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Nueva Teoria De La Prueba


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  6.197 Palabras (25 Páginas)  •  3.432 Visitas

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NUEVA TEORIA DE LA PRUEBA – ANTONIO DELLEPIANE

REGIMEN PROBATORIO

DOCENTE

YIMMYROJAS SUAREZ

ESTUDIANTES

DIANA GONZALEZ WALTEROS COD. 23827991

ANDREA GUARNIZO ESCOBAR COD. 52388218

JENNIFER ORIANA GUERRA COD. 22807481

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

ESPECIALIZACION DERECHO DEL MEDIO AMBIENTE

JUNIO DE 2012

ANTONIO DELLEPIANE – NUEVA TEORIA DE LA PRUEBA

CAPITULO I

OBJETO Y PROPOSITOS DE LAOBRA

En la lectura del libro la Nueva Teoría de la prueba, de DELLEPIANE, busca dar a entender y conocer, a través de un curso intensivo sobre la filosofía de la prueba judicial, elaborar una concepto claro de la misma, así como la de aplicabilidad y eficacia cuando se utiliza correctamente, a través de métodos sencillos de análisis, usando la lógica, la razón, en la correcta interpretación de la ley positiva, con fundamento en sus bases racionales, para luego terminar con éxito, en la aplicación adecuada de la misma.

El derecho Procesal y La filosofía

El derecho de procedimiento se relaciona con la filosofía en muchas partes, esta relación se vuelve de verdadera dependencia en la prueba judicial.

La teoría de la prueba puede decirse que es lógica aplicada, que contiene algo de Psicología y hasta de Metafísica.

Es innegable la estrecha relación que existe entre el derecho y la filosofía, y los es aún más la misma estrecha relación de esta ciencia, con el derecho de procedimiento, hasta lograr que esa relación sea reciproca, esto es de dependencia de la una con la otra, específicamente en lo relacionado con la prueba judicial, la cual hace es un mero capitulo de la lógica aplicada, y esta lógica se desenvuelve en ciencia como la psicología y la metafísica, pensamiento este aprobado y analizado por Bonnier, quien también pugna por la existencia de la relación que existe entre las ciencias anotadas anteriormente.

Inconvenientes del estudio esencialmente exegético de la prueba.

El estudio de las normas procesales, lleva a cabo el examen aislado de cada uno de los medios de prueba, confesión, testimonio, peritaje, etc., determinándose las condiciones que para cada uno de ellos haga de por sí plena prueba, pero sin realizar, antes o después de esa investigación un estudio de conjunto sobre la prueba en general.

Así las cosas el estudio de las pruebas sin un estudio de la prueba en general, deja vacíos y confusiones que el instinto o la razón natural salvan. El estudio de las pruebas atendiendo a el orden impuesto en los códigos, no hace comprender lo que la experiencia profesional enseña. La prueba casi nunca es simple, en la mayoría de los casos es la combinación de pruebas simples, por lo que sise necesita adicional a un estudio de manera independiente cada prueba, un estudio con amplio espíritu crítico, científico y filosófico.

No obstante en el desarrollo del aprendizaje del derecho por la sociedad interesada en esta ciencia a través del estudio de la catedra en las universidades, este estudio se da de manera separada, sin mirar la estrecha relación existente entre las ciencias, es decir, un carácter interdisciplinario, sino mas bien un estudio jurídico y exegético, es decir, atendiendo a la interpretación de la ley , sin salirse de ella, atendiendo a los preceptos de la plena e indiscutible relación que se tiene con ellas, con la filosofía y las ramas que de ella se derivan; se desconoce entonces esta estrecha relación, y no solo eso, sino el análisis, el aprendizaje de la prueba, que se hace de forma aislada una de la otra, (cada medio probatorio, se analiza independientemente), situaciones, hechos que sirven de prueba, como la confesión, el testimonio, entre otros, que debe ser evaluados de manera global, aparejada unas con otras para constituirse en plena prueba y no una prueba simple; las pruebas deben ser analizadas de manera conjunta, no de forma aislada, ya que casi nunca es posible rendir prueba simple; así las cosas, siguiéndonos, uno por la interdependencia de las ciencias, incluyendo las normas procesales relativas a la prueba; dos, las pruebas analizadas de forma conjunta; se denota entonces, la relación claramente existente que debe hacerse en el estudio del derecho probatorio, de la mano con la filosofía como ciencia intrínsecamente relacionada con él, no de manera escrita rigurosamente como lo señala la ley, sino dándole una interpretación profunda, crítica utilizando ramas de las ciencias lógicas, como la psicología en el análisis los hechos en los que se basa la prueba.

Posibilidad y ventajas de una teoría general de las ciencias reconstructivas

Elaborar una teoría general de la prueba judicial, para adelantar luego de una manera más fácil el examen de los preceptos legales. Busca dar una base racional a la ley positiva y facilitar su correcta aplicación.

Vicios de las exposiciones fragmentarias hechas hasta ahora

La teoría de la prueba judicial guarda estrecha relación con la metodología de la historia y con los métodos de otras diversas ciencias afines, haciéndose más fácil comprender cada una de una manera más amplia si son estudiadas en conjunto, conociéndose esto como metodología de las ciencias.

El autor busca reunir en grupo los puntos semejantes de las ciencias afines, muestra la ayuda que se pueden brindar entre sí, hacer ver los procedimientos y precauciones que cada una de ellas emplea para la adquisición de sus verdades, busca fundir en una teoría general procedimientos que hasta el momento habían sido independientes.

Señala el autor también, la estrecha relación de la prueba judicial, con la llamada metodología de historia, así como con los métodos de ciencias afines, esto con el fin de comprenderlas de una manera general, mejor entendible, que serían las ciencias que se pudieran llamar reconstructivas, de esta manera establecer y comprender la relación reciproca que entre ellas existe y así mismo la ayuda en que una y otra puedan brindarse, para fortalecer los criterios que cada una aporta en una sola metodología, como lo son crítica del testimonio, prueba indiciaria, métodos comparativos, entre otros.

Propósito y utilidad del curso

Estudiar los métodos por separado, da muchos criterios y opiniones, validos todos. Estudiarlos en conjunto concilia opiniones, unifica doctrinas, aclara puntos dudosos y completa el conocimiento.

El objeto es entonces, unificar doctrinas y reducirlas a una amplia teoría general; aclarar puntos dudosos y completar el conocimiento de otro imperfectamente estudiado;

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