Orden De Proteccion
Enviado por Jsalvador88 • 24 de Abril de 2015 • 629 Palabras (3 Páginas) • 250 Visitas
EXPEDIENTE 1917/2014
ANTONIA TERÁN HERNÁNDEZ
V.S
ROQUE FLORES RODRIGUEZ
DIVORCIO UNILATERAL.
LIC. FERNANDO ROMERO DOMINGUEZ
JUEZ CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO.
PRESENTE.
Antonia Terán Hernández, con la personalidad debidamente acreditada en autos, ante usted respetuosamente comparezco a fin de:
Exponer:
Que por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 27 del Código de Procedimientos Familiares y los artículos 24, 27, 29 y demás relativos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo, vengo a solicitar una Orden de Protección a mi persona y en favor de mi menor hija, en contra del C. Roque Flores Rodríguez. Lo anterior en base a los siguientes:
HECHOS:
Único.- El C. Roque flores Rodríguez, se ha presentado en reiteradas ocasiones a mi domicilio mencionado en autos a agredirme de manera verbal y psicológicamente, me hostiga por teléfono y no respeta mi domicilio alterando también la paz y armonía de mi familia y mi menor hija, cabe mencionar que acude a mi casa a altas horas de la noche únicamente a molestarme e intimidarme e incluso algunas veces ha llegado a amenazarme, hago mención que el C. Roque Flores Rodríguez es una persona agresiva y rencorosa y tengo temor por mi persona y de mi menor hija Dayana Flores Terán e incluso por mi familia.
Son aplicables al procedimiento del caso lo dispuesto por los artículos 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 1, 3, 4, 6, 8, 13, 14, 19, 27, 38 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo 37, 54, 78, 226, 227, del Código de Procedimientos Familiares 1, 2, 3, 5, 6, 24 25, 26, 27 28 y 29 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo.
Por lo expuesto y fundado;
A USTED JUEZ, atentamente solicito:
PRIMERO.- Admitir lo solicitado en vía y forma propuesta.
SEGUNDO.- Se prohíba a la parte demandada C. Roque Flores Rodríguez, acercarse al domicilio de la C. Antonia Terán Hernández, donde se encuentra viviendo, así como cualquier otro domicilio que frecuente la promovente, en horarios que no se establezcan en las reglas de convivencia.
TERCERO.- Se prohíba al demandado C. Roque Flores Rodríguez, intimidar o molestar a la C. Antonia Terán Hernández, en su entorno social, así como a cualquier integrante de su familia.
CUARTO.- Se me otorgue la protección necesaria para poder vivir en paz y armonía con mi familia.
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