Normas N° 23 Costes por intereses y N° 24 Información a revelar sobre partes vinculadas
Enviado por martinr1994 • 27 de Noviembre de 2013 • 3.143 Palabras (13 Páginas) • 340 Visitas
Nombre: Martín Giovany Rodríguez
N° de cuenta: 20123000208
Normas N° 23 Costes por intereses y N° 24 Información a revelar sobre partes vinculadas.
Índice
Objetivo general Página 2 – Párrafo 1
Objetivos específicos Página 2 – Párrafo 3
Introducción Página 2 – Párrafo 4
Tema I: Costes por intereses
Costes por intereses Página 3 – Párrafo 1
Alcance Página 3 – Párrafo 2
Definiciones Página 3 – Párrafo 3
Costes por Intereses - Tratamiento preferente
Reconocimiento Página 4 – Párrafo 1
Información a revelar Página 4 – Párrafo 2
Costes por Intereses - Tratamiento alternativo permitido
Reconocimiento Página 4 – Párrafo 3
Costes por intereses susceptibles de capitalización Página 5 – Párrafo 1
Exceso del importe en libros del activo… Página 5 – Párrafo 2
Inicio de la capitalización Página 6
Suspensión de la capitalización Página 7 – Párrafo 1
Fin de la capitalización Página 7 – Párrafo 2
Información a revelar Página 7 – Párrafo 3
Disposición transitoria Página 8 – Párrafo 1
Fecha de vigencia Página 8 – Párrafo 2
Tema II: Información a revelar sobre partes vinculadas
Información a revelar sobre partes vinculadas Página 9 – Párrafo 1
Alcance Página 9 – Párrafo 2
Propósito de la información a revelar sobre… Página 9 – Párrafo 3
Definiciones Página 10
Información a revelar Página 11
Fecha de vigencia Página 12 – Párrafo 1
Conclusiones Página 12 – Párrafo 2
Objetivo general.
El objetivo de esta Norma N° 23 es prescribir el tratamiento contable de los costes por intereses. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato de los costes por intereses como gastos. No obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costes por intereses que sean directamente imputables a la adquisición, construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas condiciones.
El objetivo de esta Norma N° 24 es asegurar que los estados financieros de una entidad contengan la información necesaria para poner de manifiesto la posibilidad de que tanto la posición financiera como el resultado del ejercicio, puedan haberse visto afectados por la existencia de partes vinculadas, así como por transacciones realizadas y saldos pendientes con ellas.
Objetivos específicos.
• Entender los principios básicos de la NIC 23.
• Determinar cuándo debe iniciarse y finalizar la capitalización.
• Entender los propósitos básicos de la NIC 24.
Introducción.
El presente trabajo es un ejemplo práctico de la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad 23 Costos por Préstamos y 24 Información a revelar sobre partes vinculadas. En ellas se exponen el principio básico por el que se rige la contabilización de costos por préstamos, y los aspectos más relevantes de las mismas.
Se presenta este trabajo esperando llenar las expectativas del lector así como dar un ejemplo comprensible de la norma.
Norma Internacional de Contabilidad nº 23 (NIC 23)
Costes por Intereses.
La presente Norma, revisada en 1993, tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1995, sustituyendo a la NIC 23, Capitalización de Intereses, aprobada por el
Consejo del IASC en marzo de 1984.
Alcance.
1. Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización de los costes por intereses.
2. Esta Norma deroga a la anterior NIC 23, Capitalización de Intereses, aprobada en 1983.
3. Esta Norma no se ocupa del coste, efectivo o imputado, del patrimonio neto, entendiendo también como tal, el capital preferente no incluido como pasivo.
Definiciones.
4. Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:
• Son costes por intereses, los intereses y otros costes, en los que la empresa incurre y que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.
• Un activo cualificado, es aquel que requiere, necesariamente, de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta.
5. Ejemplos de activos cualificados son las existencias que necesitan un largo periodo de tiempo para estar en condiciones de ser vendidas, así como las fábricas de manufactura, las centrales eléctricas o los edificios.
Costes por Intereses - Tratamiento preferente.
Reconocimiento.
6. Los costes por intereses deben ser reconocidos como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos.
7. Según el tratamiento preferente, los costes por intereses se reconocen como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos, con independencia de los activos a los que fuesen aplicables.
Información a revelar.
8. En los estados financieros se debe revelar información sobre las políticas y métodos contables adoptados para los costes por intereses.
Costes por Intereses - Tratamiento alternativo permitido.
Reconocimiento.
9. Los costes por intereses deben ser reconocidos como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos, salvo si fueran capitalizados de acuerdo con el párrafo 11.
10. Los costes por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos cualificados deben ser capitalizados, formando parte del coste de dichos activos. El importe de los costes por intereses susceptible de capitalización debe ser determinado de acuerdo con esta Norma.
11. Según el tratamiento alternativo permitido, los costes por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo se incluyen como costes del mismo. Tales costes por intereses se capitalizarán formando parte del coste del activo, siempre que sea probable que generen beneficios económicos futuros a la empresa y puedan ser valorados con suficiente fiabilidad. Los demás costes por intereses se reconocen como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos.
Costes por intereses susceptibles de capitalización.
12. Son costes por intereses directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo cualificado, los costes que podrían haberse evitado si no se hubiera efectuado ningún desembolso en el activo correspondiente.
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