Patrimonio del estado. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO.
Enviado por mirachulissss • 19 de Abril de 2016 • Síntesis • 774 Palabras (4 Páginas) • 290 Visitas
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Unidad
BIENES DE DOMINIO PÚBLICO | BIENES DE DOMINIO PRIVADO | BIENES DE USO COMÚN | |
CARACTERISTICAS | *bienes y derechos de titularidad pública *Forman parte del patrimonio nacional. *Pueden ser de uso común. *Su régimen jurídico es de derecho público. *Son inalienables, imprescriptibles e inembargables. *Pueden ser muebles, inmuebles, tangibles, intangibles, derechos e ingresos por vía de derecho público. *Pueden formar parte del patrimonio federal, local y municipal. *Son imprescriptibles: el estado jamás perderá la potestad sobre los bienes de dominio público a favor de los particulares, por el transcurso del tiempo. *Son inalienables: el dominio público está, por encima, fuera del comercio. *Son inembargables: Para forzar al estado a cumplir sus obligaciones no es viable seguir procedimientos que impliquen el embargo de bienes. *Están protegidos en contra de una usurpación por la ley penal federal. *son Concesionables: los bienes concesionados no salen del patrimonio del estado, este conserva el dominio y al particular concesionario le es permitido únicamente el uso y disfrute se clasifican en: a) Bienes destinados a un servicio publico b) Bienes de uso común c) Bienes de dominio directo de la nación d) La zona económica exclusiva e) Bienes con significación histórica, cultural, científica o artística. *El régimen jurídico que los regula es de derecho público y de interés social. Art.6 LGBN establece cuales son los bienes de dominio público.
| *Se rigen por normas de derecho común (privado), salvo disposiciones especiales. *Los bienes de dominio privado pueden enajenarse de conformidad con las leyes que les conciernen. *La expresión “de propiedad privada”, se refiere normalmente a todos aquellos bienes de los que pueden ser titulares los particulares, individual o colectivamente *Pueden ser adquiridos, gravados y transmitidos por órganos de la administración pública. *admite todo tipo de relación contractual, excepto la donación y el comodato con sus respectivas excepciones. *se encuentra sujeto a las reglas ordinarias de la propiedad privada, salvo algunas modificaciones. | Su titularidad corresponde al Estado. El aprovechamiento o explotación se otorga por medio de la CONSECIÓN, AUTORIZACIÓN O PERMISO. Pertenece al régimen jurídico de derecho público ART.7 LGBN establece cuales son los bienes de uso común. I. El espacio situado sobre territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el derecho internacional; II. El mar territorial; III. Las aguas marítimas interiores o sean aquellas situadas en el interior de la línea de base del mar territorial o de la línea que cierra las bahías; IV. Las playas marítimas. V. La zona marítima terrestre; VI. Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas esteros de propiedad nacional; VII. Las riveras y zonas federales; VIII. Los puertos bahías radas y ensenadas; IX. Los caminos carreteras y puentes; X. Las presas diques y sus vasos y canales; XI. Las plazas, paseos y parques públicos; XII. Los monumentos artísticos e históricos. Se clasifican por su propia naturaleza o por decisión administrativa. Por su naturaleza: espacio aéreo, aguas marinas interiores, mar territorial, playas marítimas, los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas, las riveras e Por decisión administrativa: puertos, bahías, radas y ensenadas, los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos |
DIFERENCIAS | El régimen jurídico: * Los bienes de dominio público y de uso común se rigen por el derecho público. *Los bienes de dominio privado se rige por el derecho privado. *Los bienes de dominio privado se regulan bajo las normas generales para la transmisión de dominio. *En los bienes de uso común “La población en general puede hacer uso de ellos con las restricciones que las leyes establezcan” art. 8 LGBN | ||
SIMILITUDES | *Se encuentra señalados en el artículo 27 constitucional establece el principio de que es a la Nación a quien corresponden de manera originaria las tierras y aguas ubicadas dentro del territorio nacional, lo que se conoce como propiedad originaria del Estado, es únicamente el Estado quien puede transmitir el dominio de dichos bienes a favor de algún particular, con lo que constituye la propiedad privada o cediendo la facultad de uso o aprovechamiento mediante algún título de concesión o asignación. * Son bienes Nacionales *Son de uso común *De Servicio Público *Bienes de dominio Público *No son enajenables |
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