Mi Código De Ética Desarrollo Comunitario
Enviado por elirivto • 19 de Agosto de 2012 • 684 Palabras (3 Páginas) • 824 Visitas
l. PRINCIPIOS
BÁSICOS
Art. 1 El presente Código de Ética comparte los
lineamientos que definen el quehacer profesional de los profesionales que
promueven el desarrollo comunitario.
Art. 2 El profesional en Desarrollo Comunitario debe
contemplar como eje rector el cuidado elemental a los derechos humanos sin los
cuales cualquier proceso de promoción humana no alcanza plenitud.
Art. 3 El Profesional en Desarrollo Comunitario debe
promover el cuidado y respeto del medio ambiente, como elemento prioritario que
complementa la promoción humana.
Art. 4 El Profesional en Desarrollo Comunitario entiende a
los actores de la comunidad como su objeto de desarrollo profesional.
II. FRENTE A
SI MISMO
Art. 5 El Profesional en Desarrollo Comunitario debe ser
coherente y vivir para sí mismo los valores que busca para las personas con
quienes busca intervenir.
Art. 6 El Profesional en Desarrollo Comunitario como
persona que vive en una comunidad exige un trato justo apegado a los derechos
civiles y sociales para sí mismo y para su comunidad.
Art. 7 El Profesional en Desarrollo Comunitario tiene
derecho a disfrutar en base a las distintas etapas de su vida de un rol social
comunitario, sin imposiciones y a partir de su propia elección siempre y cuando
no afecte el derecho de las otras personas de su propio contexto comunitario.
Art. 8 El Profesional en Desarrollo Comunitario debe contar
con los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro ciudadano que habite
en nuestro país.
III. FRENTE A
SUS PARES
Art. 9 El Profesional en Desarrollo Comunitario se
articulará con sus pares en el marco del presente código de ética profesional.
Art. 10 El Profesional en Desarrollo Comunitario se
articulará con otros pares en base a proyectos definidos con objetivos claros y
estrategias definidas.
Art. 11 El Profesional en Desarrollo Comunitario evitara
generar situaciones que pongan en riesgo la integridad física y mental de otro
compañero de profesión
Art. 12 El Profesional en Desarrollo Comunitario divulgará
los resultados de sus investigaciones y experiencias replicables, a fin de
generar conocimiento a favor de sus pares.
IV. FRENTE A
OTRAS DISCIPLINAS
Art. 13 El Profesional en Desarrollo Comunitario debe
tratar con respeto las posturas y avances de otras disciplinas basado en la
teoría de la complejidad como rectora de articulación interdisciplinaria.
...