Naturaleza jurídica del juicio Contencioso-Administrativo
Enviado por Omar Villalobos Ortiz • 17 de Enero de 2019 • Tarea • 4.222 Palabras (17 Páginas) • 362 Visitas
Contenido
Introducción. 1
Nociones conceptuales. 1
Naturaleza jurídica del juicio Contencioso-Administrativo. 5
Evolución del juicio contencioso-administrativo en la legislación mexicana. 6
Clasificación del juicio Contencioso- Administrativo 8
Etapas procesales del juicio Contencioso-Administrativo. 9
Conclusión. 12
Bibliografía. 13
Introducción.
El siguiente ensayo tiene como propósito dar a conocer qué es lo que se entiende por juicio contencioso administrativo, para ello, tomaremos en cuenta los conceptos de algunos célebres administrativistas mexicanos, que nos darán luz respecto al tema, de igual forma, conocer la naturaleza jurídica del mismo. Nos interesa saber cómo ha ido evolucionando en la legislación mexicana este juicio, a través de los Códigos, leyes y otras disposiciones normativas que han regulado este juicio, así como la evolución constitucional y las controversias que se han suscitado al respecto.
Una vez entendidos los conceptos, la naturaleza jurídica y la evolución del juicio contencioso administrativo, considero importante tratar lo relativo al proceso administrativo, aunque sea de manera somera, es interesante conocer las partes que intervienen en el juicio, las etapas procesales y algunas otras consideraciones relevantes.
Sin duda este es un tema que reviste un central interés, pues la justicia administrativa siempre será importante para hacer contrapeso a la función pública del Estado, y que éste no actúe de manera despótica frente a los administrados o los gobernados. Un poder sin control judicial, un poder ilimitado, tiende a ser un poder tiránico, y en favor de un pleno Estado de Derecho, es primordial mantener sometidos a los funcionarios que ejercen los actos administrativos, al imperio de la ley. Así, al final del ensayo, se estará en condiciones de valorar al juicio contencioso administrativo como una parte esencial del sistema jurisdiccional mexicano.
Nociones conceptuales.
El juicio contencioso administrativo es aquel que tiene la pretensión de resolver una controversia suscitada entre un particular y una autoridad administrativa en ejercicio de su función. Como en todo juicio, se establece una litis o controversia cuando una persona se presume dañada en su interés privado, en este caso, cuando la afectación es provocada por una autoridad administrativa, se recurre a la jurisdicción administrativa, que, en el caso mexicano, es independiente al Poder Judicial, pero que, sin embargo, no está fuera de su competencia, pues es precisamente este poder quien conoce de controversias administrativas a través del juicio de amparo.
Para entender mejor el concepto del juicio contencioso administrativo, será conveniente señalar qué dicen al respecto los grandes tratadistas de Derecho administrativo mexicano.
Primero, diremos junto a Héctor Fix-Zamudio, en el diccionario jurídico, que el juicio contencioso administrativo es “el procedimiento que se sigue ante un Tribunal u Organismo jurisdiccional, situado dentro del Poder Ejecutivo o del Judicial, con el objeto de resolver de manera imparcial las controversias entre los particulares y la administración pública”. (Fix-Zamudio, 1985, p.285) Respecto al primer tema que Fix-Zamudio alude en esta definición, existió un debate acerca de la inconstitucionalidad del Tribunal Contencioso Administrativo, pues, al estar en la esfera del poder Ejecutivo, se argumentaba que se estaba violando la norma relativa a la separación de poderes, dado que se sostiene que un tribunal jurisdiccional debe estar incorporado al poder Judicial, no al Ejecutivo, no obstante, este debate fue superado y en México se considera constitucional la existencia de estos tribunales.
El debate al cual se hace referencia, proviene precisamente de las tradiciones administrativas, por un lado, la tradición francesa, que defiende el sistema contencioso administrativo y la inclusión de la justicia administrativa en el poder Ejecutivo, “cuyo origen se identifica con el ‘Conseil d’Etat’ y ‘L’Arrét Blanco’” (Bejar, 2013, p.614) y, por otro lado, el sistema judicialista, o judicial rewiev, correspondiente a la tradición anglosajona. En el caso mexicano, como se explicará adelante, se utiliza un sistema de justicia administrativa mixto.
Continúa diciendo el jurista Héctor Fix-Zamudio: “También se conoce esta institución en el derecho mexicano con los nombres de justicia administrativa o proceso administrativo” (Fix-Zamudio, 1985, p.285).
Respecto a este asunto, Alfonso Nava Negrete, señala:
Siendo jurídicos el control del recurso administrativo y el control del contencioso administrativo, el primero es de orden administrativo y el segundo de orden jurisdiccional; es a este último a quien la doctrina calificó desde un principio como recurso contencioso administrativo y al cual tradicionalmente se impuso el sinónimo de justicia administrativa, proceso administrativo, jurisdicción contenciosa-administrativa o litigio de derecho administrativo (Nava, 1959, p.109)
Aquí se señala la característica del sistema jurisdiccional administrativo en México, que corresponde a un sistema mixto, pues la justicia administrativa puede ser impartida tanto por tribunales jurisdiccionales como por tribunales judiciales, siendo los primeros aquellos que conocen del juicio contencioso administrativo, y que actúan como tribunales de primera instancia, en tanto que los segundos, conocen de controversias administrativas de manera excepcional en vía de amparo. Concordando con lo dicho por Fix-Zamudio, el doctor Nava Negrete, nos menciona que existe más de un apelativo doctrinalmente para el juicio contencioso administrativo, pero además señala el aspecto mixto del sistema mexicano.
Por otro lado, Andrés Serra Rojas, conceptúa el citado juicio de la siguiente forma:
Es el juicio o recurso que se sigue en unos sistemas ante los tribunales judiciales y en otros ante tribunales administrativos autónomos, sobre pretensiones fundadas en preceptos de derecho administrativo que se litigan entre particulares y la administración pública, por los actos ilegales de ésta que lesionan sus derechos. Estos órganos cumplen una misión de control sobre la actividad administrativa (Serra Rojas,1968, 533).
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