Principios contables incluidos en el PGC
Enviado por Justo Rio • 30 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 1.211 Palabras (5 Páginas) • 216 Visitas
Principios contables
Los principios contables incluidos en el PGC hacen referencia al registro y valoración de los elementos patrimoniales y son los siguientes:
1. Empresa en funcionamiento
Los criterios para valorar y registrar los hechos económicos que tienen lugar en una empresa, parten de la premisa de que la empresa va a proseguir con su actividad. Por tanto, estos criterios no tienen como finalidad determinar el valor neto del patrimonio empresarial para venderla o determinar el valor de su liquidación.
A pesar de ello, si se prueba la no supervivencia de la empresa, es necesario aplicar las normas de valoración consideradas más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones conducentes a liquidar el activo, cancelar las deudas y repartir el patrimonio neto resultante, reflejando esta información en la memoria.
2. Devengo
Las transacciones o hechos económicos se registran cuando se producen y se imputan al ejercicio en el que tienen lugar los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.
3. Uniformidad
Significa que una vez adoptado un criterio de valoración, este debe mantenerse y aplicarse a todas las operaciones que sean similares, siempre que no se modifiquen los supuestos que llevaron a su elección. En este caso, habría que reflejar las circunstancias en la memoria indicando la repercusión cuantitativa y cualitativa que la modificación produce con respecto a las cuentas anuales.
4. Prudencia
Indica que hay que tener cautela a la hora de realizar estimaciones y valoraciones en condiciones de incertidumbre ya que, ante todo, la valoración de los elementos patrimoniales debe reflejar la imagen fiel del patrimonio de la empresa. En virtud de este principio, solo se contabilizan los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio; sin embargo, los riesgos deben ser reconocidos tan pronto como se conozcan.
5. No compensación
Con carácter general, no se pueden compensar las partidas de activo con las de pasivo, ni las de gastos con las de ingresos. Además, excepto en el caso de que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no se pueden compensar las partidas de activo y de pasivo o las de gastos e ingresos.
5. importancia relativa
Se permite flexibilidad en algunos principios o criterios contables cuando la variación que produce sea escasamente significativa en términos cuantitativos o cualitativos y, por ello, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa pueden aparecer agrupadas con otros de similar naturaleza o función. En casos de conflicto entre principios contables, debe prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.
Legislación fiscal
La legislación fiscal está formada básicamente por la ley general tributaria, que establece el marco general para el desenvolvimiento de los diferentes tributos y normas tributarias, define los principales conceptos tributarios, establece la estructura y el funcionamiento de las entidades y fija el procedimiento para la gestión de los tributos.
Los tributos se pueden clasificar en: Tasas, contribuciones especiales e impuestos.
- Las tasas son prestaciones de dinero hechas a un ente público, como contraprestación de un servicio público o por la realización de una actividad que proporciona un beneficio para el usuario. (Una entrada a una expo pública)
- Las contribuciones son el dinero ingresado a un ente público por un particular, por un motivo determinado, pero que el beneficio no es únicamente para el usuario, sino que para todo el colectivo. (Alumbrados, mejoras urbanas...)
- Los impuestos son pagos exigidos por las administraciones públicas sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente, es decir, no se sabe el destino concreto que tendrá este dinero.
Estos impuestos son los impuestos sobre la renta de las personas físicas, el impuesto de sociedades, etc. Se dividen en:
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