PROMOVIENDO UN APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO SOBRE EL USO Y FUNCIÓN DE LAS HERRAMIENTAS BÁSICAS PARA EL MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS Y MOBILIARIOS
Enviado por aurajacinta • 18 de Octubre de 2012 • 4.026 Palabras (17 Páginas) • 735 Visitas
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El 3 de diciembre se celebra el día Internacional de la Discapacidad en Venezuela. Una vez más, Desde el punto de vista histórico ha pasado muy poco tiempo desde el 5 de Enero de 2007 en el que el Presidente Hugo Chávez dio el ejecútese a la Ley Para Personas con Discapacidad LPCD y los resultados no se han hecho esperar.
La iniciativa gubernamental se concretó con la creación de Consejo Nacional Para Personas Con Discapacidad (CONAPDIS) y el lanzamiento de la Misión Vida, luego rebautizada en honor al insigne médico venezolano como Misión José Gregorio Hernández. Lo que ha permitido que millones de venezolanos y venezolanas hayan sido atendidos debidamente para darle una nueva cara a la discapacidad.
Una a una ha venido la inclusión e integración: Leyes justas y equitativas, organismos competentes, incentivo de nuestro Presidente Hugo Chávez Frías, salida de la invisibilidad, organización efectiva, creación de Unidades de Atención para las Personas con Discapacidad en muchos municipios. Han seguido la inserción al aula escolar hasta la universidad, luego la inserción laboral cuya dura lucha apenas empieza con alegres resultados y este año 2010 podremos señalarlo como el de la inserción política con la conformación del Frente Socialista Unido de Personas con Discapacidad FSUPDIS, mediante el cual podremos acceder a puestos de interés no sólo para mejorar las condiciones de las personas con impedimentos sino para contribuir al engrandecimiento de la Patria.
Requerimos reimpulsar la inserción laboral de las personas con diversidad funcional mediante la instrucción para el trabajo además de hacer presencia en las instituciones públicas y empresas privadas para que se cumpla la cuota en la plantilla de cada una de ellas.
Nuestro interés como estudiantes de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada Bolivariana, es poder incursionar dentro del proyecto de ayuda para una vida digna de las personas con discapacidad, por ello dentro de nuestro servicio comunitario vamos a trabajar para promover un aprendizaje significativo en cuanto a las piezas básicas de la ingenieria mecánica, dándole a los adolescentes del sexto grado (6to) de la Institución Educativa Especial AGUAPANE, ubicado en el sector Negro Primero, de San José de Guanipa, Estado Anzoátegui.
¿Será posible que en tan corto tiempo se pueda promover un aprendizaje en los alumnos ya adolescentes del sexto grado (6to) de la Institución Educativa Especial AGUAPANE, ubicado en el sector Negro Primero, de San José de Guanipa, Estado Anzoátegui? Sabemos que por la magnitud de la tarea que tenemos que enfatizarnos específicamente en la meta de incorporar a estos adolescentes en un ámbito donde ellos serán los protagonistas, solo ellos decidirán si nuestro trabajo valdrá la pena, esperamos cumplir con todas las expectativas.
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
La ingeniería mecánica es un campo muy amplio de la ingeniería que implica el uso de los principios de la física para el análisis, diseño, fabricación de sistemas mecánicos. Tradicionalmente, ha sido la rama de la ingeniería que mediante la aplicación de los principios físicos ha permitido la creación de dispositivos útiles, como utensilios y máquinas.
El conocimiento de las piezas básicas de mecánica es común en todos los seres humanos, por eso nos hemos interesado en incorporar a los adolescentes cursantes del sexto grado (6to) de la Institución Educativa Especial AGUAPANE, Ubicado en el Sector Negro Primero, de San José de Guanipa, Estado Anzoátegui.
Para promover un aprendizaje significativo en cuanto a las piezas básicas (tuercas, tornillos, destornilladores, llaves) y así dejarles a ellos un conocimiento previo antes de ingresar a su otra fase de educación la cual es taller laborar donde ellos desempeñan su potencial en cuanto al trabajo.
Hemos decidido que incorporando actividades para mejorar las condiciones de los muebles y mobiliarios donde estos adolescentes serian los protagonistas principales en repáralos les dejaría un buen aprendizaje y a nosotros nos plantaría una gran satisfacción.
BASES LEGALES
Gaceta Oficial Número 38.598
Caracas, Viernes 5 de Enero de 2007
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DECRETA la siguiente,
LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto y naturaleza jurídica
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, el disfrute de los derechos humanos y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia. Estas disposiciones son de orden público.
De los órganos y entes de la Administración Pública y privada
Artículo 2. Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y
Municipal, y todas las personas de derecho privado, competentes en la materia, tienen el
deber de planificar, coordinar e integrar en las políticas públicas todo lo concerniente a la discapacidad, en especial su prevención, a fin de promover, proteger y asegurar un efectivo disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad, el respeto a la igualdad de oportunidades, la inclusión e integración social, el derecho al trabajo y las condiciones laborales satisfactorias de acuerdo con sus particularidades, la seguridad social, la educación, la cultura y el deporte de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados, pactos y convenios suscritos y ratificados por la República.
Cualquier persona natural o jurídica, de derecho público o privado, de carácter nacional, estadal o municipal, que intervenga en la realización de actividades inherentes a la discapacidad, queda sujeta a las disposiciones de la presente Ley.
Ámbito de aplicación
Artículo 3. La presente Ley ampara a todos los venezolanos y venezolanas y extranjeros y extranjeras con discapacidad, en los términos previstos en esta Ley. La ley amparará a los extranjeros y extrajeras que residan legalmente en el país o que se encuentren de tránsito.
Principios
Artículo 4. Los principios que rigen las disposiciones de la presente Ley son: humanismo social, protagonismo, igualdad, cooperación, equidad,
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