No son autoridades para efectos del juicio de Аmparo
Enviado por emma4181 • 14 de Mayo de 2013 • Informe • 216 Palabras (1 Páginas) • 425 Visitas
NO SON AUTORIDADES PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.
Fuente : Semanario Judicial de la Federación
Época : 8A
Tomo : XII diciembre 1993.
Página : 841
COMISARIADO EJIDAL Y CONSEJO DE VIGILANCIA. NO SON AUTORIDADES PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO El hecho de que el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia, tengan facultades para desposeer a los ejidatarios de sus parcelas, no por esta circunstancia debe atribuírseles el carácter de autoridades responsables y por ende sus actos sean susceptibles de combatir a través del juicio de amparo, toda vez que la investidura otorgada a tales órganos por la anterior y actual legislación agraria, debe entenderse en el sentido definido por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, "de órgano de dirección y vigilancia del ejido", pues aun y cuando éste sea una persona moral creada por voluntad estatal y que las decisiones de sus autoridades internas presenten las características de unilateralidad, imperatividad y coercitividad, no participa de la naturaleza jurídica del Estado, de consiguiente, sus actos no son de autoridad para los efectos del amparo. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CI RCUITO. Incidente en revisión 200/92. Guadalupe Treviño Garza. 3 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Jesús María Flores Cárdenas.
...