Por la cual se establece el "Protocolo patrón para ensayos de eficacia agronómica de fertilizantes agrícolas"
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Resolución N° 277
Por la cual se establece el "Protocolo patrón para ensayos de eficacia agronómica de fertilizantes agrícolas".
Asunción, 21 de octubre del 2003.-
VISTA: La presentación realizada por el Dpto. de Terapéutica Vegetal de la Dirección de Defensa Vegetal (DDV), dependencia del Gabinete del Viceministro de Agricultura, en la cual solicita que, vía Resolución Ministerial, se establezca un "Protocolo Patrón para Ensayo de Eficacia Agronómica de Fertilizantes Agrícolas", que corresponde a la actualización de las reglamentaciones de la Ley N° 123/91, sobre plaguicidas, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, (Exp. N° ROÍ 030006508), y
CONSIDERANDO: Que la actualización se debe a la implementación que en esta materia se han emitido a nivel regional e internacional, a través de los Estándares Regionales de Protección Fitosanitaria ( ERPF) d el C omite Regional d e S anidad Vegetal d el Cono Sur (COSAVE), del cual nuestro país participa activamente en el Grupo de Trabajo Permanente - Productos Fitosanitarios (GTP-P), a través de técnicos de la DDV.
Que, la Dirección de Defensa Vegetal (DDV), como Autoridad de Aplicación, es responsable del control de calidad y eficacia de los fertilizantes de uso agrícola.
Que, la Dirección de la Asesoría Jurídica del MAG, por dictamen A.J. N° 861/03, se expidió favorablemente.
Por tanto, y atento a lo dispuesto en los artículos 22 al 26, 28 al 31, 35 al 36 y 41 de la Ley N° 123/91 y normas reglamentarias.
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE:
Art. 1°.- Establézcase el "Protocolo Patrón para Ensayos de Eficacia Agronómica de Fertilizantes Agrícolas", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplida archívese.
DR. ANTONIO IBAÑEZ AQUINO MINISTRO
PROTOCOLO PATRÓN PARA ENSAYOS DE EFICACIA AGRONÓMICA
DE FERTILIZANTES AGRÍCOLAS
I. INTRODUCCIÓN
1. Objetivo
La Ley N° 123/91 y las correspondientes Resoluciones reglamentarias emitidas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, disponen que todo fertilizante que se pretenda registrar, debe ser probado y demostrarse su eficacia bajo las condiciones agroecológicas del país.
El presente Protocolo tiene como objetivo establecer las condiciones y requisitos que deben ser considerados para la realización de ensayos de eficacia de fertilizantes con fines de registro.
La presentación de los resultados de estos ensayos constituye condición sine qua non para el trámite y emisión del registro definitivo de un fertilizante, pero no suple ni exonera de la presentación de cualquier otra información o requisito exigido en las normas vigentes referentes al registro de fertilizantes.
2. Propósito de los ensayos de eficacia
Los ensayos de eficacia de fertilizantes se realizan con el propósito de demostrar, a través de los datos colectados en las pruebas efectuadas:
a. El efecto del fertilizante en la planta objetivo del ensayo.
b. El efecto del fertilizante en el suelo.
c. La no ocurrencia de efectos negativos para las plantas y el ambiente.
3. Estructura del Protocolo
El presente Protocolo es de carácter general e incluye todas las condiciones aplicables a cualquier tipo de fertilizante.
Se ha tratado, al máximo posible de cubrir todos los aspectos más relevantes relacionados, principalmente, a la evaluación de la eficacia de los fertilizantes que más interesan desde el punto de vista agronómico. Con todo, este Protocolo no se considera exhaustivo y completo por no hacer mención de posibles métodos aplicables a casos de excepción.
Este instructivo normativo es de dominio público; sin embargo, sus usuarios específicos serán las instituciones autorizadas por la Dirección de Defensa Vegetal -DDV, para la realización de ensayo de eficacia agronómica de fertilizantes.
II. LINEAMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DE EFICACIA AGRONÓMICA
Para cada fórmula de fertilizante ensayado se deberá obtener información de un mínimo de dos años de experimentación sobre la eficacia, en ensayos conducidos en condiciones de campo.
1. Condiciones Experimentales
1.1. Selección del cultivar.
Utilizar de preferencia uno o más cultivares de la especie objetivo (en la cual interesa demostrar la eficacia del fertilizante ensayado).
De preferencia deben usarse semillas certificadas o plantaciones de un mismo cultivar, para eliminar cualquier posible variación por esta causa.
1.2. Condiciones del ensayo
El ensayo debe montarse en un lugar con tipo de suelo lo más regular posible, para evitar diferencias (físicas o químicas) entre las parcelas y en donde se hayan usado prácticas de manejo del cultivo lo más uniformes posibles (método de cultivo, etc.).
El ensayo debe replicarse y conducirse en tres diferentes regiones agrológicas del país, en la misma época o en diferentes épocas del año, propicias para c/ (los) cultivo (s) objetivo.
1.3. Diseño e instalación del ensayo.
Al diseñar los ensayos se debe tener en cuenta: • Los tratamientos
Estos son: el fertilizante a prueba; el fertilizante (testigo) de referencia, y el testigo sin tratar.
El tamaño de parcela:
El tamaño de las parcelas es variable y depende del cultivo, de las características del producto a ensayar, del método de aplicación del fertilizante v del objetivo de la prueba
Este instructivo normativo es de dominio público; sin embargo, sus usuarios específicos serán las instituciones autorizadas por la Dirección de Defensa Vegetal -DDV, para la realización de ensayo de eficacia agronómica de fertilizantes.
II. LINEAMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DE EFICACIA AGRONÓMICA
Para cada fórmula de fertilizante ensayado se deberá obtener información de un mínimo de dos años de experimentación sobre la eficacia, en ensayos conducidos en condiciones de campo.
1. Condiciones Experimentales
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