Medios Alternativos De Resolucion De Conflictos
Enviado por cenaidamarina • 24 de Marzo de 2013 • 1.046 Palabras (5 Páginas) • 391 Visitas
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Libro Tercero
Derecho Penal Internacional Capítulo I
De las Leyes Penales
Introducción
He venido estudiando sobre el Derecho internacional penal, es el primer tribunal de justicia internacional permanente, creado en 1998 y con sede en La Haya. El cual define los crímenes internacionales como los catalogados de: genocidio, crimen de guerra, contra la humanidad y de agresión; así mismo el Derecho Internacional regula el funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en responsabilidad penal internacional, imponiendo las sanciones que correspondan. La responsabilidad individual es independiente de la responsabilidad internacional del estado. La Corte Penal Internacional representa sin lugar a dudas un gran avance en la protección de la humanidad.
A continuación analizo los artículos descritos desde el No. 296 hasta el 304.
Artículo Nº 296. Las Leyes Penales obligan a todos los que residen en el territorio, sin más excepciones que las establecidas en este Capítulo.
El Derecho Penal Internacional a través de las leyes penales impone los ciudadanos y ciudadanas, (sin discriminación de raza, sexo, color, religión) jurídicas y naturales, por igual condición que habiten en una superficie geográfica o territorio jurídico determinado, a cumplir con la ley sin más excepciones, y el que la desobedece estará obligado a responder por ello. Son de obligatorio cumplimiento para los que residen en el territorio.
Artículo Nº 297. Están exentos de las leyes penales de cada Estado contratante los Jefes de los otros Estados, que se encuentren en su territorio.
Este artículo hace referencia que no aplica las leyes penales a los ciudadanos o ciudadanas que gocen de inmunidad como los jefes de Estado, mientras ejerzan funciones de Estado, que se encuentren en territorio geográfico y jurídico. Solo se cumple para derecho Internacional; es decir que sí las incumplen, serán sometidos a los procedimientos especiales del Estado donde tiene su ciudadanía.
Artículo Nº 298. Gozan de igual exención los Representantes diplomáticos de los Estados contratantes de cada uno de los demás, así como sus empleados extranjeros, y las personas de la familia de los primeros, que vivan en su compañía.
A continuación al artículo anterior no aplica las leyes penales y están exentos los parlamentarios, Presidentes, ciudadanos y ciudadanas extranjeros, sus familiares, que dependan de ellos y gocen de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato. Ejemplo las embajadas de Estados Unidos en Venezuela. Igualmente serán obligados a las leyes donde tiene su nacionalidad.
Articulo Nº 299. Tampoco son aplicables las leyes penales de un Estado a los delitos cometidos en el perímetro de las operaciones militares, cuando autorice el paso por su territorio de un ejército de otro Estado contratante, salvo que no tengan relación legal con dicho ejército.
Se analiza este artículo en cuanto a que las organizaciones militares, se rigen por las leyes penales militares internacionales y el término perímetro, define un área geográfica de importancia como una instalación física o trabajo a la defensiva,
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