¿ QUÉ OPINIÓN OS MERECE LA CONCEPCIÓN ACTUAL DE LA VENIA TENIENDO EN CUENTA SU PRIMIGENIA FUNCIÓN DER SER, POR UNA PARTE, UNA REGLA DE CONSIDERACIÓN PERO TAMBIÉN, POR OTRA, UN INSTRUMENTO DE PROTECCIÓN DEL CRÉDITO DEL ABOGADO SALIENTE?
Enviado por martabergada • 30 de Abril de 2015 • 544 Palabras (3 Páginas) • 363 Visitas
¿ QUÉ OPINIÓN OS MERECE LA CONCEPCIÓN ACTUAL DE LA VENIA TENIENDO EN CUENTA SU PRIMIGENIA FUNCIÓN DER SER, POR UNA PARTE, UNA REGLA DE CONSIDERACIÓN PERO TAMBIÉN, POR OTRA, UN INSTRUMENTO DE PROTECCIÓN DEL CRÉDITO DEL ABOGADO SALIENTE?
La venia es según mi opinión una norma de respeto y consideración entre compañeros en el ámbito de la abogacía. Sin este instrumento no se podría llevar a cabo justamente la defensa de un cliente, ya que la obligación de la entrega de los documentos por parte del abogado sustituido es de vital importancia para la eficaz defensa del mismo.
La petición de la venia, viene dada en la mayoría de casos por la pérdida de la confianza por parte de un cliente, con su abogado, y es la confianza uno de los principios básicos de la relación abogado-cliente, por lo que una vez perdida ésta, podría repercutir de forma negativa en el proceso, en cuanto el cliente se sentiría en la intranquilidad y quizás en la indefensión.
Como exponía anteriormente la confianza es la base de la relación abogado-cliente, y sin ella no tiene sentido hablar de garantía jurídica.
La finalidad primigenia que se le venía asignando a la venia , hasta su revisión, era la de proteger los honorarios del abogado, además de establecerse como norma de cortesía y respeto al compañero.
Ello podía llegar a vulnerar los derechos fundamentales de defensa y de la asistencia de abogado recogidos en el art. 24.2 de la Constitución Española, por lo que lo establecido entraba en colisión con los esos derechos.
En la actualidad la venia se ha despojado de su carácter de protección de los honorarios del abogado, se ha eliminado completamente, mencionando sutilmente la buena fe del compañero sustituto en mediar para que estos honorarios sean satisfechos, "colaborando diligentemente en la gestión de su pago".
Y así debería ser para una buena relación entre compañeros, pero sucede que el abogado sustituto en muchas ocasiones lo que quiere es quedar mejor con el cliente que con sus compañeros, causado por el ego, o por el afán de conquistar un nuevo cliente y por ello no le atosigará con los honorarios pendientes del anterior.
Esa desvirtualización de la primigenia intención de la venia, podría llevar a la desprotección total del cobro del crédito del abogado saliente, el que despojado de la misma deberá presentar demanda por impago a través del juzgado, hecho que podría implicar más gastos, más tiempo, y en muchas ocasiones, en las que no se ha formalizado correctamente la hoja de encargo pertinente, ver impugnados éstos en la misma instancia.
Cada vez son más frecuentes los casos de peticiones de venias, quizás por pérdida de confianza, pero también pudiera ser por intención de burlar el pago de los honorarios profesionales. El abogado sustituto debería tener en cuenta, que si el cliente no ha satisfecho los honorarios
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