Notificaciónes
Enviado por 6870596 • 29 de Julio de 2014 • 337 Palabras (2 Páginas) • 325 Visitas
erecho unido a un fundo y que beneficia a los propietarios sucesivos de este fundo.
Existen 4 principios comunes a a las servidumbres, por ser estas de la misma naturaleza, estos son:
2. PRINCIPIOS GENERALES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS SERVIDUMBRES.
a) Toda servidumbre disminuye el derecho naturalmente absoluto del propietario de la cosa sirviente. De aquí dos consecuencias:
• Ninguno puede tener servidumbre sobre su propia cosa (“nemo ipse sibi servitutem debet”);
• La servidumbre no se presume, el que la reclama debe probarla (“...sed si te servitutem habuisse non probetur...”)
b) La servidumbre no puede consistir en una simple disminución de los derechos de un propietario, debe aprovechar a un tercero
c) La servidumbre no podrá conferir ninguna ventaja que no esté naturalmente comprendida en el derecho de propiedad.
d) una vez establecida, la servidumbre constituye una relación definida e invariable entre la cosa sirviente y el fundo o la persona a quien le pertenece.
Las servidumbres prediales son perpetuas, por ser indefinida l La notificación es un mdkdkdkdkkdkkdkkdkdkdkkdkdķkdkdyyynznnnnzzjzjzjzmzmzzzzz zzkzk zkzkzk zkkskskksksk lll.
Dkdkkkf
fkfflfnnnnnffjgjj
fkkfkfkkkfkkfkfkkkfk
hfhfhfhhfh
jfjfjjfjfjj fkfllflflflll flflflfllflfllfl lfllflflflfl fllflflflllflflfllf flflll flflflnxmxmxmxmmxmxmx
xkxkxkkxxkkxxkkxkxkxk. Dldld dlld. Dldld dldld dold
ddmmdm dd''d'd'ddd
LLlLL???
LLLL M??K KSKSKSKKSKSKSK
kdkdkdkkd erecho unido a un fundo y que beneficia a los propietarios sucesivos de este fundo.
Existen 4 principios comunes a a las servidumbres, por ser estas de la misma naturaleza, estos son:
2. PRINCIPIOS GENERALES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS SERVIDUMBRES.
a) Toda servidumbre disminuye el derecho naturalmente absoluto del propietario de la cosa sirviente. De aquí dos consecuencias:
• Ninguno puede tener servidumbre sobre su propia cosa (“nemo ipse sibi servitutem debet”);
• La servidumbre no se presume, el que la reclama debe probarla (“...sed si te servitutem habuisse non probetur...”)
b) La servidumbre no puede consistir en una simple disminución de los derechos de un propietario, debe aprovechar a un tercero
c) La servidumbre no podrá conferir ninguna ventaja que no esté naturalmente comprendida en el derecho de propiedad.
d) una vez establecida, la servidumbre constituye una relación definida e invariable entre la cosa sirviente y el fundo
...