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Orientaciones visita a instituciones educativas


Enviado por   •  1 de Octubre de 2019  •  Resumen  •  865 Palabras (4 Páginas)  •  141 Visitas

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El Ministerio de Educación y Ciencias busca brindar educación integral de calidad que permita el desarrollo de las personas y la sociedad. En este sentido, la institución educativa se convierte en un espacio donde el aprendizaje de los estudiantes es el eje principal de todas sus actividades y, por lo tanto, su funcionamiento debe ser acompañado por todos los miembros de la comunidad educativa, siendo las Coordinaciones Departamentales y Supervisiones Educativas las instancias responsables de dicha tarea.

Para el efecto, y atendiendo que el rediseño actual de las Supervisiones Educativas permitirá a los Supervisores de Control y Apoyo Administrativo y de Apoyo Técnico Pedagógico, visitar con mayor frecuencia a cada una de las instituciones educativas dependientes de su región/zona, se solicita a la Dirección General a su cargo, comunicar a los mismos, además de acompañar el cumplimiento de las siguientes orientaciones:

  1. Iniciar en el mes de junio las llegadas a cada institución educativa a fin de orientar, asesorar y acompañar la elaboración, ejecución y evaluación de los proyectos implementados en el marco del Proyecto Educativo Institucional. Dicha visita deberá contemplar todas las dimensiones de la gestión institucional (pedagógico, organizativo – administrativo, financiero, comunitario), observando desde el ingreso al local escolar, la limpieza de la totalidad de los espacios educativos (patio, salas de clases, biblioteca, sanitarios, otros), así como la utilización pertinente de los mismos. Asimismo, se deberá revisar la infraestructura escolar, el cuadro de personal para corroborar los recursos humanos con sus respectivas funciones (ajustado a las normativas vigentes y garantizando que ninguna sala de clases esté sin docente), los planes de mejora educativa y de innovaciones pedagógicas incluyendo la práctica de los aprendizajes adquiridos por los docentes y directivos en los cursos de actualización y especializaciones vigentes, los resultados académicos obtenidos por los estudiantes, las evidencias en relación a las rendiciones de cuentas de los recursos asignados y al funcionamiento efectivo de las diferentes instancias de participación (EGIE, ACE, Consejos de grado, Centros de estudiantes, otros), y otros aspectos. Cabe señalar que las indicaciones,  recomendaciones y plazos de tiempo deberán constar por escrito para que en la próxima visita se revise el cumplimiento de las mismas.
  2. En una mesa de trabajo, las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo y de Apoyo Técnico Pedagógico deberán diseñar a nivel de la región administrativa un plan de mejora, que permita a partir de la información obtenida revisar la microplanificación de la oferta educativa y responder a los diferentes requerimientos institucionales, como por ejemplo la reasignación de docentes con rubros (L y Z) para priorizar la atención de los estudiantes (ajustado a las normativas vigentes y garantizando que ninguna sala de clases esté sin docente), la implementación de planes educativos de mejora de los aprendizajes en todas las instituciones educativas, la canalización adecuada de los requerimientos de infraestructura, la difusión y realización de campañas de limpieza de los locales educativos y sus alrededores; la difusión, promoción e inscripción del personal docente, directivo y equipos técnicos para participar de los cursos de actualización y de especialización que ofrece actualmente el MEC, incluyendo el control efectivo de la asistencia diaria de los cursantes, las rendiciones de cuentas realizadas por todos los directores y compartidas con el EGIE y la comunidad educativa, así como de los aspectos que se considere pertinente incluir en dicho plan, conforme necesidades de la región. Este plan de mejora deberá contemplar además el cronograma de llegadas de los diferentes momentos (relevamiento, acompañamiento, evaluación) y los instrumentos de monitoreo a ser utilizados. El control de la implementación del plan de mejora estará a cargo de las Coordinaciones Departamentales.
  3. El reporte de los avances, dificultades de dicho plan y la planilla de registro de visitas, conforme los formatos y plazos establecidos por cada región, deberá ser remitido por cada Supervisión de Control y Apoyo Administrativo, trimestralmente a la Coordinación Departamental, con copia a las Direcciones de Niveles correspondientes, iniciando la primera entrega en el mes de julio del presente año.
  4. Las Coordinaciones Departamentales y todas las Supervisiones Educativas deberán atender a los usuarios y responder a sus requerimientos, evitando que los interesados lleguen al nivel central, a excepción de aquellos casos trabajados en todas las instancias (institucional, supervisiones educativas, coordinaciones departamentales) y que no hayan sido resueltas. En este caso, la Coordinación Departamental será responsable de la consolidación del informe y de anexar al mismo las evidencias del trabajo realizado en cada instancia (se recuerda la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 15.833 de fecha 19 de agosto de 2016 “Por la cual se aprueba el proceso de recepción, tratamiento y respuesta a los pedidos formulados por los diferentes miembros de las comunidades educativas de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional”, para la remisión a las direcciones de niveles. Se requiere la presencia efectiva de las Supervisiones en todas las instituciones educativas.
  5. En relación a las dudas y/o pedido de orientaciones para la puesta en marcha de los planes de mejora, deberán ser realizados a las direcciones de niveles vía Coordinación Departamental.

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