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Normas De Información Financiera


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2012  •  1.388 Palabras (6 Páginas)  •  361 Visitas

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NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF)

Se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos, conceptuales y particulares, emitidos por el CINIF (Consejo Mexicano para la Investigación y el Desarrollo de Normas de Información Financiera) o transferidos al CINIF, que regulan la información contenida en los Estados Financieros y sus notas en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de manera amplia y generalizada por todos los usuarios de la información financiera.

NIF C-1 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO

El efectivo es la moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios disponibles para la operación de la entidad; tales como las disponibilidades en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales y remesas en tránsito.

Equivalentes de efectivo son valores, de corto plazo, de gran liquidez, fácilmente convertibles en efectivo y que están sujetos a riesgos poco importantes de cambios en su valor, tales como: monedas extranjeras, metales preciosos amonedados e inversiones disponibles a la vista.

Dentro de este concepto podemos suponer que se encuentra todo aquel dinero con el cual la empresa efectúa los movimientos más comunes y que no requieren de algún movimiento bancario. Así como también, aquellos movimientos como son la compra y venta de algún bien o mercancía el cual sea pagado o cobrado en efectivo, lo cual el dinero entrara directamente en la caja.

NORMAS DE VALUACION

El efectivo se valuara a su valor nominal, el representado por metales preciosos amonedados, y moneda extranjera, se valuará a la fecha de cotización de los estados financieros.

Los rendimientos sobre depósitos que generen intereses, se reconocerán en el estado de resultados conforme se devenguen.

Los efectos resultantes de la valuación a la cotización aplicable a la fecha de los estados financieros del efectivo representados por metales preciosos amonedados y moneda extranjera, se reconocerán en el estado de resultados.

Para efectos del cálculo de resultados por posición monetaria, el efectivo se considera una partida monetaria

NORMAS DE PRESENTACIÓN

El renglón de efectivo debe mostrarse en el balance general como la primera partida del activo circulante, excepto cuando existen restricciones formales en cuanto a su disponibilidad o fin al que este destinado, en cuyo caso se mostrará por separado en el activo circulante o no circulante, según proceda. Si su disponibilidad es un plazo mayor a un año, o su destino esta relacionado con la adquisición de activos no circulantes o con la amortización de pasivos a largo plazo, se presentara fuera del activo circulante.

Los cheques librados con anterioridad a la fecha de los estados financieros, que estén pendientes a la fecha de los beneficiarios, deben entregarse formando parte del reglón de efectivo.

Cuando no se tengan convenios de compensación, los sobregiros reportados por las instituciones que integran el sistema financiero, deben mostrarse como un pasivo a corto plazo, aun cuando se mantengan otras cuentas de cheques en la misma institución.

NORMAS DE REVELACION

En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de:

a) La integración del efectivo y equivalentes del efectivo indicando, en su caso, la política de valuación y la moneda o medida de intercambio de su denominación;

b) En caso de existir efectivo y sus equivalentes restringidos debe revelarse su importe y las razones de su restricción y su fecha probable de expiración;

c) Los importes de efectivo y equivalentes que estén destinados a un fin especifico por parte de la administración; y

d) El efecto de los hechos posteriores que por su importancia, hayan modificado sustancialmente la valuación del efectivo en moneda extranjera, en metales preciosos amonedados y en inversiones disponibles a la vista, entre la fecha de los estados financieros y la fecha en que estos son autorizados para su emisión.

NIF C-3 CUENTAS POR COBRAR

Representan derechos exigibles originados por ventas, servicios prestados, otorgamiento de préstamos u otro concepto análogo.

VALUACION

Deben reconocerse al valor pactado originalmente, sin embargo este deberá modificarse para reflejar lo que en forma razonable se espera obtener en efectivo, especie, en crédito o servicios.

La cuentas incobrables o de difícil cobro se deben valuar efectuándose un estudio para determinar aquellas que serán deducidas o canceladas y estar en posibilidad de establecer, incrementar o disminuir las reservas necesarias, mostrando así, el valor de recuperación estimado de los derechos exigibles.

En cuanto a las cuentas por cobrar en moneda extranjera se valúan al tipo de cambio bancario en vigor a la fecha de los estados financieros

REGLAS DE PRESENTACION

Se presentan y clasifican atendiendo a su disponibilidad en:

Y atendiendo a su origen:

A cargo de clientes

A cargo de deudores

Cuentas por cobrar a las

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