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Matrimonio Gays


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  685 Palabras (3 Páginas)  •  259 Visitas

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Matrimonio Gays

Hablar de modificar cualquier Código en materia de derecho en República Dominicana, es sinónimo de escándalo.

Ya lo vimos con los Códigos, Penal y Procesal Penal, ahora el circo gira en torno a la modificación del Código del Civil.

Y es que la comunidad gay exige que se le reconozcan derechos en esa normativa.

Cortes. (gays pidiendo que se permita el matrimonio entre el mismo sexo)

Tal solicitud genero posiciones encontradas entre diversos sectores de la sociedad.

Corte (Cardenal, Sergia Galvan, Zacarías Payano, Demóstenes Martínez)

También la Confederación Dominicana de Unidad Evangélica rechazó la posibilidad de que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio.

Corte. (Fidel Lorenzo, Martha Rodríguez, Gays)

Personas consultadas en las calles manifestaron su parecer con respecto al matrimonio homosexual.

Corte (gente en la calle)

Un aspecto a considerar es sobre la constitucionalidad o no de contemplar en el Código Civil el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Corte. (Demostenes Martinez, Zacarias Payano, Martha Rodríguez, Fidel Lorenzo.

En los países de la región donde se permite el matrimonio homosexual son, Argentina, Brasil, Uruguay y la capital de México.

La Sociedad Dominicana de Asistencia Jurídica Inc. (SODAJU), por este medio tiene a bien denunciar que el rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Dr. Iván Grullón Fernández, destituyó al Dr. Mario Ant. Hernández G. como Responsable de Acceso a la Información Pública de esa alta casa de estudio.

El rector ha viola con esta decisión el artículo 8 de la resolución 2/2012 dictada por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental que copiado textualmente dice: ´´ Que los Responsable de Acceso a la Información Pública (RAI) que hayan sido nombrados ante de esta resolución y que no hayan sido incorporados a la Carrera Administrativa deberán ser incorporados a la misma.

De igual forma deberá serlo su personal técnico. Párrafo: A partir de la presente resolución las instituciones deberán garantizar la permanencia en el puesto de los responsables de acceso a la información que tomaron las capacitaciones relativas a la ley 200-04 durante el periodo 2006-2012.´´

El Dr. Mario Hernández como Responsable de Acceso a la Información organizó la Oficina de Libre Acceso a la Información de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), tomando en cuenta los requisitos exigidos por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, de tal manera que los ciudadanos pueden acceso al portal de transparencia, tomando conocimiento no solo de la nómina y de la ejecución presupuestaria de la

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