Marco legal. DERECHO es el orden normativo
Enviado por mariiihely • 4 de Abril de 2016 • Tarea • 2.338 Palabras (10 Páginas) • 328 Visitas
DERECHO es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica,3 cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, es un sistema de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. Esta definición da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento. Es por ello que juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la actualidad, consenso sobre su validez
DERECHO MERCANTIL
El derecho mercantil se define entonces como la parte del derecho privado que comprende el conjunto de normas jurídicas relativas a los empresarios y a los actos que surgen en el ejercicio de su actividad económica.
DERECHO Laboral
Rama diferenciada y autónoma de la ciencia jurídica que surgió para disciplinar las relaciones de la prestación subordinada y retribuida del trabajo, ha recibido diversos nombres desde mediados del siglo XX hasta la época contemporánea, en que se consolida como núcleo de doctrina y sistema de norma positiva.
Conjunto de normas y principios teóricos que regulan las relaciones jurídicas entre empleadores y trabajadores y de ambos con el estado, originado por una prestación voluntaria, subordinada, retribuida de la actividad humana, para la producción de bienes y servicios. "No se presume la gratitud del trabajo".
Terminología.
La terminología más adecuada es el derecho laboral o derecho del trabajo, ya que antes tenía varias denominaciones como: derecho social, legislación social, derecho industrial, legislación industrial y legislación laboral.
COMERCIANTE es, en términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio. En derecho mercantil el término «comerciante» hace alusión a su materia de estudio subjetiva, es decir a las personas que son objeto de regulación específica por esta rama del Derecho. En este sentido, son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles («actos de comercio»). La habitualidad constituye un elemento esencial de la definición: no toda persona que realice un acto de comercio ocasional (por ejemplo, quien compra en una tienda) se constituye en comerciante, sino que sólo es considerado comerciante desde la perspectiva del Derecho Mercantil quien se dedique al comercio de forma habitual.
Se denomina COMERCIO a la actividad socioeconómica consistente en el intercambio de algunos materiales que sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, sea para su uso, para su venta o su transformación. Es el cambio o transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor. Por actividades comerciales o industriales entendemos tanto intercambio de bienes o de servicios que se efectúan a través de un comerciante o un mercader.
El comerciante es la persona física o jurídica que se dedica al comercio en forma habitual, como las sociedades mercantiles. También se utiliza la palabra comercio para referirse a un establecimiento comercial o tienda.
OBLIGACIONES LEGALES DE LOS COMERCIANTES
Los comerciantes deben cumplir con obligaciones directamente relacionadas con su actividad comercial, esas obligaciones pueden ser legales o convencionales, El comerciante debe cumplir: Con la consignación en el registro de comercio de ciertos documentos señalados por la ley, la obligación de llevar la contabilidad mercantil así como también con la firma de comercio. Registro de Comercio: El registro de comercio es una obligación de carácter público creado con el fin de suministrar información de interés de la colectividad y también el interés del comerciante, i sobre la situación jurídica de estos teniendo los documentos que allí se registran a efectos contra terceras personas, el registro se hará en un libro de papel de hilo, empastado y foliado, que no podrá ponerse en uso sin una nota fechada, y firmada en el primer folio, suscrita por el Juez o registrador mercantil, esta nota contendrá el numero de folios que tiene el libro, y los asientos se realizaran según la fecha en que ocurran. Por otra parte se llevará en otro libro empastado un índice alfabético de los documentos contenidos en el registro Documentos que deben consignarse en el registro de comercio:- La autorización del curador y la aprobación del juez, en su caso habilitando a un menor para comerciar.- El acuerdo del marido en lo que respecta a la responsabilidad de los bienes de la sociedad conyugal.- La revocación de la autorización dada al menor para comerciar.- Los inventarios de bienes, testamentos, participaciones o documentos públicos que imponga el cónyuge.- La demanda de separación de bienes y las liquidaciones para determinar lo que el cónyuge comerciante debe entregar al otro cónyuge.- Debe registrarse igualmente los documentos justificativos de los haberes del hijo que esta bajo la patria potestad.- La autorización que al padre o al tutor para continuar los negocios del menor.- Las firmas de comercio bien sean personales o sociales.- Un extracto en virtud del cual se constituye.- El documento de venta de un fondo de comercio o de sus existencias en su totalidad.- Los poderes que los comerciantes otorgan a sus factores o gerentes o a los independientes para administrar sus negocios.- La autorización que el juez de comercio otorga los corredores o venduteros para que ejerzan su profesión con carácter público.- Los documentos de constitución de hogar por el comerciante o por el que se va dedicar al comercio
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