Metodología y técnicas de la investigación jurídica
Enviado por hazlady.m. • 18 de Enero de 2022 • Informe • 1.519 Palabras (7 Páginas) • 530 Visitas
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Metodología y técnicas de la investigación jurídica
Hazlady Jiménez
Facultad de Unidad de Educación a Distancia, Universidad Nacional de Loja
Ciclo1: Derecho
Dr. Jorge Jaramillo Villamagua
12 de diciembre del 2021
Metodología y técnicas de la investigación jurídica
El método es el plan a seguir para cumplir una meta o propósito, o la suma de procedimientos lógicos para la investigación de las causas y fines del Derecho, para el conocimiento e interpretación de textos positivos y técnicos para la enseñanza. Dentro de los métodos jurídicos encontramos dos corrientes:
Universalidad de los métodos: Descartes y Leibniz (métodos matemáticos) Post y Picard (métodos físicos) para ellos no hay métodos jurídicos.
Pureza de los métodos: Afirma la existencia de los métodos propios del Derecho, donde se encuentra Maggiore y la escuela de Viena - 1926 “El derecho tiene su contenido, campo de acción, procedimiento lógico propio”
El elemento esencial dentro de los métodos jurídicos es el juicio siendo este el soporte teórico-cognoscitivo del método jurídico y la actividad ya sea de un juez, investigador o legislador.
El Derecho como ciencia tiene métodos científicos y su objetivo es conocer las normas y derecho vigente, teniendo en cuenta sus alcances, por otro lado, como arte tiene procedimientos técnicos, como la aplicación y creación de normas o el Derecho como tal. Llegando hablar del funcionario jurídico que se maneja de forma científica, aclarando el contenido del Derecho en cualquier época. Haciendo dos funciones, tanto dogmática y sistemática. Luego tenemos la forma técnica, que verifica si el Derecho tienes nuestras necesidades actuales, es decir, una apreciación crítica. Por lo que el jurista muchas veces no solo debe estudiar las normas, si no crearlas llegando a la investigación.
A continuación, conoceremos los métodos jurídicos:
Métodos de la interpretación de la ley
Es la base de los estudios jurídicos, para explicar y explorar el mundo de las leyes y no quedarse cómodo en conocer simplemente de memoria las leyes y normas y poder captar el verdadero sentido de estas. Por lo que la ley es la verdadera intención que tuvo el legislador al expedirla o el origen de esta, que dentro del artículo 1 del Código Civil lo escribe como; La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Existen tres clases de interpretación:
- Interpretación auténtica o con autoridad: Esta interpretación se llama auténtica porque procede de su autor, conocedor de su espíritu y de lo que se propone. Donde el legislador aplica los mismos procedimientos que empleó para la elaboración y expedición de la ley interpretada.
- Interpretación jurisprudencial: Esto realizan los encargados de aplicar la ley, que son los jueces y tribunales de justicia, aunque a los jueces solo les corresponde interpretar la ley mas no crearla. Su función consiste en conocer la norma en todo su alcance y contenido para aplicarla algún caso.
- Interpretación doctrinal o privada: Es la realizada por los juristas que comentan las leyes y critica la interpretación jurisprudencial cuandoquiera que la considera errada. El derecho tiene su mayor avance, porque el examen crítico y racional conduce a la modificación de las teorías y consideradas como verdaderas.
Y existen distintas escuelas de interpretación
Escuela exegética
Surge en Francia y su metodología es la fe en el hombre como portador de la razón, y la fe en el poder del legislador en cuanto le es dado transformar la razón en ley escrita y la verdadera causa determinante del Código. La función del legislador y la creación de los Códigos era perfecta y suficiente para atender las necesidades sociales y resolver los problemas jurídicos. Tiene algunas características como:
- El derecho positivo lo es todo y todo el derecho positivo está constituido por la ley.
- Interpretación dirigida a buscar la intención del legislador.
- Se niega valor a la costumbre, las insuficiencias de la ley se salvan a través de la ley misma, mediante la analogía.
- Se tienen muy en cuenta los argumentos de autoridad.
- Se desconoce el derecho natural.
Libre investigación científica
Propone acudir a otras fuentes auxiliares del Derecho como la: Costumbre, la Jurisprudencia, la Doctrina, entre otras, sustrae de toda autoridad positiva. Se denomina científica porque se acude a las ciencias para respaldar de manera objetiva un argumento.
Interpretación teleológica o finalista
Trata de desentrañar cuál es la finalidad perseguida por la norma, en suma, cuál es el fin que pretende cada una de las disposiciones de la ley. Las leyes deben tener en cuenta los valores y principios que han inspirado su aprobación.
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