PUNIBILIDAD restricción de bienes del autor del delito
Enviado por titafrias • 15 de Abril de 2016 • Documentos de Investigación • 287 Palabras (2 Páginas) • 85 Visitas
PUNIBILIDAD
Punibilidad: restricción de bienes del autor del delito, formulada por el legislador para la prevención general y determinada por las características y la magnitud del bien del ataque de este, es decir, conducta a la que se tiene la posibilidad de aplicar una pena o sanción.
Características
- Generalidad: porque se dirige a todos los individuos.
- Abstracción. Porque no se refiere a un caso concreto sino a todos los que acontezcan durante la vigencia de la norma
- Permanencia: dado que subsiste se aplique o no en tanto que subsista la norma.
La punibilidad es la particularidad esencial de la norma jurídico-penal sustantiva al amenazarse con un mal condicionado a la concretación culpable de un tipo legal, se está formulando una norma jurídica, al final de cuentas está amenazada que es lo que determina la existencia de la prohibición o el mandato contenido en el tipo legal, sin punibilidad los textos legales serían tan solo expresión de deseos del legislador su carácter coactivo es lo que distingue a la norma penal de otra clase de normas (religiosas, morales, etc.).
La punibilidad es previa a la comisión del delito. Ninguna conducta constituye un delito si no está previsto pro un tipo legal al que se asocia una determinada punibilidad. La punibilidad existe con independencia del delito: está en la norma y ahí permanece se cometan o no los delitos.
Existe el señalamiento de algunos autores de que la punibilidad es una consecuencia del delito, lo cual esta lejos de la verdad ya que la comisión de un delito no lleva a los legisladores a reunirse a elaborar punibilidades mediante el proceso legislativo. Por el contrario, para que una conducta pueda ser considerada como delito se requiere que la misma este conminada en la norma.
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