Providencias Cautelares
Enviado por luisk1991 • 9 de Mayo de 2014 • 249 Palabras (1 Páginas) • 280 Visitas
PROVIDENCIAS CAUTELARES
MOMENTO PARA PROMOVERSE:
Se puede promover antes de entablar la demanda, o de instaurado el procedimiento pero antes de pronunciarse sentencia definitiva.
El artículo 1168 del código de comercio hablan sobre cuándo podrán dictarse las medidas precautorias, las cuales son:
Cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda
Cuando se tema que se oculten o dilapiden los bienes en que debe ejercitarse una acción real
Cuando la acción sea personal, siempre que el deudor no tuviere otros bienes que aquellos en que se ha de practicar la diligencia y se tema que los oculte o enajene.
PRUEBAS:
Debe fundarse en un principio de prueba, siendo admisibles la documental y la testimonial requiriéndose la declaración de 3 testigos idóneos.
FINALIDAD:
Tiene por finalidad garantizar un derecho incierto y evitar ante un eventual laudo condenatorio la imposibilidad de la ejecución, de ahí su carácter provisional condicionado al resultado del juicio, de manera que si la resolución es absolutoria quedara sin efecto, de lo contrario será definitiva.
ARRIGO.- cuando haya temor de que se ausente u oculte la persona contra quien se entable o se haya entablado una demanda.
Tiene por objeto evitar que el demandado se oculte o ausente del lugar, sin dejar persona apoderada o representante que responda del resultado del juicio.
SECUESTRO PROVISIONAL.- conocido comúnmente como embargo precautorio y consiste en asegurar ciertos bienes de una empresa o de una persona, para garantizar el cumplimiento de la resolución dictada por la autoridad competente
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