ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Organismo Judicial E IGSS RRHH


Enviado por   •  24 de Octubre de 2012  •  1.828 Palabras (8 Páginas)  •  655 Visitas

Página 1 de 8

ORGANISMO JUDICIAL

Conforme lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el Organismo Judicial es el encargado de impartir justicia, con independencia y potestad de juzgar. La Ley del Organismo Judicial cita que en ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia en concordancia con el texto constitucional.

El Organismo Judicial está organizado de acuerdo a la Ley del Organismo Judicial, en la cual establece su división en dos grandes áreas que son:

 Área Jurisdiccional

 Área Administrativa

Funciones

 Administrar justicia garantizando su acceso a la población, en procura de la paz y armonía social.

 El Organismo Judicial busca arreglar conflictos entre patrono y colaborador.

 Lleva a cabo juicios laborales.

 Unidad de antecedentes penales, llevar un cuidadoso, completo y actualizado registro de las personas sentenciadas por la comisión de cualquier delito, reportado por los órganos jurisdiccionales. Los registros de la base de datos de esta Unidad son utilizados para extender Constancias de Carencia de Antecedentes Penales o Fichas de Antecedentes Penales a Instituciones de Justicia, Juzgados, Profesionales del Derecho, Empresas e Instituciones y Personas Individuales que lo soliciten.

Juzgado de primera instancia

Los Juzgados de Primera Instancia son los tribunales unipersonales, es decir dirigido por un juez, que se encarga de conocer procesos judiciales de mayor importancia a los que conocen los Juzgados de Paz.

Unidades del OJ con funciones judiciales (juzgados de primera instancia)

 Salas de Apelaciones

 Juzgados de Ejecución Penal

 Tribunales de Sentencia

 Juzgados de Primera Instancia Civil

 Juzgados de Primera Instancia de Familia

 Juzgados de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia

 Juzgados de Primera Instancia de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal

 Juzgados de Paz

 Juzgados de Paz Comunitarios

 Juzgados de Paz Móviles

 Juzgados Penales de Turno

 Juzgados de Primera Instancia Económico Coactivo: son los encargados de conocer demandas que hace el Estado (sus instituciones) contra los particulares por deudas que se derivan de obligaciones tributarias, sanciones administrativas o multas por infringir las leyes y reglamentos. Por ejemplo: multas por declaraciones inexactas por impuestos, del Valor Agregado (IVA) o Sobre la Renta (ISR), y el incumplimiento en el pago por parte del patrono al IGSS.

 Juzgados de Primera Instancia de Trabajo: resuelven los problemas que surgen entre los trabajadores y sus patronos, tanto en lo individual como en lo colectivo.

.

Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) es una institución gubernamental, autónoma, dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al instituto, llamada entonces asegurado o derechohabiente.

Historia:

El IGSS fue creado por el Decreto No. 295 del Congreso de la República de Guatemala y firmado por el entonces Presidente de la República de Guatemala el Doctor Juan José Arévalo, actualmente se encuentra anexada al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, sin embargo esto no impide su autonomía. La misión del IGSS es la siguiente: Proteger a nuestra población asegurada contra la pérdida o deterioro de la salud y del sustento económico, debido a las contingencias establecidas en la ley. Y la visión es: Ser la institución de seguro social caracterizado por cubrir a la población que por mandato legal le corresponde, así como por su solidez financiera, la excelente calidad de sus prestaciones, la eficiencia y transparencia de gestión.

Para la inscripción patronal todo patrono debe tener en cuenta:

Acuerdo 1123

La junta directiva del instituto guatemalteco de seguridad social

Artículo 2: todo patrono, persona individual o jurídica, que ocupe tres o más trabajadores, está obligado a inscribirse en el Régimen de Seguridad Social. Los patronos que se dedique a la actividad económica del transporte terrestre de carga, de pasajeros o mixto, utilizando para el efecto vehículos motorizados, están obligados a inscribirse cuando ocupen los servicios de uno (1) o más trabajadores.

Artículo 3: el patrono está obligado: a). descontar de la totalidad del salario que devenguen los trabajadores, el porcentaje correspondiente a la cuota laboral, b). pagar la cuota patronal; y c). solicitar inmediatamente su inscripción en el Régimen de Seguridad Social, debe la fecha que ocupe el numero empleado en el artículo 2.

Cantidad en porcentaje que el patrono y el trabajador deben de pagar:

Trabajador Cuota patronal

4.83%

IGSS

10.67%

INTECAP

1%

IRTRA

1%

Programas:

Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS)

El programa IVS, se inicio el 01 de marzo de 1977, por lo que es a partir de esa fecha que se determina el número de contribuciones que debe tener un afiliado para el beneficio de una pensión.

El trámite de su pensión es personal y gratuito.

Generalidades:

El Decreto No. 295 "Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social", señala en el artículo 32 lo siguiente:

"La protección relativa a invalidez, orfandad, viudedad y vejez, consiste en pensiones a los afiliados, que éstos deben percibir conforme a los requisitos y a la extensión que resulten de las estimaciones actuariales que al efecto se hagan."

El programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, fue creado a partir del 01 de marzo de 1,977 con aplicación en toda la República de Guatemala, actualmente está regulado de conformidad al Acuerdo 1,124 y su modificación emitido por la Honorable Junta Directiva, básicamente es un beneficio para los trabajadores del sector privado que presten sus servicios materiales o intelectuales a Patronos Formalmente Inscritos en el Instituto, así como para los trabajadores del Estado contratados por planilla.

El Instituto le cancela a sus pensionados 12 mensualidades al año, además en el mes de diciembre se otorga un aguinaldo igual al 100% de su pensión y un bono navideño equivalente a QUINIENTOS QUETZALES Q 500.00 por caso. Anualmente el pensionado debe

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com