PERSONAS MORALES
Enviado por solecitocota • 4 de Mayo de 2015 • 401 Palabras (2 Páginas) • 134 Visitas
PERSONAS MORALES, SU NACIONALIDAD
Para definir a las personas morales , brevemente se puede decir que se trata de la reunión de dos o mas personas para llevar a cabo un objetivo común licito y posible. Mediante el ámbito legal, se establece por el Código Civil federal que las personas morales son:
*La nación, los estados y los municipios.
*Las demás corporaciones de carácter público reconocido por la ley.
*Las sociedades civiles y mercantiles.
*Los sindicatos y demás a que se refiere el articulo 123 fracción XVI
*Las sociedades cooperativas y mutualistas.
*Las sociedades distintas de las enumeradas anteriormente que se propongan fines lícitos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro legal.
*Las personas morales, extranjeras de vía privada.
Existen siete criterios para determinar la nacionalidad de las personas morales es decir de las sociedades, de las cuales el de Constitución unido al Domicilio Social es el sistema que sigue al derecho positivo mexicano, se otorga la nacionalidad dependiendo de las leyes según las cuales se constituyó, que deben ser aquellas vigentes en el lugar donde se estableció su domicilio social
El sistema jurídico Mexicano
Afirma que las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la república
.
Se basa en los siguientes artículos:
*El articulo 27 sección I, constitucional,
*El artículo 3 fracción 3 del código de comercio y
*El artículo 250 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Nacionalidad de Aeronaves y embarcaciones
Mencionando que los estados atribuyen a ciertos bienes muebles, Cabe hacer la aclaración que tratándose de embarcaciones y naves se debería hablar de abanderamiento en lugar de nacionalidad , En el derecho mexicano existen dos ordenamientos principalmente:
*La ley de vías generales de comunicaciones
*La ley de navegación y comercio marítimo
La nacionalidad de Aeronaves y embarcaciones, se establece por 4 artículos:
El artículo 312 de la Ley de vías generales dice; Que la aeronave sea inscrita en el registro aeronáutico mexicano y que se le otorgue la matrícula correspondiente; El artículo 313 de la misma ley: establece que siendo las personas físicas o morales mexicanas puede llevar a cabo un registro. Respecto a las embarcaciones el artículo 275 de la misma ley establece que serán embarcaciones mexicanas las abanderadas en la República, y también las que en beneficio de la nación por contravenir las leyes de la República, así como las construidas en la República. El último artículo referente a ello es El artículo 276 de la ley establece la matriculación ante la capitanía del puerto.
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