ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Notificaciónes


Enviado por   •  29 de Julio de 2014  •  337 Palabras (2 Páginas)  •  325 Visitas

Página 1 de 2

erecho unido a un fundo y que beneficia a los propietarios sucesivos de este fundo.

Existen 4 principios comunes a a las servidumbres, por ser estas de la misma naturaleza, estos son:

2. PRINCIPIOS GENERALES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS SERVIDUMBRES.

a) Toda servidumbre disminuye el derecho naturalmente absoluto del propietario de la cosa sirviente. De aquí dos consecuencias:

• Ninguno puede tener servidumbre sobre su propia cosa (“nemo ipse sibi servitutem debet”);

• La servidumbre no se presume, el que la reclama debe probarla (“...sed si te servitutem habuisse non probetur...”)

b) La servidumbre no puede consistir en una simple disminución de los derechos de un propietario, debe aprovechar a un tercero

c) La servidumbre no podrá conferir ninguna ventaja que no esté naturalmente comprendida en el derecho de propiedad.

d) una vez establecida, la servidumbre constituye una relación definida e invariable entre la cosa sirviente y el fundo o la persona a quien le pertenece.

Las servidumbres prediales son perpetuas, por ser indefinida l La notificación es un mdkdkdkdkkdkkdkkdkdkdkkdkdķkdkdyyynznnnnzzjzjzjzmzmzzzzz zzkzk zkzkzk zkkskskksksk lll.

Dkdkkkf

fkfflfnnnnnffjgjj

fkkfkfkkkfkkfkfkkkfk

hfhfhfhhfh

jfjfjjfjfjj fkfllflflflll flflflfllflfllfl lfllflflflfl fllflflflllflflfllf flflll flflflnxmxmxmxmmxmxmx

xkxkxkkxxkkxxkkxkxkxk. Dldld dlld. Dldld dldld dold

ddmmdm dd''d'd'ddd

LLlLL???

LLLL M??K KSKSKSKKSKSKSK

kdkdkdkkd erecho unido a un fundo y que beneficia a los propietarios sucesivos de este fundo.

Existen 4 principios comunes a a las servidumbres, por ser estas de la misma naturaleza, estos son:

2. PRINCIPIOS GENERALES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS SERVIDUMBRES.

a) Toda servidumbre disminuye el derecho naturalmente absoluto del propietario de la cosa sirviente. De aquí dos consecuencias:

• Ninguno puede tener servidumbre sobre su propia cosa (“nemo ipse sibi servitutem debet”);

• La servidumbre no se presume, el que la reclama debe probarla (“...sed si te servitutem habuisse non probetur...”)

b) La servidumbre no puede consistir en una simple disminución de los derechos de un propietario, debe aprovechar a un tercero

c) La servidumbre no podrá conferir ninguna ventaja que no esté naturalmente comprendida en el derecho de propiedad.

d) una vez establecida, la servidumbre constituye una relación definida e invariable entre la cosa sirviente y el fundo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com