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Organización Mundial De Aduanas


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  2.045 Palabras (9 Páginas)  •  445 Visitas

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¿Qué es la OMA?

La Organización Mundial de Aduanas (OMA) es la única organización intergubernamental enfocada exclusivamente en las cuestiones aduaneras. La OMA, con presencia en todo el mundo, es reconocida como la voz de la comunidad mundial de las aduanas.

Es reconocida por su trabajo en:

• Desarrollo de estándares globales

• Simplificación y armonización de procedimientos aduaneros

• Seguridad en la cadena de suministro

• Facilitación del comercio internacional

• Mejora en el cumplimiento de las actividades aduaneras

• Iniciativas en la lucha contra la falsificación y la piratería

• Asociaciones público-privadas

• Promoción de la integridad

• Programas sostenibles para el Fortalecimiento de Capacidades de las Aduanas.

La OMA también mantiene la Nomenclatura del Sistema Armonizado para mercancías, y administra los aspectos técnicos de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio sobre Valoración Aduanera y Reglas de Origen.

La OMA está gobernada por un Consejo, que reúne a todos los Miembros de la Organización una vez al año, en una reunión presidida por un representante elegido (Presidente) por el Consejo General. Cuenta con la asistencia de la Comisión Política (24 miembros) con el asesoramiento financiero de la Comisión de Finanzas (17 miembros).

La Secretaría es responsable de la gestión del día a día de la Organización. Junto con los Comités de la OMA, lleva a cabo las actividades clave del Plan Estratégico Anual aprobado por el Consejo. Términos de Referencia.

http://www.wcoamericaribe.org/que-es-la-oma

La OMC y la Organización Mundial de Aduanas (OMA)

La OMC y la OMA cooperan en varias esferas, entre ellas el acceso a los mercados, el Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI), la valoración en aduana, las normas de origen y la facilitación del comercio.

Introducción

En la esfera del acceso a los mercados, la OMC coopera regularmente con la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Esta cooperación se refiere a la clasificación de mercancías. El personal de la OMC hace un seguimiento sistemático de la labor de la OMA sobre la nomenclatura de la clasificación del Sistema Armonizado, tanto para la labor del Comité de Acceso a los Mercados como del Comité de Participantes sobre la Expansión del Comercio de Productos de Tecnología de la Información. Los Acuerdos sobre Valoración en Aduana y Normas de Origen contienen disposiciones que instan al establecimiento de comités técnicos bajo los auspicios de la OMA acerca de esas cuestiones. El personal de la OMC mantiene relaciones de cooperación con estos comités técnicos a fin de examinar cuestiones relacionadas con estos Acuerdos, así como prestar ayuda en las actividades de asistencia técnica. En cuanto a la facilitación del comercio, funcionarios de la OMA vienen participando desde 2005 en todas las actividades regionales de asistencia técnica de la OMC. Además, la OMA contribuye a la elaboración del instrumento de evaluación de las necesidades que se está preparando específicamente para las negociaciones sobre la facilitación del comercio del Programa de Doha para el Desarrollo. Funcionarios de la OMA asisten habitualmente, como observadores, a las reuniones del Grupo de Negociación sobre la Facilitación del Comercio.

Cooperación en materia de asistencia técnica volver al principio

La gran mayoría de actividades de asistencia técnica correspondían a la esfera de la valoración en aduana y la facilitación del comercio. Actualmente las actividades (y el presupuesto) se centran en las cuestiones relacionadas con las negociaciones sobre facilitación del comercio. Puede que en el futuro se requiera la cooperación en materia de asistencia técnica en la esfera de las normas de origen a medida que aumenta el número de países que negocian acuerdos de libre comercio. La coordinación de estas actividades se realiza a través de contactos entre los funcionarios de las respectivas secretarías que se ocupan de la cuestión pertinente.

Listas de concesiones sobre mercancías volver al principio

La nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) fue elaborada por la OMA y entró en vigor el 1º de enero de 1988 en virtud de un Convenio. Aunque el artículo II del GATT (Listas de concesiones) no establece una nomenclatura específica para que sea utilizada por los Miembros en este sentido, y a pesar de que en el pasado se utilizaban otras nomenclaturas como la NAB y la NCCA, el SA se ha convertido en la norma de facto para los Miembros a este respecto. Al 31 de marzo de 2006, había 78 Miembros de la OMC (contando como uno las CE de los 25) que eran partes contratantes del Convenio del SA. Además, prácticamente la totalidad de los otros 47 Miembros de la OMC aplican el SA a pesar de no ser partes contratantes del mismo. El SA también ha sido utilizado por los Miembros de la OMC como una herramienta para definir los productos comprendidos en determinados acuerdos, el más importante de los cuales probablemente sea el Anexo 1 del Acuerdo sobre la Agricultura. Este Anexo define, en términos de capítulos, partidas y subpartidas de la versión del SA de 1992, cuáles son los productos agropecuarios. Por lo tanto, los cambios introducidos en el SA tienen importantes consecuencias jurídicas para los Miembros de la OMC, en particular, con respecto a sus listas.

Periódicamente, el Comité del Sistema Armonizado de la OMA realiza un examen del SA para tener en cuenta la evolución de la tecnología y de las pautas del comercio internacional y recomienda ciertas modificaciones del SA. La primera serie de cambios entró en vigor el 1º de enero de 1992 (SA92). Una segunda serie, más sustancial, de modificaciones entró en vigor el 1º de enero de 1996 (SA96) y una tercera, el 1º de enero de 2002 (SA 2002). Una cuarta modificación entró en vigor el 1º de enero de 2007 (SA 2007).

Tras la entrada en vigor del SA el 1º de enero de 1988 (SA88), se exigió que las listas anteriores a la Ronda Uruguay de las partes contratantes del GATT que también eran partes contratantes del Convenio del Sistema Armonizado fueran transpuestas a la nomenclatura del SA. La “transposición” de estas concesiones es esencial a fin de garantizar la transparencia y previsibilidad de las concesiones, dado que de otro modo sería muy difícil determinar si se están respetando las consolidaciones. Por ello, el Comité de Concesiones Arancelarias del GATT adoptó procedimientos a tal efecto en 1983.

También

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