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Principios Generales De Derecho


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  2.244 Palabras (9 Páginas)  •  284 Visitas

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I.- Introducción

Los principios son directrices o lineamientos establecidos para regular un acto determinado, que generalmente se establecen en función del efecto que se pretende que produzca ese acto o procedimiento, según la concepción del órgano que los emite. Se consagran en el ordenamiento legal para suplir alguna omisión y son utilizados para su aplicación e interpretación, de ahí su importancia, no son conceptos meramente teóricos, ya que el juez mediante la aplicación de estos principios puede dictar resoluciones supliendo omisiones de la Ley.

El Diccionario de la Lengua Española dice que “un principio de derecho” es la norma no legal supletoria de ella y constituida por doctrina o aforismos que gozan de general y constante aceptación de jurisconsultos y tribunales.

II.- Principios que rigen el procedimiento oral mercantil

De acuerdo al Artículo 1390 Bis 2 el juicio oral mercantil se observarán especialmente los principios de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.

Cada uno de estos principios se refiere a lo siguiente:

1. El principio de oralidad se refiere a la forma verbal en que debe desarrollarse el debate, a diferencia del sistema tradicional escrito. Para este propósito, el CC incorpora a nuestro Derecho Mercantil la celebración de la Audiencia Preliminar y la Audiencia de Juicio. En ambas audiencias se desarrollan en forma oral los actos concernientes a la depuración procesal, excepciones procesales, desahogo de pruebas y lectura de la sentencia. Este principio es base fundamental para que a su vez operen otros principios que rigen el proceso.

Para conservar el contenido de lo expresado en forma oral en las audiencias a que me refiero, se procede a la grabación de la imagen y audio de cada audiencia. Esta grabación permite no solo conservar su contenido, adicionalmente permite al juez el contacto directo con las partes y con los elementos de prueba, tanto al momento de su desahogo, como al tiempo de dictar su resolución. La forma en que las partes formulan sus interrogantes, la firmeza de las respuestas, el silencio y la expresión corporal de los intervinientes, todos estos datos, que no aparecen en la trascripción escrita de los actos, se encuentran ahora a la vista del juez, en la grabación de las audiencias y se revela ante sus ojos al dictar su resolución, como si en ese momento sucedieran.

2. El principio de Publicidad debe entenderse como el derecho que tienen las partes y los terceros de presenciar todas las diligencias y en especial las relativas a pruebas. Sin embargo, el derecho a examinar los autos no alcanza a los expedientes que con ellos guardan relación, ya que para ello, se requerirá una autorización especial del Juez.

3. El principio de igualdad nos indica que las partes deben tener en el proceso un mismo trato, se les deben dar las mismas oportunida¬des para hacer valer su pretensión y ejercitar sus defensas, según el caso.

4. El principio de Inmediación es uno de los principios más impor¬tantes dentro del Derecho Procesal, el cual consiste esencialmente en que el Juzgador esté en contacto personal con las partes, recibiendo los Medios de Prueba y en su caso escuchando los alegatos.

5. El principio de Contradicción no indica que un Tribunal de a las partes la oportunidad de ser oídas en defensa de sus derechos, con la salvedad de que dicho principio no se viola cuando las citadas partes no apro¬vechan esa oportunidad.

6. El principio de Continuidad en este principio exige que las cuestiones litigiosas, se formulen ante el Juez o Magistrado desde su inicio y desarrollo en el proce¬so, siendo los mismos que pronuncien la Sentencia Definitiva, porque sólo ellos, están en condiciones de hacerlo con pleno conocimiento de causa.

7. El principio de Concentración en este principio se deben reunirse todas las cuestiones litigio¬sas para ser resueltas todas ellas o el mayor número posible de las mismas en la Sentencia Definitiva, evitando que el curso del proceso en lo principal se suspenda.

III.- Principios Generales del Derecho

Los principios generales del derecho, son una fuente importante en todas las ramas del derecho y así lo reconoce el artículo 14 de la Constitución Federal: lo que a la letra dice:

Articulo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable al delito que se trata.

En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de esta se fundara en los principios generales del derecho.

Por la trascendencia de estos “principios” haremos las siguientes connotaciones.

1. Los Principios Generales del Derecho, son fuente del Derecho, tal y como lo ha reconocido la Doctrina Jurídica Mexicana, desde hace mucho tiempo.

2. Estos Principios, sirven para solucionar controversias judiciales, en varia ramas del derecho.

Ahora bien enseguida mencionamos algunos de estos principios:

1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.

2.- Quien puede lo más, puede lo menos.

3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño.

4.- Nadie está obligado a lo imposible.

5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro.

6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído.

7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo.

8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público.

9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a la equidad.

10.- El Derecho nace del hecho.

11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas.

12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor.

13.- El género se deroga por la especie.

14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace.

15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata.

16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno.

17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia.

18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza.

19.- Lo que no está

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