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Modelo Liberal


Enviado por   •  18 de Abril de 2014  •  6.805 Palabras (28 Páginas)  •  445 Visitas

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Introducción

En este capítulo se habla de los nuevas corrientes que tratan de explicar la criminología, además del iluminismo y el positivismo se hablara del funcionalismo, interaccionismo simbólico y del marxismo.

En lo que vuelve a hablar del iluminismo habla de la relación de la criminología con la pena y el delito.

También se abarca de las concepciones que toman en cuenta el funcionalismo, de las bases fundamentales del pensamiento iluminista, se vuelve a tratar la teoría del hombre , la teoría de la estructura social.

En el funcionalismo está estrechamente relacionada con el positivismo, el funcionalismo implicara la observación empírica, también habla del control como foma de criminalización haciendo un análisis político-criminal.

El marxismo apuesta a las teorías y concepciones puestas por el estudioso Carl Marx rechazando las clases sociales y las observaciones empíricas.

1. EL ILUMINISMO Y EL PENSAMIENTO CLASICO SOBRE LA PENA Y EL DELITO

Ciertamente los iluministas no pueden ser reconducidos a una misma línea de pensamiento y, recalca Radzinowicz:

«Todos estaban afectados por el crecimiento del análisis científico. Todos se volvían hacia la razón y el sentido común como armas contra el orden antiguo. Todos protestaron contra las difundidas superstición y crueldad. Su visión de los derechos del hombre y los deberes de la sociedad estaba en conflicto directo con lo que veían alrededor de ellos. Su punto de partida era la apelación a la «ley natural), los derechos naturales) y la (igualdad natural)interpretados por la voz de la razón.»

Una de las bases fundamentales del pensamiento iluminista es partir del reconocimiento de un estado natural este método teórico-conceptual permite entonces, dentro del marco de este estado originario o primario, atribuir determinadas cualidades a las relaciones entre los hombres y, al mismo tiempo, fijar los términos del paso a un Estado organizado, es decir, a un estado secundario o derivado. En el estado natural los hombres gozan de libertad e igualdad natural, que se pierde por el contrato social, pero ello les hace ganar su libertad civil y la propiedad de todo lo que posee.

El principio de organización del estado derivado justamente en razón de esa libertad originaria- es el contrato (social). Por eso, entonces, es delincuente quien se coloca en contra del contrato social, es un traidor en tanto que rompe el compromiso de organización, producto de la libertad originaria o natural.

En virtud de este tipo de planteamientos también se puede hablar de leyes naturales y positivas. El hombre en cuanto tal, por su propia naturaleza, tiene leyes, como es la que le lleva a buscar su origen, la que imprime la idea de un creador, que sería la más importante, pero no la primera en el hombre, que es la de conservar su propio ser

Las leyes positivas surgen por la organización, por el hecho de vivir en sociedad. Sobre estas bases de lo que es natural y lo que es organizado, puede surgir entre lo natural y el poder estatal en relación con las penas; así se expresa Montesquieu:

«Sigamos el ejemplo de la naturaleza, que ha dado a los hombres la vergüenza como azote, y sea la mayor parte de la pena la infamia de tenerla que sufrir. Un legislador que quiere corregir un mal no suele pensar más que en dicha corrección; sus ojos se abren sólo con este fin y no ven los inconvenientes. Una vez que se ha corregido el mal, ya no se ve más que la dureza del legislador, pero en el Estado queda unvicio producido por tal rigor: los ánimos se corrompen, acostumbrándose al despotismo. Hay dos clases de corrupción: una se produce cuando el pueblo no observa las leyes; la otra, cuando las leyes le corrompen: mal incurable, ya que está en el propio remedio»

Beccaria expresa en su la problemática del delito y la pena. Partiendo de la idea del contrato social, saca como consecuencia necesaria el principio de la legalidad de las penas, es decir, su surgimiento sólo es explicable en virtud de la organización social producida por el contrato

El legislador debe tender a evitar los delitos más que a castigarlos. En otras palabras, se pone el acento en la tarea de prevención más que en la de represión, para lo cual es necesario que las leyes no sean discriminatorias y que refuercen el aspecto educativo, ya que el «más seguro, pero más difícil medio de evitar los delitos es perfeccionar la educación»

Es decir, plantea como origen del delito el hecho de que el Estado, la estructura social, favorezca a un determinado grupo de hombres, a una clase, y no a los hombres en cuanto tales y que, por otra parte, no se preocupe de eliminar la ignorancia entre ellos. Por ello, entonces, la tarea tiene que ser primordialmente preventiva y no represiva, lo que significa sencillamente que el Estado corrija sus propios fallos estructurales.

Se recalca como principio fundamental de la pena el de su necesidad; éste será el criterio fundamental para su aplicación y medida, lo cual quiere decirque toda pena que vaya más allá de la «necesidad de conservar» el vínculo entre los hombres, será una pena «injusta por naturaleza»

El recurso metodológico del estado natural» o de la «utopía», aunque sea puramente conceptual o teórico, permite contrastar aquéllos con el estado de cosas existente y al mismo tiempo verificar las diferencias y criticar las características actuales de la sociedad, lo que implica una transformación total de ésta. Se analiza con mucha claridad la relación entre el Estado -organización política y social comprensiva del sistema jurídico legal y de la justicia-, la producción de delitos y el carácter de la pena. Se hace así un análisis globalizante y al mismo tiempo (interaccionista). La criminología aparece inseparable de lo político, pero más aún se borran las diferencias entre derecho penal, criminología y política criminal, y se ve todo ello como un solo problema: el fenómeno criminal o el poder del Estado de sancionar. El delincuente nace con el contrato social, con la sociedad organizada.

Esa sociedad organizada se ha convertido en un Estado absoluto mediante la total centralización del poder a fin de lograr una acumulación o concentración acelerada de la riqueza, lo que conlleva una violencia despiadada en todos los ámbitos.

Este estado de cosas es el que ha destruido la libertad e igualdad natural de los hombres, que el contrato social limitó pero no suprimió.

Delincuente, delito y pena son productos de la sociedad organizada; la legitimidad del poder punitivo de ésta se halla a su vez en su acta de constitución, el contrato social,pero tal poder es limitado por la libertad e igualdad de los hombres, pero sobre todo por su fin, la felicidad de éstos.

Las

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