del microscopio se descubre el liquido seminal y se desarrolla la teoría espermista y con el descubrimiento del folículo ovárico de Graaf quien considero que el ser en miniatura se encontraba dentro del ovulo nace la teoría ovista, pero es en 1886 cuando el monje austriaco Gregorio Mendel con los experimentos y cruces con guisantes descubre que a través de estos se da la transmisión de caracteres dominantes y recesivos, muchos científicos continuaron con las investigaciones acerca de la genética y en 1953 Watson y Crick descubrieron la molécula de ADN y desde ese entonces la carrera por el desarrollo de la Biogenética ha conllevado a los diferentes organismos institucionales a regular las practicas e investigaciones científicas acerca de la genética, a raíz de los diversos descubrimientos y avances tecnológicos en la materia , lo que ha permitido el desarrollo de nuevas técnicas a nivel reproductivo como la inseminación artificial, la reproducción asistida, la fecundación in vitro y la clonación.

A raíz de lo anteriormente dicho, el presente documento tiene como fin general dar a conocer el concepto de la manipulación genética desde un argumento jurídico, con la intención de mostrar las diferentes concepciones y puntos de debate acerca del tema y sus implicaciones jurídicas en nuestro ordenamiento.

Es de anotar que la manipulación genética es un tema relativamente joven y nuevo en nuestro país, pero que debe ser estudiado de una manera acuciosa puesto que en otros ordenamientos jurídicos se ha avanzado en cuanto a la regulación legal de este y en un mundo dinámico como el nuestro es imperativo estar acorde a la actualidad; es por ello que los objetivos a desarrollar en este trabajo son mostrar desde el punto de vista jurídico como se regula la genética en nuestro país, en qué casos se permite la practica de esta y cuál ha sido el avance en la actualidad dentro del marco de la Constitución Política y normatividad vigente.

Para poder entender el desarrollo de la Genética, primero debemos saber qué es? “La genética está definida como aquella disciplina de biología que estudia los fenómenos de la herencia y las causas de las variaciones entre organismos” . El desarrollo de la genética humana se basó durante mucho tiempo en conocimientos derivados de experimentación en plantas y animales empero, sistemáticamente se han efectuado descubrimientos importantes en seres humanos, cuyas aportaciones han enriquecido diversas ramas de la ciencia y han producido que se ponga en movimiento los entes jurídicos para regular esta disciplina, es por ello que la Constitución Política de Colombia en su articulado establece la protección del derecho a la vida , a la autonomía personal , a la libertad , a la intimidad entre otros, estos derechos fundamentales constituyen los valores de convivencia fundados en el reconocimiento de la dignidad humana.

De acuerdo a lo anterior, aunque las garantías constitucionales en cuanto a la investigación sobre genoma humano y la manipulación genética no han sido objeto de grandes controversias aun ante la Corte Constitucional este órgano ha generado pronunciamientos en sus sentencias sobre el ejercicio de las profesiones biológicas como en la sentencia de constitucionalidad de la Ley 22 de 1984 que regula el ejercicio de la profesión de biólogo y señala que la libertad de ejercer profesión u oficio y el derecho al trabajo no son absolutos y que el Estado puede exigir de idoneidad para su ejercicio (C 501-2001).

Debido a que la Biología interviene directamente sobre la vida, sus resultados científicos-tecnológicos pueden tener consecuencias perjudiciales para el entorno y los organismos vivos incluyendo al hombre esto tiene un riesgo social que el Estado no puede ignorar por lo que la vigilancia en las investigaciones de manipulación genética y genoma humano deben ser mayores y es obligación del Estado exigir la idoneidad que considere necesaria para llevar a cabo las mismas. Es por ello que la Corte ha indicado que la primacía constitucional de los derechos de la dignidad humana y a la autonomía personal impone considerar a cada persona como un sujeto libre y capaz (T 1021-2003), por ello toda intervención en la salud, en la integridad y por extensión lógica en el genoma humano, suponen y exigen el consentimiento de la persona de manera libre e informada.

Por otra parte debemos tener en cuenta la regulación en materia penal que se ha venido desarrollando en nuestra legislación, de acuerdo a la Ley 599 de 2000

El desarrollo legislativo que consagra el actual Código Penal Colombiano - Ley 599/2000, parte cuando menos de cuatro grandes referentes jurídicas que directa o indirectamente enmarcan la filosofía de las conductas punibles relacionadas con la manipulación genética:

a. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Generaciones Futuras (Laguna España, 1994) y la Declaración Universal sobre el Genoma y Derechos Humanos (Conferencia General de la UNESCO, Oviedo España, 1997). En esta última Declaración Universal la UNESCO define al genoma humano como “la base de la unidad fundamental de todos los miembros de la familia humana y del reconocimiento de su dignidad y diversidad intrínsecas” . Es decir en sentido simbólico, el Genoma Humano es el patrimonio de la humanidad.

b. Los modelos de derecho comparado, representados en las recomendaciones y resoluciones del Consejo de Europa y la Unesco; la ley de fertilización humana del Reino Unido de 1990; la ley de protección de embriones de Alemania de 1990; el Código Penal Español de 1995; el Código Penal del Brasil, entre otros.

c. La prolífica y reiterada Jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional, con especial mención a las Sentencias C-133/1994; C-013/1997, C-239/1997; C-647/2001 y C-198/2002, entre otros, postulando que el proceso de la vida humana se inicia

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