Pensionados
Enviado por marcemara08 • 9 de Marzo de 2012 • 544 Palabras (3 Páginas) • 479 Visitas
B O L E T I N
I N F O R M A T I V O
EL CASO DE LOS PENSIONADOS
A partir de Febrero del 2010 el IMSS realizo retención por concepto del Impuesto sobre la renta a los pensionados. Lo anterior ha generado un desconcierto e inquietud generalizada entre este sector de la población, ya que vieron disminuida su Pensión por este concepto.
Para este efecto hay que considerar que la Ley de Impuesto sobre la Renta contemplaba ya desde el 2002 que las pensiones otorgadas por el IMSS que excedieran de 9 veces el Salario Mínimo que son aproximadamente $15,000 pesos, por dicho excedente se debía pagar impuesto. En la práctica no se realizaba, sino hasta el pasado febrero.
En este contexto es importante conocer cuales son las principales violaciones de este proceder por parte del IMSS.
En primer término, es importante mencionar que la retención se pretender dar un tratamiento igual de un salario que recibe una persona en activo, que la pensión que recibe una persona que no realiza actividad laboral, lo que evidentemente es violatorio de Garantiza Individuales.
Por otro lado, el Instituto Mexicano del Seguro Social, no tiene facultad alguna para realizar la retención, precisamente porque no tiene la calidad de Patrón con respecto del pensionado, requisito indispensable para la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Por último, es claro que existe una doble tributación en razón de lo siguiente:
Pongamos como ejemplo el caso de una persona física que después de pagar el impuesto sobre la renta, los ingresos restantes los deposite en una cuenta bancaria, estando claros que los ingresos que se encuentran en dicha cuenta de ahorro ya pagaron el impuesto correspondiente. En este sentido es claro que si esta persona física realizara un retiro se tienen los siguientes aspectos:
1) No representa un verdadero incremento en su patrimonio por derivarse en realidad del producto del ahorro.
2) No esta gravado en virtud de que ya se cumplió con la obligación constitucional de contribuir al gasto publico.
En este orden de ideas es claro que los ingresos derivados de una pensión son el resultado del descuento y por consiguiente del “ahorro” durante su vida productiva, mismos que en su momento cuando la persona física recibía su salario, se realizaron las respectivas retenciones de impuesto sobre la renta. En este sentido es claro que la pensión deriva de la acumulación del ahorro de la persona física durante su vida productiva, mas esto no significa una modificación en su patrimonio.
CAMBIO EN TARIFAS DE ISR ¿CONSTITUCIONAL?
El pasado 7 de diciembre se publico en el D.O.F. Reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta por virtud de las cuales se modificaron los rangos de las tarifas correspondientes a los artículos 113,
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