REALIZA UNA INVESTIGACIÓN Y COMENTA TRES TABLAS DE LA “LEY DE LAS XII TABLAS.
Enviado por MEMITO321 • 6 de Marzo de 2014 • Tesis • 4.508 Palabras (19 Páginas) • 382 Visitas
1. REALIZA UNA INVESTIGACIÓN Y COMENTA TRES TABLAS DE LA “LEY DE LAS XII TABLAS.
La Ley de las XII Tablas es el código más antiguo de Derecho romano, escrito entre los años 451 y 450 a.C. que se basaba en el derecho de los quirites: rudo, formal y riguroso y que tomó como fuente el Derecho oral (consuetudinario) existente de aquel momento. Se conoce tambien con el nombre en latin de: Lex Duodecim Tabularum o Duodecim Tabularum Leges.
Según la tradición, Numa Pompilio (segundo rey legendario de Roma) habría sido el primer rey en dotar a Roma de disposiciones jurídicas, las llamadas “leges regiae”.
Posteriormente, tras la caída de la monarquía, se aplicó el derecho consuetudinario (leyes no escritas que se transmitían oralmente), pero como patrimonio de los patricios, fundamentalmente del Colegio de los Pontífices, quienes las interpretaban según su conveniencia con el inconveniente de ser desconocidas por los plebeyos.
Según el historiador romano Tito Livio después del establecimiento de la República, hacia el año 450 a.C., los plebeyos exigieron un cuerpo de leyes escritas a efectos de asegurar la igualdad para todos.
No conocemos detalles de esta exigencia salvo a través de leyendas como la de Coriolano o la de Cincinato, pero en ellas se pone de manifiesto la resistencia de los patricios a conceder poder a los plebeyos, así como el avance imparable de éstos.
Una de las armas que tiene una oligarquía contra el pueblo es su potestad de dictar leyes según su conveniencia, y por ello una parte de las presiones populares se encaminan a que las leyes se pongan por escrito para que se pueda analizar si son justas o no y, sobre todo, para que no puedan ser cambiadas de un día para otro según convenga. La decisión de elaborar este código legal escrito hay que considerarla como un triunfo de la plebe.
Otros sostienen que Roma había querido seguir el ejemplo de las ciudades griegas que ya tenían leyes escritas—Atenas, las de Solón, Esparta, las de Licurgo—.
De cualquier manera, en 450 a.C. los plebeyos lograron el compromiso por parte de los patricios romanos de elaborar un código escrito. Eso sí, dicho código sería elaborado por los propios patricios.
Concretamente, el senado encargó la tarea a diez patricios llamados “decémviros” (del latín “decem”, ‘diez’ y “vir”, varón’, ‘diez hombres’), a los que otorgó también todo el poder (“legibus scribundis consulari potestae”) mientras llevaban a cabo su trabajo.
A la cabeza de los “decémviros” estaba Apio Claudio Craso El Gordo, hijo o nieto del Apio Claudio que había provocado la secesión de los plebeyos medio siglo antes. Los “decemviros”, fueron a solicitar a las ciudades griegas las leyes que las regían, como modelo para que Roma pudiera gobernarse mediante leyes. Los “decemviros” lograron su cometido al cabo de un año.
El jurisconsulto Pomponio, que vivió en el siglo II d.C. dice acerca de los orígenes de las tablas:
“Los decenviros redactaron diez leyes y las hicieron grabar sobre tablas de marfil, que fueron dispuestas cerca del rostrum, en pleno Foro, para que todos pudieran tener conocimiento de ellas. Al año siguiente se añadieron dos más. "
Se añadió dos tablas más porque—según la tradición—a los plebeyos no les pareció favorecerles las diez tablas, por lo que para añadir las dos últimas tablas se formó un nuevo grupo decenviral, esta vez, compuesto de patricios y plebeyos, cosa que no debió ser así ya que en la Tabla XI, de Suplemento A Las Cinco Primeras Tablas, se prohíbe el matrimonio entre patricios y plebeyos. Cosa que no pudieron incluir los plebeyos, ya que esta inclusión va contra sus intereses.
La dos últimas tablas fueron conocidas como. Tablas inicuas.
Así habría nacido Las XII Tablas o Ley Decenviral ("Lex Duodecim Tabularum o Duodecim Tabularum Leges") y no fueron derogadas hasta el Código Justinianeo o Corpus Iuris Civilis de Justiniano I, aunque estaban en desuso desde mucho antes. Pero fue referencia por alrededor de casi 1015 años.
Importancia
La codificación llamada Las XII Tablas constituye la conclusión del proceso de consolidación del Estado romano de la civitas.
La redacción de este código instaura el punto de partida de la desacralización del derecho romano. Hasta ese momento el derecho en Roma había tenido un carácter sagrado por haber estado ligado al colegio de los Pontífices, que interpretaban el derecho consuetudinario a conveniencia de los patricios. A partir de Las XII Tablas, el “fas”• (lo lícito) y el “ius” (lo justo) se disgregan y el Derecho emprende su secularización.
Contenido
Las XII Tablas se basan en los principios como:
La salvaguarda del patrimonio.
La autoridad del “pater familias” como único titular de derecho.
La fijación de castigos para las infracciones.
La salvaguarda del patrimonio. El número de leyes que salvaguardan la propiedad agraria es característico de una sociedad agrícola formada por grupos gentilicios mientras las pocas normas sobre el comercio reflejan que tales transacciones pertenecían a la esfera de lo privado. La gens seguía teniendo mucha fuerza.
Así, quien utilizase furtivamente los pastos de otro para su ganado quedaba a merced del propietario perjudicado, que podía llegar a matarlo, eso sí, consagrándolo previamente a Ceres (divinidad plebeya protectora de los cereales). Sin embargo, no se considera legal la muerte de un ladrón cogido en flagrante delito, sino que el castigo aconsejado es el de propinarle un número determinado de azotes. Sólo en el caso de que el ladrón sea un esclavo puede ser castigado con la muerte, especificándose el tipo de muerte adecuada: arrojarlo desde la roca Tarpeya.
La mayoría de los castigos (talar árboles, desviar el agua, etc.) que se aplican son multas.
Las XII Tablas es dura con los deudores insolventes. Estos quedan prácticamente a merced del acreedor, que puede encadenarlos o venderlos. Cuando los acreedores eran más de uno, todos participaban proporcionalmente del beneficio que reportara la venta del deudor o del patrimonio que se le hubiera confiscado.
Hay además algunas normas que regulan la vida económica, fundamentalmente relativas a los acuerdos comerciales, y otras que regulan situaciones de carácter diverso como la prohibición de enterrar a los muertos dentro de la ciudad, la herencia de los bienes del “pater familias” o del “liberto intestado”, la aplicación de multas ante casos de injurias o difamación.
La autoridad del “pater familias”
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