ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Obligaciones de los patrones hacia los trabajadores


Enviado por   •  22 de Octubre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  556 Palabras (3 Páginas)  •  310 Visitas

Página 1 de 3

Obligaciones de los patrones hacia los trabajadores:

Deben registrar las altas, bajas y cambios de salarios.

Deben llevar un registro de las nóminas, listas de raya donde se especifique los días trabajados y los salarios percibidos por los trabajadores, estos registros se deben guardar al menos 5 años.

Establecer las cuotas obrero-patronales y enterar al instituto de su importe.

Permitir inspecciones y visitas por parte del instituto.

Para actividades de construcción se deben establecer claramente los periodos trabajados.

Se les deben de otorgar las prestaciones diferidas que les corresponden a los trabajadores.

Deben de cumplir con el seguro de retiro, cesantía y vejez.

Cuando sean trabajadores eventuales el patrón debe expedir una constancia donde se especifiquen los días laborados.

Cuando participe un intermediario laboral entre patrón y trabajador, este intermediario también está obligado a cumplir esta ley.

Cuando se trate de un outsourcing no se consideran empleados al ser contratada dicha empresa, esta será considerada como patrones que tienen obligaciones hacia sus empleados.

Los contratantes deben de informar trimestralmente a la subdelegación correspondiente los contratos c

elebrados en esta debe especificar y de dichos contratos deben de especificar datos muy espec}íficos sujetos a la ley.

Cuando h}aya varios centros de trabajo se debe informar a la subdelegación correspondiente.

La información prevista en este artículo podrá ser presentada a través de los medios señalados en el último párrafo del artículo 15 de esta Ley, conforme a las reglas generales que para tal efecto emita el Consejo Técnico. Párrafo adicionado DOF 09-07-2009

 

Para los efectos de este artículo, el Gobierno Federal, en ningún caso, será considerado como intermediario laboral. Artículo adicionado DOF 20-12-2001

 

Artículo 15 B. Las personas que no se encuentren en el supuesto establecido en el penúltimo párrafo del artículo 15 de esta Ley, que realicen en su casa habitación ampliaciones, remodelaciones, o bien, la construcción de su propia casa habitación y aquéllas que de manera esporádica realicen ampliaciones o remodelaciones de cualquier tipo de obra, podrán celebrar convenio de pago en parcialidades de las cuotas obrero patronales que resulten a su cargo, desde el momento en que den de alta a los trabajadores que se encarguen de las mismas, individualizando la cuenta del trabajador. Artículo adicionado DOF 20-12-2001

 

Artículo 16. Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que se señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal.

 

 

 

LEY DEL SEGURO SOCIAL

 

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb) pdf (61 Kb) docx (9 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com