Núcleo Monagas Escuela de Ciencias Sociales y Administrativas Seminario de Instituciones Financieras
Enviado por rolythax • 4 de Marzo de 2017 • Informe • 9.229 Palabras (37 Páginas) • 321 Visitas
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Universidad de Oriente
Núcleo Monagas
Escuela de Ciencias Sociales y Administrativas
Seminario de Instituciones Financieras
Secc. 08
Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
Profesor: _ Bachilleres:
Daniel Marrero Zerpa, Yulibeth C.I. 24.865.840
Lozano F., Reina C.I. 22.924.250
Aray, Yismarlyn C.I. 24.125.064
Gómez, Sol Mary C.I. 22.719.179
Carreño, Girber C.I. 20.917.622
Sánchez, Alberto C.I. 24.501.936
Maturín, Mayo 2015
SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA
- ASPECTOS GENERALES DE LA SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA
- Antecedentes Históricos
En Venezuela el auge del seguro mercantil es relativamente nuevo, pues su explotación en forma ordenada y progresiva se inicia a partir de 1940, durante la II Guerra Mundial; sin embargo, ya en 1862 aparece el primer código de comercio formal, regulando la actividad aseguradora.
En 1886 se funda en el Estado Zulia la primera aseguradora venezolana que fue "Seguros Marítimos"; en Caracas le siguieron " La Venezolana"(1893), "La Previsora" (1914), "Seguros Fénix" (1925), "La Prudencia" (1932).
El creciente auge de las empresas de seguros hace que el Estado, en 1935, inicie los decretos de la ley para regular la actividad aseguradora en Venezuela, llevando por nombre "Ley de Inspección de Vigilancia de las Empresas de Seguros" (Gaceta N° 18701) y se dicta su Reglamento, donde se establece un órgano rector e interventor estatal, el cual se llamó "La Fiscalía de Empresas de Seguros" y dependía de la dirección de Industria y Comercio del Ministerio de Fomento.
En 1938 dicha ley fue derogada según Gaceta Oficial No. 19648, elaborándose una nueva ley intitulada "Ley sobre Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros", y en 1939 su respectivo Reglamento.
En 1948 se dicta un nuevo Reglamento quedando derogados los dos primeros (Gaceta N° 22681 del 02 de agosto de 1948).
Para el año 1958, "La Fiscalía de Seguros", pasa a denominarse "Superintendencia de Seguros", aún adscrita al Ministerio de Fomento, y en 1976 pasa a depender del Ministerio de Hacienda. A partir del mes de agosto de 1999 el Ministerio de Hacienda cambia de nombre denominándose Ministerio de Finanzas.
La actividad fiscalizadora del seguro en Venezuela la realiza el Ejecutivo Nacional por órgano de la Superintendencia de Seguros, servicio autónomo de carácter técnico, sin personalidad jurídica adscrito al Ministerio de Finanzas.
- Objetivos
- Velar por los intereses de los tomadores, asegurados y beneficiarios de los contratos de seguros, de reaseguros, los contratantes de los servicios de medicina prepagada y de los asociados de las cooperativas, creando condiciones que faciliten el incremento del bienestar social y la estabilidad del sector asegurador.
- Fortalecer las actividades de supervisión, control, vigilancia, autorización, regulación y fiscalización de la actividad aseguradora en el país.
- Adecuar las innovaciones tecnológicas en el accionar de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
- Implementar normas e instrumentos que optimicen las funciones de regulación, supervisión, fiscalización y control de los sujetos regulados.
- Identificar oportunamente las desviaciones del sector asegurador.
- Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos de la organización.
- Velar por el cumplimiento de las estrategias tendentes al fortalecimiento del recurso humano.
- Velar porque las Empresas de Seguros y de Medicina Prepagada realicen los aportes al fondo del sistema público nacional de salud.
- Integrar a las comunidades organizadas en el desarrollo del sector asegurador.
- Visión
Ser un órgano de gestión integral comprometido con el desarrollo social y económico del país, alcanzando el reconocimiento nacional e internacional mediante el alto nivel de profesionalidad de su recurso humano, en consonancia con las políticas del Estado Venezolano, contribuyendo con el ejercicio eficiente en la producción de resultados, a la tutela del interés general representado por los usuarios y usuarias del sector asegurador y a la optimización del sistema público nacional de salud.
- Misión
Es la inspección, supervisión, vigilancia, fiscalización, regulación y control de la actividad aseguradora y en especial de las empresas de seguros y de reaseguros constituidas en Venezuela, de los productores de seguros, de los ajustadores de pérdidas, de los peritos evaluadores, de los inspectores de riesgos, de las sociedades de corretaje de reaseguros y de las representaciones de empresas de reaseguros constituidas en el exterior.
Ejercer la potestad regulatoria de la actividad aseguradora nacional, para garantizar la transformación socioeconómica que promueve el Estado Venezolano, a través de la participación ciudadana y el compromiso de sus trabajadores y trabajadoras en la defensa de los derechos de los usuarios y usuarias y en el desarrollo sustentable y sostenible del sector asegurador.
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